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Court - Spain
The Iceberg Report
Informe Pincel. Documentación Presentada.
Este Documento ha sido Realizado Para Aportar
en la Comparecencia Celebrada el Día 25 de junio del
año 2001, ante el Senado de España, ante la
Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer, en la Ponencia
para la Erradicación de la Violencia domestica, por
un grupo Independiente de Padres.
La Documentación aportada consta de dos Volúmenes.
I.- Volumen Maestro.
Presentado en Formato de Carpeta de 2 Anillas Metálicas
, con toda la Información:
A. Resumen de todo el Informe Pincel.
B. Copia de los Documentos Originales de los Estudios de los
Anexos.
C. Extracto de cada uno de los estudios.
II.- Volumen Resumen.
Presentado en Formato de Carpeta de aros de Plástico
con el resumen de todo el Informe:
D. Resumen de todo el Informe Pincel.
E. Extracto de cada uno de los estudios.
Del Volumen Maestro, solo se ha realizado una copia, que es
entregada a la Presidenta de la Ponencia, la Senadora Dª
Lucia Delgado García.
Del Volumen Resumen, se han realizado un total
de 12 copias, entregándose cada una de las cuales,
a cada uno de los componentes de la Comisión.
Dada la inmensa cantidad de información
original , un total de 26 estudios, y algunos de ellos, con
un numero de paginas del orden de 170 paginas, se ha decidido
incluir, en el Volumen maestro, de cada anexo, o bien copia
de todo el documento original, o solo la parte estudiada.
No obstante, se incluye siempre, no solo en
el Volumen Maestro, sino en los volúmenes resumen,
los enlaces de Internet a los servidores Oficiales (Gubernamentales
y Universitarios) directos a los documentos, para su constatación.
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Se recoge en el Presente Fichero, el Volumen
Resumen, en formato Electrónico.
INFORME ICEBERG (PINCEL) - LAS CONCLUSIONES.
INTRODUCCIÓN. EL MODELO DEL CONTEXTO.
Datos básicos.
o 432 niños cada día laboral, son separados/divorciados
de sus padres (varones) en España.
o Entre 20.000 y 100.000 Millones de pesetas al año
salen de los bolsillos de las familias para los de los abogados
(el dinero que se guardaba para el futuro de los hijos).
1. NO EXISTE NINGÚN ESTUDIO QUE PERMITA
CONOCER EN ESPAÑA EL ALCANCE DE LOS MALOS TRATOS DOMÉSTICOS.
Las investigaciones hasta ahora realizadas (extremadamente
escasas), adolecen de:
o Un marcado sexismo a favor de la mujer y contra
el hombre (ANEXO 1 - Macroencuesta sobre violencia contra
las mujeres - Ministerio de Asuntos Sociales . pg.5, y ANEXO
1 BIS - El Eurobarómetro.pg.6). No existe en España,
ninguna investigación que abarque el fenómeno
en pie de igualdad hacia ambos sexos, como sí existe
en otros países (Fiedbert, Dunnedin...), basadas en
un cuestionario CTS Conflict Tactics Scale (ANEXO 2 - Tipo
de cuestionarios empleados. pg. 9) en contrastacion con la
otra parte y el entorno, y en seguimiento longitudinal.
o Errores o insuficiencias metodológicos
que dan lugar a desviaciones considerables entre los diversos
estudios realizados (ANEXO 2 BIS - En informe Janet Reno.
pg.11).
o Error en el valor concedido a algunas informaciones:
las estadísticas del CIS,EUROBAROMETRO/COMISIONES EUROPEAS,
INSTITUTO DE LA MUJER... son de opinión (lo que la
gente cree); pero no informan de realidades (lo que está
pasando)- (ANEXO 3 - Consideraciones sobre los datos INE,
CIS, etc.. Pg. 14).
2. SE ESTÁ LEGISLANDO A CIEGAS, SIN DATOS OBJETIVOS,
POR LO TANTO, DE ESPALDAS A LA REALIDAD, Y AL SOCAIRE POPULISTA
DE LA OPINIÓN PÚBLICA.
a) Desde una clara ideología sexista
de nuevo cuño, de moda en la defensa a ultranza de
los intereses feministas (que no femeninos), aprovechado (y
estimulado, por tanto), por la publicidad y por los medios
de comunicación social y los políticos a la
caza de la popularidad. Se centra el interés político
social en la víctima mujer, ignorando las víctimas
hombres y, sobre todo, niños (no votan). Se yerra o
no se analiza el origen de muchos casos de violencia doméstica,
atribuyéndole rutinariamente una naturaleza puramente
sexista que es discriminatoria y ofensiva para todos los hombres.
b) Se está llegando a auténticas aberraciones
legales, jurídicas y científicas.
o Anexo 4 Legales . (pg. 15).
o Anexo 5 Científicas y Estadísticas - La Naranja
Mecánica (pg. 24).
o Anexo 6 Políticas - (pg. 27).
3. LA REALIDAD (DESCONOCIDA) INDICA QUE EXISTEN
LOS MISMOS NIVELES DE VIOLENCIA DE PAREJA POR SEXOS, (LIGERAMENTE
MÁS POR PARTE DEL SEXO FEMENINO).
Pag.
o Anexo 7 - Informe Fiebert - 1997 y 2000. 32
o Anexo 8 - Women offenders - 1999 35
o Anexo 9 - Estudio Dunedin - 1996 36
o Anexo 10 - Murray Strauss - 1999 39
o Anexo 11 - Spouse murders - 1998 40
o Anexo 12 - Rena Sommer - 1994 42
o Anexo 13 - Informe Archer - 2000 47
o Anexo 14 - Canadian Journal of Behavioural - 1987-Ag. 2000
49
o Anexo 15 - British Crime Survey 1996. 51
4. EXISTE UN ENORME FOCO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA (IGNORADO)
EN LOS CASOS DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO, PADECIDA NORMALMENTE
POR QUIEN TIENE MENOS PODER LEGAL: EL HOMBRE Y LOS HIJOS.
a) Un comportamiento social e institucional
en estos casos están llenos nuevamente de prejuicios
sexistas, tolerando de muy buen grado VIOLACIONES CONTINUAS
DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE, QUE SIMPLEMENTE, NO SE QUIEREN
VER:
o Anexo 16 - Otras formas de Violencia en vulneración
de la legalidad vigente. (pg. 53).
b) MALTRATO A NIÑOS
(En distintos entornos familiares y por perpetradores). (pg.
66).
o Anexo 17 - Tercer Estudio nacional de abuso
y negligencia a niños - USA 1996 (pag. 68)
o Anexo 18 - Mujeres agresoras (Women offenders) - USA 1999
(pag.70)
o Anexo 19 - Canadian Incident Study of Reported Childd Abuse
and Neglect-2000 (pg. 71)
o Anexo 20 - Maltrato infantíl en la Familia - Centro
Reina Sofía para el Estudio de la violencia - 2000
(pag. 75)
o Anexo 21 - Disrupted families and delinquency - U.K. 2000
(pag. 81)
o Anexo 22 - El fenómeno del P.A.S. (Síndrome
de alienación parental).(pg.83)
c) DATOS SOCIOLÓGICOS DE CONSECUENCIAS
EN OTRAS VÍCTIMAS.
(pg. 84)
o Anexo 23 - (Doc.4-C,secciones B,C. pg.86,87). En hombres
y mujeres.
o Anexo 24 - (Doc.4-C, secciones A,D,E. pg.85,89,90). En niños.
o Anexo 25 - (Doc.4-C, seccion F. pg.94). En los Abuelos.
d) VIOLENCIA DE SEPARACIÓN EN HOMBRES
Y MUJERES.
(pg. 95)
o Anexo 26 - Anne Mc. Murrey - Padres y madres no custodios.
Australia 1992-1993. (pg. 96).
ANEXO 1
MACROENCUESTA SOBRE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
- MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES.
1. Es un conglomerado de encuestas telefónicas
basadas en cuestionarios del tipo CTS como el Margorin o el
Strauss (Empleados en los informes Fiebert y Dunedin), pero
con la particularidad de que, en lugar de preguntar a las
mujeres si han infligido los tratos que describen los cuestionarios,
se les pregunta si han sido objeto de los mismos, con el claro
sesgo metodológico que ello representa.
2. Se dice en su introducción que el
objeto de la encuesta es "la cuantificación de
los actos violentos contra las mujeres en el ámbito
doméstico", objeto que es imposible de alcanzar
con la metodología empleada, pues esta, como mucho,
puede informar sobre cuántas mujeres se consideran
maltratadas o se definen como tales a través de preguntas
diferidas.
3. Los cuestionarios empleados contienen preguntas
que sólo son útiles si lo que se pide al individuo
es que conteste si las ha infligido, no si le han sido infligidas:
o "... no le da lo suficiente (dinero)
que necesita para mantenerse".
o "Le insulta o amenaza".
o "En ciertas ocasiones le produce miedo"
o "Ironiza o no valora sus creencias (ir a la iglesia,
votar a algún partido, pertenecer a alguna asociación".
o "No valora el trabajo que realiza".
6. Contestar que sí a una sola de estas
preguntas ya califica automáticamente a un hombre como
violento.
7. La pregunta que pretende identificar el maltrato
declarado es: "¿Ha sufrido alguna situación
por la que Vd. se haya sentido maltratada por algún
familiar, por su novio o alguna persona de las que conviven
con Vd, durante el último año". Es planariamente
obvia la tremenda carga de subjetividad que hay en esta pregunta,
lo que per se invalida el rigor estadístico de la respuesta.
8. Pero el ERROR ESENCIAL de esta encuesta es
que no trata de medir el alcance de la violencia doméstica,
sino sólo lograr una cifra sobre malostratos percibidos
por la mujer, ignorando ostentosamente al resto de los componentes
familiares, hombres y niños, lo que le convierte no
sólo en un estudio falto de rigor, sino prejuiciado
y sexista.
ANEXO 1 BIS
EL EUROBAROMETRO DE LA COMISION EUROPEA.
Además del error fundamental de criterio
que más adelante comentaremos y que consiste en aceptar
como realidades lo que no es más que la expresión
de las opiniones de los encuestados (error común cuando
las fuentes son Institutos de Opinión, como el CIS,
el Eurobarómetro está contaminado por su enfoque
profundamente sexista, ya que es una encuesta cuyo objeto
obvio es sólo y exclusivamente prefabricar un volumen
de respuesta social a los malos tratos HACIA LAS MUJERES.
No sorprende, por tanto, que quien lo difunde sea la Fundación
Mujeres, sin duda con “interés de parte"
o "de grupo", como se quiera.
El error final puede estar del lado del lector
o intérprete de los datos, quien puede sentir la tentación
interesada de pretender que este estudio contiene información
sobre los malos tratos, y usar sus formidables porcentajes
(dignos de los referéndums de Obiang), para intentar
generar la idea de que lo que se ha investigado es la violencia
de género, cuando lo que realmente se ha estudiado
es el grado de información o desinformación
de los europeos sobre el tema de la violencia sobre la mujer
(exclusivamente)...
En suma, este estudio es inútil en cuanto
a sus resultados, tendencioso en cuanto a su formulación
y manipulación e inaceptable en cuanto instrumento
para abordar el problema de los malos tratos.
La muestra es de 16179 personas en los 15 estados
miembros de la UE (1000 en España), cara a cara, en
el año 1999.
Se han formulado 10 PREGUNTAS TAUTOLÓGICAS,
cuya respuesta no puede ser más que la que sale, y
cuya utilidad es, insistimos, inaprensible. Tampoco sorprende
el detalle menor de que en su traducción se emplea
la forma lingüística espuria "europeos/as",
una dialéctica de moda que ignora el uso epiceno de
los sustantivos en español.
1. ¿Dónde han oído hablar
los/as europeos/as de la violencia doméstica contra
las mujeres? El 89% ha oído hablar de ello en la televisión,
y en general, el 100% lo ha oído en los medios de comunicación.
Es una medida de la eficacia de la propaganda aplicada, lo
cual no puede ser más que obvio.
2. ¿Piensan los/as europeos/as que este
fenómeno es común en su país? El 49.5%
opina que es bastante común, y el 24.0% opina que bastante
común. En suma, el 73.5% opina que es bastante o muy
común. Al no haberse predefinido lo que se entiende
por común, dependiendo dela alarma social que se quiera
generar, puede usarse este dato para generar la sensación
de que los malos tratos son en un 73.5% algo absolutamente
habitual: una aberración de manipulación estadística
de un dato cuya única interpretación posible
verídica es que la propaganda ha transmitido exactamente
este tipo de sensación social.
3. ¿Qué gravedad piensan los/as
europeos/as que tienen los diversos tipos de violencia doméstica
(sexual, física, psicológica, restricción
de la libertad y amenazas de actos de violencia?
Es "ingenuo" el que formula la pregunta
si esperase que la gente dijera que ninguna de estas tiene
importancia, y obviamente son consideradas muy grave en un
alto porcentaje. La pregunta es, nuevamente ambigua y por
tanto muy manipulable, pues puede referirse a la gravedad
en sí de cada tipo de violencia (que es lo que espontáneamente
se ha respondido con toda seguridad) o a la extensión
de ese determinado tipo de violencia en la sociedad (que es
lo que seguramente se intentará "vender"
como resultado de este estudio.
4. ¿Cuáles son las causas de la
violencia que identifican los/as europeos/as (Alcoholismo,
Drogadicción, Desempleo, Pobreza y exclusión
social... varias otras)? Sorprende el altísimo nivel
de todas las respuestas ofrecidas como alternativa (todas
por encima del 45%), lo que evidencia una enorme confusión
generada sobre el problema, y una profunda ignorancia del
mismo por parte de la opinión pública que responde.
Sorprende la inducción a posturas fascistas y racistas
de género cuando se identifica un considerable 64.2%
de personas que han opinado asombrosamente (no se sabe con
qué split por sexos) que una causa es "Estar genéticamente
predispuesto a comportamiento violento".
5. ¿Es aceptable o inaceptable para los/as
europeos/as la violencia doméstica? Es "ingenuo"
pensar que va a existir apenas nadie que responda alegremente
que es aceptable, por lo que la pregunta nuevamente no es
más que una grosera tautología. Naturalísimamente,
el 94.6% opina que es inaceptable (independientemente de que
se considere o no SIEMPRE castigable por la ley, matiz este
que, de paso, contiene la trampa de la palabra "siempre".
6. ¿Quién debería ayudar
a las mujeres que son o pueden ser víctimas de la violencia
doméstica (Familia y amigos, Servicios Sociales, Servicios
Sanitarios, Policía, Estado, Abogados, ONGs, Organizaciones
religiosas, Medios de Comunicación? La pregunta es
nuevamente de una ingenuidad sospechosa, e igual se podía
haber formulado preguntando "cuál de estas instituciones
no debería nunca ayudar"? La respuesta no puede
ser más que un todo el mundo, especialmente las instituciones
implicadas en el bienestar social... que es lo que evidencian,
como no podía ser de otra manera, las respuestas.
7. ¿Creen los/as europeos/as que hay
leyes especiales en sus países relativas a la violencia
doméstica contra las mujeres (El castigo de los agresores,
apoyo legal para víctimas de la violencia doméstica,
apoyo social para víctimas de la violencia doméstica,
rehabilitación de los agresores, prevención
de la violencia contra las mujeres...)? En torno a la quinta
parte de los que responden ignoran si existe legislación,
creyendo que sí entre la tercera parte y la mitad de
los que responden, según el tipo de protección
legal sobre la que se pregunta. Esta pregunta sólo
tiene sentido si se pretende estimular el conocimiento de
la legislación en posteriores olas propagandísticas
o publicitarias, o tal vez de persecución y denuncia
personal de los presuntos agresores (naturalmente hombres).
De lo contrario no se entiende la utilidad de la pregunta
formulada.
8. ¿Qué fórmulas para combatir
la violencia doméstica contra las mujeres consideran
útiles los/as europeos/as? (se formulan 11 opciones)?
Todas las respuestas recogen más del 75% de opiniones
a favor, salvo la de rehabilitación de los agresores
(65%). La gente ha venido a decir que todos los medios legales
son válidos para luchar contra cualquier forma de violencia,
como no podía ser de otra manera. Sorprende la formulación
de la opción "Formar a la gente joven en el respeto
mutuo"
cuando la propia formulación e ideología que
se percibe en el estudio está faltando gravemente a
los respetos de los hombres, por lo que el verbatim propuesto
debiera ser honesta y abiertamente "Formar a los hombres
en el no uso de ninguna forma de comportamiento que pudiera
percibirse en ningún caso como violenta hacia las mujeres".
La Fundación Mujeres destaca significativamente que
el 84% apoya la idea de hacer campañas para sensibilizar
a la población, y alega (gratuitamente) que este resultado
muestra que se reconoce implícitamente la falta de
información sobre la violencia doméstica. Es
una buena muestra de cómo se puede utilizar una encuesta
dudosa como arma arrojadiza que sirva a los propios fines,
con una justificación totalmente inventada.
9. ¿Son conscientes los/as europeos/as
del papel que juega la Unión Europea en esta lucha
y piensan que su participación es necesaria? La gente
responde que no es consciente de ese papel que la UE está
jugando en materia de violencia doméstica (nótese
nuevamente la ambigüedad en la formulación), en
un 79%, y naturalísimamente, el 67% dice que sin duda
debería la unión europea participar en esa lucha
(sic por lo que respecta a esta terminología de cruzada
-mi lucha, mein kampf-). Tal vez es el matiz, sospechosamente
combativo, lo que hace que el 21% declare que "probablemente
debería", ya que, por supuesto, nadie debería
esperar que la gente dijera que no a un buen propósito,
como lo es combatir cualquier tipo de violencia, sea cual
fuere.
10.¿Está cercano a la gente el
problema de la violencia doméstica? Entre el 7 y el
17% (según el entorno) declara haber conocido alguna
mujer que ha sido víctima de alguna forma de violencia
doméstica. Nuevamente la ambigüedad de la formulación
impide saber qué se ha considerado en cada caso como
violencia doméstica, pero aún siendo un dato
nuevamente sesgado, destaca que en una población tan
unánimemente consciente e informada del problema y
extensión de los malos tratos "sólo"
un 17% declare conocer algún caso. Es esta pregunta,
únicamente, donde los niveles de las respuestas no
son tan monolíticamente aplastantes, si bien son lo
suficientemente altos (sobre todo a la luz de los datos reales
de violencia disponibles) como para confirmar que la caza
de brujas se ha iniciado como ideología social al uso.
EL PROYECTO MERCURIO - (Unas palabras sobre el fondo para
la prevención de la violencia de genero de la fundación
mujeres).
El proyecto Mercurio es el desarrollo de una
campaña propagandística, con una clara orientación
reconocida de estrategia publicitaria para incentivar las
denuncias de los hombres (a los que genéricamente se
considera un grupo de silencio") de la violencia, desactivar
los mitos sobre la masculinidad que asocian al hombre con
la violencia e impulsar un debate social y colectivo (un estado
de opinión, en suma) que reflexione (sic) sobre los
aspectos no deseables de la masculinidad.
El Gran Hermano de Orwell no se ha marchado:
sólo ha cambiado de sexo.
Sobran más comentarios que la constatación,
una vez más, de que el grado de intolerancia de una
sociedad se podría medir por la estigmatización
que se hace de quien se aparta de la dictadura ideológica
en uso.
ANEXO 2.
LOS CUESTIONARIOS DE DETECCION DE VIOLENCIA EMPLEADOS EN EL
ESTUDIO DUNEDIN.
A continuación transcribimos el cuestionario
empleado en el informe Dunedin.
Su "bondad" reside en la forma de administrarlo,
(autodeclarativos de haber ejercido las formas de violencia
descritas, y no de haberlas "padecido").
Estos cuestionarios alcanzan el máximo de su rigor
estadístico si estos autodeclarativos son confrontados
posteriormente con quien ha sufrido esa violencia declarada,
y se filtran las no coincidencias, y, finalmente, cuando se
administran de manera equitativa a ambos sexos.
Cuestionario de Abusos físicos.
Se pregunta a los participantes si en el curso del último
año:
1. Ha retorcido un brazo a su pareja (*A)
2. Ha empujado o inmovilizado por la fuerza a su pareja. (*A)(*B)
3. Ha abofeteado a su pareja (*A)(*B)
4. Ha obligado a su pareja a mantener relaciones sexuales.
(*A)
5. Ha sacudido a su pareja (*A)
6. Ha derribado o ha tratado de derribar a su pareja. (*A)
7. Ha arrojado un objeto a su pareja. (*A)(*B)
8. Ha intentado asfixiar o estrangular a su pareja. (*A)(*B)
9. Ha dado una patada, mordido o golpeado con el puño
a su. (*A)(*B)
10. Ha golpeado o tratado de golpear a su pareja con un objeto.
(*A)(*B)
11. Ha dado una paliza a su pareja (*A)(*B)
12. Ha amenazado a su pareja con un cuchillo o un arma de
fuego.(*A)(*B)
13. Ha usado un cuchillo o arma de fuego contra su pareja.
(*A)(*B)
CUESTIONARIO DE ABUSOS PSICOLÓGICOS.
Se pregunta a los participantes si en el curso del último
año:
1. Han dañado un objeto del hogar o alguna
parte de la vivienda en un ataque de furia. (*A)
2. Han tirado o escondido un objeto importante de su pareja.
(*A)
3. Se han enfurecido o trastornado mucho si la comida, las
labores del hogar o las reparaciones en el mismo no se habían
hecho. (*A)
4. Ha destruido o dañado deliberadamente la ropa, el
coche u otros objetos personales de su pareja. (*A)
5. Ha insultado o avergonzado a su pareja delante de terceros.
(*A)
6. Ha encerrado a su pareja en la casa. (*A)
7. Ha dicho a su pareja que él/ella no será
capaz de estudiar o trabajar.(*A)
8. Ha intentado impedir a su pareja que vea o hable con familiares
o amigos.(*A)
9. Ha restringido el uso del coche o del teléfono a
su pareja. (*A)
10. Ha amenazado con marcharse. (*A)
11. Ha intentado volver a la familia, amigos o hijos contra
su pareja. (*A)
12. Ha actuado con su pareja impartiéndole órdenes.
(*A)
13. Ha atemorizado a su pareja (*A)
14. Ha tratado a su pareja como si fuera estúpido (*A)
15. Ha cedido ante su pareja, pero planeando tomarse venganza.
(*A)
16. Ha ridiculizado a su pareja (*A)
17. Ha amenazado con golpear o arrojar algo a su pareja mientras
estaba furioso/ (*A). (*B)
18. Ha dicho a su pareja que era feo/fea o poco atractivo/a.
(*A)
19. Ha abusado de las drogas o el alcohol. (*A)
20. Ha arrojado, hecho pedazos, golpeado o pateado algo en
el curso de una discusión . (*B)
(*A) Del cuestionario Margolin “Domestic
Conflict Scale” or “Conflict Inventory”
(Margolin, G., B. Burman, R.S. John, and M. O’Brien,
The Domestic Conflict Instrument, Los Angeles: University
of Southern California, 1990).
(*B) Del cuestionario de Straus “Conflict
Tactics Scales” (Straus, M.A., “Measuring Intrafamily
Conflict and Violence: The Conflict Tactics Scales,”
Journal of Marriage and the Family 41(1979): 75–88).
ANEXO 2 BIS
EL INFORME JANET RENO. U.S.A.-1995-1996
EXTENSION, NATURALEZA Y CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA DE PAREJA.
Investigación Nacional sobre Violencia contra la mujer
- 1995 - 1996.
o Muestra: 8000 mujeres y 8000 hombres en USA,
con cuotas para determinar variable racial (Hispanos vs. no
Hispanos), y sexual (parejas distinto sexo vs. parejas del
mismo sexo).
o Metodología: Entrevistas telefónicas
asistidas por ordenador -CATI-, que aseguran la marcación
al azar.
o Nomenclatura: A efectos de esta encuesta,
se considera abuso físico cualquier forma de violación
(incluyendo la mera amenaza), ataque físico (que incluye
desde la propia agresión hasta la mera amenaza), asechanza
a la pareja, entendiéndose como tal cualquier persona
que haya cohabitado con el entrevistado más de dos
años.
El término asechanza abarca incluso la
mera percepción de la víctima de estar siendo
vigilada .
Aquí se incluye desde la mera recepción
de una carta o de una llamada de teléfono no solicitada
(sic) hasta aparecer en un sitio inesperado... incluso la
mera percepción de que la pareja dejó objetos
con el único fin de que la víctima los encontrara.
Basta con responder positivamente a una sóla
de estas proposiciones para que se considere que existe una
víctima... y un maltratador.
RESULTADOS.
1. El 25 % de las mujeres y el 7.6% de los hombres
reconocen haber sido violados o agredidos por su pareja actual
o por una pareja anterior.
El 1.5% de las mujeres entrevistadas y el 0.9% de los hombres
declaran haberles sucedido en los últimos 12 meses.
El 0,5% de las mujeres y el 0.2% de los hombres declaran haber
sido acechados por su pareja en los últimos 12 meses.
2. El mayor riesgo para la mujer que reflejan
estas cifras está en contradicción con el Estudio
Nacional sobre Violencia Familiar, cuyos resultados eran muy
similares para hombres y mujeres. Una explicación podría
ser que las mujeres tienen más facilidad para reconocer
haber sido maltratadas que los hombres.
3. Aunque se aprecia mayor índice de
riesgo por variable racial (indios y negros), no se tienen
datos para aislar la variable racial de otros aspectos socioeconómicos
que rodean a las personas de estas razas analizadas en la
muestra.
4. El factor más asociado a las mujeres
en riesgo de sufrir abusos es el hecho de que su pareja abuse
verbalmente de ellas, lo que, según el análisis
realizado del estudio, refrendaría la teoría
de que la violencia perpetrada contra las mujeres es consecuencia,
a menudo, de un patrón sistemático de dominación
y control. Lamentablemente el análisis no profundiza
si esta explicación es también aplicable a la
violencia sufrida por los hombres.
5. Las mujeres que sufrieron ataques físicos
sufrieron una media de 6,9, frente a los 4.4 que sufrieron
los hombres. El 41.5% de las mujeres que los padecieron sufrieron
heridas graves en el último ataque, frente al 19.9%
de hombres que sufrieron estas mismas heridas graves.
Las cifras de violación apuntan a que
cerca de 8 millones de mujeres (7.7%) fueron violadas por
su pareja (o se habían sentido amenazadas de violación)
en Estados Unidos en algún momento de su vida con anterioridad
a la fecha de la entrevista, (frente a cerca de 300.000 hombres),
si bien se entiende por violación cualquier relación
sexual no explícitamente deseada.
6. Aunque se anticipa que la investigación
realizada no basta para corroborar el dato, el estudio menciona
que el 30% de las mujeres con parejas varones sufrieron malos
tratos, frente al 11% de las mujeres cuya pareja era otra
mujer. Entre los hombres, el 15% de los que convivieron con
otro hombre sufrieron malostratos de su pareja, en tanto que
sólo los sufrieron en el 7.7% de los casos en los que
su pareja era una mujer. De estos datos el estudio concluye
que el varón es más maltratador que las mujeres,
y por tanto, las medidas a adoptar deben dirigirse contra
él. Lo que representa que se abordarán medidas
contra las 4.9 millones de agresiones sufridas por mujeres,
dejando impunes las 2.9 millones de agresiones sufridas por
hombres.
7. Lo que sucede es que estos datos, tal y como
se mencionan en el análisis, difieren de los datos
publicados en las propias tablas del estudio, según
las cuales el 35.4% de las mujeres cuya pareja era otra mujer
sufrieron ataques físicos de ellas, en tanto que sólo
los recibieron el 20.4% de las mujeres cuya pareja era un
hombre. Los hombres, a su vez, sufrieron en un 21.5% de los
casos agresiones por parte de su pareja homosexual, y en un
7.1% de los casos, agresiones por parte de su pareja femenina
(pag. 29 del estudio,tabla 8).
8. Aparentemente el factor de mayor riesgo en la comisión
de malos tratos es el haberlos sufrido o presenciado en la
infancia. Los malos tratos entre parejas son más frecuentes
cuando no existe matrimonio que cuando este existe.
9. El porcentaje de hombres heridos a consecuencia
de los malos tratos es la mitad que el de mujeres heridas
a consecuencia de los mismos. Sólo entre el universo
mujer, el tipo de herida es en un 75%, arañazos, cardenales
o rozaduras.
10. Se denuncian entre el 20 y el 25% de los
casos de violación / malos tratos. El 20% declara no
denunciarlos por considerarlos de importancia leve y aislados,
en tanto el 21% no lo hace por miedo a represalias de su pareja.
Entre el 60 % (mujeres) y el 45% (hombres) declaran no haber
denunciado por temor a que la policía no les creyera.
11.Una de las consecuencias más relevantes
del estudio es la necesidad de investigar más a fondo,
tanto en cuanto la diferencia en los resultados respecto a
otros estudios como los propios resultados obtenidos per se,
lo que implica una saludable curiosidad política previa
a la toma de medidas efectivas.
OTRAS CONSIDERACIONES DEL PROPIO ESTUDIO.
o Las cifras de malos tratos de este estudio
son inferiores a la de otros estudios, como "National
Crime Victimation Survey", "National Family Violence
Survey" y "National Alcohol Survey", estudios
que, entre sí, parecen tener más similitudes
que respecto al presente estudio.
En alguno de ellos, la cifra de malos tratos
sufridos por hombres triplica la de malos tratos sufridos
por mujeres (4.5 vs. 1.9). El propio estudio no da explicación
a esta contradicción en los resultados, sino que incluso
reconoce que la metodología empleada es sustancialmente
la misma. La explicación más plausible que se
da es la forma de administrar las preguntas del cuestionario,
reconociéndose la necesidad de proseguir la investigación
para desvelar el origen de las disparidades entre los distintos
estudios realizados.
o Otro factor a tener en cuenta es que las respuestas
quedan aisladas de otros factores de riesgo, tales como el
consumo de alcohol, drogas, marginalidad e incluso entorno
social inmediato, lo que relativiza aún más
los resultados obtenidos.
ANEXO 3.
LAS ESTADISTICAS DE ESPAÑA - CONSIDERACIONES SOBRE
LOS DATOS.
Sobre el eje de los malos tratos, existen dos
limitaciones fundamentales en la información disponible
o en la posibilidad de obtenerla:
1.- La índole de los institutos oficiales
de investigación:
El INE: Fundamentalmente centrado en la consecución
de macroestadísticas, su fuente son datos de otras
instituciones (policía, juzgados, censos, ayuntamientos,
centros de enseñanza, universidades, hospitales...)
por lo que ofrecen una visión global cuantitativa,
pero no motivacional. No realizan un trabajo de campo orientado
a ningún grupo específico, sino que se limitan
a recoger, procesar, agregar y manejar la información
estadística ya existente de diversas procedencias.
El CIS: Con una orientación más
sociológica (al menos por denominación), el
CIS es esencialmente un instituto de opinión, que sondea
exclusivamente lo que la gente opina, lo que piensa, pero
no lo que está sucediendo (la realidad). Su limitación
es la propia de la escasa información verídica
de que dispone la sociedad que responde a sus preguntas.
De modo que, si tuviéramos interés
sobre la droga, los datos que nos proporcionaría el
INE es el número de personas recogidas por la policía
o en centros de tratamiento por comunidades autónomas,
provincias, centros hospitalarios, sexos... y los cruzaría
con datos de alijos capturados etc. en tanto el CIS nos diría
qué piensa la gente sobre la droga y los temas relacionados
con ella.
Ninguno de los dos nos daría el dato
de cuántos drogadictos y de qué droga lo son,
existen en nuestro país, y cual es su estado, motivación
etc., con población de riesgo, incidencias por tipologías
socioeconómicas, factores que conducen a la exposición...
Como se ve, es esta la información verdaderamente útil
y relevante en la toma de soluciones.
Lo que el INE y el CIS ofrecen son sólo
informaciones dispersas, más rígidas y difíciles
de leer en el caso del INE y más de opinión
en el caso del CIS: en ninguno de ambos casos, lo que verdaderamente
está sucediendo.
2.- Los prejuicios de la moral social imperante.
Otras instituciones impulsan la investigación científica
orientada... pero no siempre de manera libre de prejuicios.
El Instituto de la Mujer o las asociaciones de mujeres tienen
un carácter marcadamente anti hombres, con abundantes
prejuicios sexistas de los que hace cincuenta años
se atribuían a estos. El hecho de que el discurso social
haya adoptado este tipo de tesis sexistas, como la inverosímil
"violencia de género" hace que las investigaciones
propugnadas por estas instituciones nazcan sesgadas hacia
el fin que pretenden demostrar, por encima de la lógica.
Lo triste es que la moral social, debidamente estimulada por
la propaganda anti hombres des estas asociaciones y por los
medios de comunicación social, acaba adoptando estos
prejuicios sin cuestionamiento alguno.
La información disponible desde estos
dos ejes es escasa, poco operativa, poco profunda, orientada
a la opinión más que a la realidad.... cuando
no deliberadamente sesgada y falseada por el condicionante
de los prejuicios sexistas.
ANEXO 4.
ABERRACIONES LEGALES.
Hay ya una serie de medidas legislativas , unas
en vigor ya en España, y otras en fase a punto de ser
aprobadas, que por si solas, sin comentarios, con el solo
análisis de lo que obligan a los seres humanos, y la
comparación con otras leyes de mas alto rango (Como
la Declaración Universal de los Derechos Humanos),
asi como otras culturas o épocas de la historia, muestran
lo que son.
|---------------------------------|
(1). LEY ORGÁNICA 14/1999, DE 9 DE JUNIO,
BOE DEL 10, DE MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL
DE 1995, EN MATERIA DE PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS
DE MALOS TRATOS Y DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL.
• "La privación del derecho
a residir en determinados lugares o acudir a ellos o la prohibición
de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares
u otras personas que determine el Juez o Tribunal, o de comunicarse
con ellos, por tiempo superior a tres años.".
? No podrás ni ver ni mandar una carta, ni hablar por
teléfono con tus hijos durante años.
? No podrás vivir en tu ciudad.
? Las ordenes de destierro de los Nazis no condenaban enviar
cartas, que sepamos. Aquí se supera ese nivel .
( Art. 1.1 Código Penal. Art.33.apart.2-g.)
• "La privación del derecho
a residir en determinados lugares o acudir a ellos, o la prohibición
de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares
u otras personas que determine el Juez o Tribunal, o de comunicarse
con ellos.".
? Sin limite de tiempo, de por vida, sin limite de tipo de
personas ‘desconectadas en totalidad.
(Art. 1.4 Código Penal. Art.39.apart.2-f)
• "El que habitualmente ejerza violencia física
o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge
o sobre persona que esté o haya estado ligada con él
de forma estable por análoga relación de afectividad,
o sobre los hijos propios o del cónyuge o conviviente,
pupilos, ascendientes o incapaces que con él convivan
o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento
o guarda de hecho de uno u otro, será castigado con
la pena de prisión de seis meses a tres años,
........".
? ¿Quien define violencia psíquica hoy en España?.
? ¿Quien definía violencia psíquica contra
la raza aria?.
? ¿Quien definía que un hombre necesitaba 'reeducacion'
en la china Comunista?.
? ¿Quien definía que un hombre era 'contrarevolucionario'
que necesitaba 'reeducacion' en Rusia?.
? Los 'equipos psicosociales', pagados con nuestros impuestos.
? En España, año 2001, se ha condenado a un
hombre, en Barcelona, por este ‘delito’. Las noticias
de prensa no dicen que el juez haya necesitado siquiera informes
periciales.
? El Juez, según la Prensa, Directamente ha usado ‘la
palabra de la víctima’.
? 1 año de cárcel, y 2 años de ‘no-contacto’
con su hija de unos 2 años.
(Art.2.1. Código Penal. Art.153)
• "La prohibición de aproximarse a la víctima,
o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine
el Juez o Tribunal, impide al penado acercarse a ellos en
cualquier lugar donde se encuentren, ...".
? ‘En cualquier lugar Donde se encuentren’.
? Si te la encuentras en la calle, en unos grandes almacenes,
es delito.
? ¿Como puedes evitarlo si ella te busca a ti para
que te metan en la cárcel?¿ Como NO encontrártela
por casualidad?.
? ¿Como pueden haberse aprobado leyes con tan evidente
intención de permitir la maldad e injusticia?.
? Es absolutamente ajena a la raza humana.
? ¿Quien nos gobierna?.
(Art. 5 Código Penal. Art.48)
• La prohibición de comunicarse con la víctima,
o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine
el Juez o Tribunal, impide al penado establecer con ellos,
por cualquier medio de comunicación o medio informático
o telemático, contacto escrito, verbal o visual.»
? Enviar una carta a tu hijo, es delito.
? Escribirle un e-mail, es delito.
? Una videoconferencia con él en internet, es delito.
? Un chat con él en internet, es delito.
? Si en la calle te lo encuentras, y te mira, y tu le miras,
en silencio, solo con los ojos. ES DELITO.
? Jamas, ningún Totalitarismo de La historia, había
llegado a esto.
? Jamas.
? Esta ley supera todo lo que, como ser humano, se puede aceptar.
? Ningún estado tiene el mas mínimo derecho
a prohibir que un hombre o mujer, y sus hijos, simplemente,
en silencio, se vean.
? España, año 2001, esta aprobada, en vigor.
? Ninguna Ley Musulmana condena a la Cárcel a la mujer
que, al ir por la calle, y encontrarse con su hijo, por casualidad
(‘en cualquier lugar donde se encuentre’), le
mire en silencio (‘Contacto visual’).
? En España, esta aprobada, y hay gente en la Cárcel
por cruzar la calle y abrazar a su hija en silencio (Barcelona,
‘Primer maltratador psíquico condenado’,
Juzgado Penal numero 3).
(Art. 5 Código Penal. Art.48)
Ley aprobada en Madrid, el 9-Junio-1999.
|---------------------------------|
(2). PROPOSICIÓN DE LEY 122/000066 MODIFICACIÓN
DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE SECUESTRO FAMILIAR DE
MENORES E INDUCCIÓN DEL PROGENITOR A QUE EL MENOR ABANDONE
EL DOMICILIO FAMILIAR
• ‘Si el culpable fuera ascendiente,
descendiente o hermano de la víctima la pena será
de dos a cuatro años en el supuesto contemplado en
el número 1 del presente artículo y de cuatro
a seis años en el supuesto contemplado en el número
3.’
? Penas de 2 a 6 años de cárcel.
Artículo 163.
• ‘En las mismas penas incurrirá
el progenitor que, en contra de lo dispuesto por la autoridad
judicial en cuanto al régimen de estancia de los hijos
con éste, no lo presentare ante la persona legalmente
habilitada para su cuidado sin justificación para ello.’
? Si el ‘régimen de visitas’ termina a
las 8, tu hijo quiere jugar en el parque, o quieres acabar
con él las tareas, y llegas a las 9, incurres en delito.
? ¿Que es causa justificada?.
? ¿Se deja a la libre interpretación de cada
Juez?.
? Penas de 2 a 6 años de cárcel.
Artículo 223.
• ‘En la misma pena incurrirá el progenitor
que INDUZCA a su hijo menor o incapaz A ABANDONAR el domicilio
donde conviva con SU GUARDADOR LEGAL O LE INDUZCA A QUEBRANTAR
EL RÉGIMEN DE ESTANCIA ESTABLECIDO POR DECISIÓN
JUDICIAL.’
? Ya NO ES NECESARIO que el niño se haya ido, o que
desee quedarse contigo mas tiempo. SI DICE, ante un equipo
‘psicosocial’, QUE DESEA vivir contigo, el equipo
psicosocial ‘emite un informe’, ‘EL MENOR
ESTA INDUCIDO POR EL PROGENITOR’.
? Penas de 2 a 6 años de cárcel.
? SE CONDENA NO EL HECHO, SINO EL PENSAMIENTO. DE UN NIÑO.
? ESTO ES POLICIA MENTAL DEL CORAZON DE NUESTRSO HIJOS.
Artículo 224.
(3). PROBLEMÁTICA JURIDICA DERIVADA DE LA VIOLENCIA
DOMÉSTICA. ESTUDIOS Y RECOMENDACIONES DEL PLENO DEL
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.
( 7 de febrero de 2001.)
“La violencia doméstica constituye uno de los
problemas más acuciantes de la sociedad actual y afecta
con similar intensidad a todos los países, con independencia
de su grado de desarrollo “
“Este no es, sin embargo, un problema nuevo. Durante
siglos la violencia se ha ejercido en el seno de la familia”.
“Problemática que afecta principalmente, aunque
no en exclusiva, a las mujeres, pues con frecuencia también
son víctimas de estos delitos los hijos menores, que
suelen ser los miembros más indefensos de la unidad
familiar”.
“los expertos apuntan a que sólo entre un 5%
y un 10% de las agresiones producidas en el ámbito
familiar son denunciadas”.
? ¿Como Saben que es un problema acuciante?
? ¿Como Saben que durante siglos el hogar ha sido fuente
de violencia?.
? ¿Como Saben que las víctimas son mujeres y
niños, y descartan de raíz, hombres?.
? ¿Qué expertos, y en base a Qué datos,
dan lo del 10%?
? ¿Y la violencia contra el hombre, donde esta?..
? Usan tautologias. Están copiando el modelo de ‘violencia
de genero’ .
“Se carezca en la actualidad de una estadística
que refleje fielmente la magnitud real de este problema.”
? Reconocen que NO TIENEN DATOS.
“la Macroencuesta sobre la Violencia contra las Mujeres,............Estos
datos permiten afirmar, sin duda alguna, que estamos ante
una problema social de primera magnitud............Estamos,
por lo tanto, ante un fenómeno social y jurídico
de relevantes proporciones,”
“Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de junio de 2000
cuando señala: «...el delito que comentamos debe
ser abordado como un problema social de primera magnitud,
y no solo como un mero problema que afecta a la intimidad
de la pareja,”.
? Todo esto, en base a la ‘la macroencuesta’,
cuya metodología conocemos.
? Una estafa en datos, seguida de masacre judicial, y 13.000
millones en subvenciones del II-plan contra la ‘violencia
domestica’.
“ b) Concepto de "violencia" incluido en el
delito del artículo 153 del Código Penal.”
“El artículo 153 del Código
penal se refiere expresamente tanto a la violencia física
como a la violencia psíquica.”
“A estos efectos conviene precisar que
EL CONSEJO DE EUROPA DISTINGUE LOS SIGUIENTES TIPOS DE VIOLENCIA:”
.............................................
VIOLENCIA PSICOLÓGICA: concepto amplio que admite múltiples
modalidades de agresión intelectual o moral (amenazas,
aislamiento, desprecio, intimidación e insultos en
público, etc.).
? Si la ‘mujer’, ‘se siente’ despreciada,
o ‘intimidada’ es delito.
VIOLENCIA ECONÓMICA: entendida como desigualdad
en el acceso a los recursos compartidos (negar el acceso al
dinero, impedir el acceso a un puesto de trabajo o a la educación,
etc.).
? Si no la has dado todo el dinero que la ‘mujer’
ha exigido, aunque fuera para el bingo, es delito.
VIOLENCIA ESTRUCTURAL: término íntimamente
relacionado con el de Violencia económica, pero que
incluye barreras invisibles e intangibles contra la realización
de las opciones potenciales y de los derechos básicos
de las personas. Se sustenta en la existencia de obstáculos
firmemente arraigados 'y que se reproducen diariamente en
el tejido social (por ejemplo, las relaciones de poder que
generan y legitiman la desigualdad).
? Si la señora suspendió los exámenes
de acceso a la Universidad, o no ha hecho el Doctorado, es
tu culpa, y es delito de ‘Violencia estructural’,
pues no aprobó por tener que hacer tareas de casa,
aunque tu tambien las hicieras.
? Violencia estructural, puerta al Fascismo mas amplio.
VIOLENCIA ESPIRITUAL: concepto comprensivo de aquellas conductas
que consisten en obligar a otra persona a aceptar un sistema
de creencias cultural o religioso determinado, o dirigidas
a erosionar o destruir las creencias de otro a través
.. del ridículo o del castigo.
? Si ‘siente que erosionas sus creencias’, es
delito de ‘Violencia espiritual’.
? ¿No es esto lo que condenan con la Carcel Los Talibanes?.
El Consejo de Europa, ‘para la mujer’, lo ha hecho
Delito en TODA EUROPA.
“Todas estas modalidades de Violencia
tienen cabida en el tipo delictivo previsto en el artículo
153 del Código Penal. “
“ Así, cabe recordar que este Consejo aprobó
el 21 de octubre de 1998 el Informe al Anteproyecto de Ley
Orgánica de Modificación del Código Penal
de 1995 en materia de protección a las víctimas
de los malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,
en el que, en relación con el extremo ahora analizado,
se señalaba: «En tal sentido cabría subsumir
en. el ámbito objetivo del delito de Violencia psíquica
familiar del artículo 153 CP, además de otros
comportamientos CALIFICADOS POR EL GRUPO DE ESPECIALISTAS
EG-S-VL DEL CONSEJO DE EUROPA como Violencia sexual, psicológica,
económica, estructural o espiritual, las conductas
descritas en el último párrafo del artículo
620 CP como amenazas, coacciones, injurias o vejaciones injustas
cuando, según las exigencias del tipo penal del artículo
153 CP, se ejecuten sobre la víctima de manera habitual
y al margen del resultado lesivo que pudieran causarle ”.
? Es en el Consejo de Europa la raíz donde se han creado
las aberraciones.
? El Consejo de Europa ha creado el Programa DAPHNE donde
se dice que, en Violencia de pareja, el 98% de agresiones
son hombre => mujer, sin la mas mínima base científica
en contra de todos los otros estudios de todo el mundo.
“Por ello, no está de más
recordar ahora que, conforme a la jurisprudencia reiteradamente
establecida al respecto por el Tribunal Supremo (Sentencias
de 29 de abril de 1999, y de 25 de abril, 24 de junio y 7
de julio de 2000, entre otras), el testimonio de la víctima,
aunque no haya otros testigos del hecho delictivo, puede ser
en estos casos suficiente para fundamentar una condena y desvirtuar
la presunción de inocencia, pues -como señala
expresamente la Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de junio
de 2000- NADIE HA DE SUFRIR EL PERJUICIO DE QUE EL SUCESO
QUE MOTIVA EL PROCEDIMIENTO PENAL SE DESARROLLE EN LA INTIMIDAD
ENTRE LA VÍCTIMA Y EL INCULPADO, dado que, en otro
caso, se provocaría la más absoluta de las impunidades.”
? VIOLACIÓN POR EL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL
DEL DERECHO HUMANO A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, (Articulo
11 De La Dec. Universal De Los Derechos Humanos ) CREANDO
JURISPRUDENCIA PARA QUE LO PUEDAN VIOLAR LIBREMENTE CUALQUIER
JUEZ DE ESPAÑA.
? Estamos en un estado Inquisitorial.
? Se presume que ha sucedido un delito, en base a la declaracion
de una mujer.
? Basta ‘su palabra’. Violación en el Hogar,
Violencia Psicológica, Violencia Estructural, Violencia
Espiritual, etc.
“Entre las primeras diligencias que ha de acordar el
órgano jurisdiccional se encuentran las de dar protección
a los perjudicados y detener, en su caso, a los presuntos
responsables del delito............ NOS ESTAMOS REFIRIENDO
A LA POSIBILIDAD DE OFRECER AL SUJETO ACTIVO LA POSIBILIDAD
DE ELUDIR LA PRIVACIÓN CAUTELAR DE LIBERTAD MEDIANTE
SU SOMETIMIENTO VOLUNTARIO A programas de rehabilitación,
TRATAMIENTO MÉDICO o psicológico, MECANISMOS
DE REEDUCACIÓN, resocialización U OTROS PROCEDIMIENTOS
TÉCNICOS QUE, respetando los derechos que asisten al
imputado en todo procedimiento penal, RESULTEN PROCEDENTES
Y ACONSEJABLES EN CADA CASO CONCRETO.
? Cárcel, o ‘mecanismos médicos de reeducacion’.
‘Sometimiento VOLUNTARIO’. Desde la primera Denuncia
de ‘la mujer’.
? Stalin, Mao, Hitler, lo hacian hace años. Ahora,
desde la primera denuncia, es ley, por el Consejo General
del Poder Judicial de España, año 2000.
? Leer esto, da terror. Es el Fascismo en su estado puro.
? Esto no es Alemania, año 1939, no , es España,
año 2000, y lo ha escrito el Consejo General del Poder
Judicial.
“a) Especialización de Juzgados.”
“Diversos estudios recientes ponen de manifiesto que
la Violencia doméstica ha adquirido en nuestro país
una dimensión cuantitativa realmente extraordinaria.
Así, un estudio recientemente publicado en los medios
de comunicación estimaba en casi un millón las
mujeres que habrían sufrido malos tratos severos en
los últimos doce meses, cifra a la que habría
que añadir el maltrato infantil, principalmente psicológico,
que frecuentemente .está presente también en
-los hogares donde las mujeres son agredidas.................”
? La macorencuesta, daba 640.00 ‘maltratadas declaradas’.
La pregunta que daba acceso a anotarlas, era la que conocemos.
? Respecto al maltrato infantil, sin el mas mínimo
dato, legislan. Los datos de maltrato infantil van contra
la mujer. El Consejo General del Poder Judicial, ‘se
olvida de ellos’.
? Es absolutamente imposible creer en la ausencia de maldad
consciente y responsable en todo esto.
“Entendemos viable legalmente asignar a un solo órgano
jurisdiccional el conocimiento de una determinada clase de
asuntos, siempre que al menos existan dos de la misma clase
en la circunscripción territorial.”
“c) Formación especializada de jueces........”
“d) Selección de jueces en virtud de su preparación
específica y experiencia en la materia.”
“Esta selección ha de partir de la premisa de
la preferencia para ocupar tales juzgados de aquellos jueces
y magistrados que acrediten su preparación específica
y su experiencia en la materia.”
? Bases legales para crear juzgados centralizados, y específicos
donde no entren otros jueces mas que los que cumplan con la
ideología.
ANEXO 5.
ABERRACIONES CIENTÍFICAS.
Hay tres planos.
EL MACRO-NIVEL.
A nivel Continental-Nacional, se están
haciendo ‘encuestas’ sobre maltratadas, que no
son otra cosa que estructuras de manipulación dirigida
de las opiniones. Luego son presentadas como ‘Pruebas
de la magnitud del problema socia detectado’.
Un ejemplo es ‘La macroencuesta de la
Violencia Contra las Mujeres’, del Instituto de la Mujer,
España, Mayo-2000.
Se basa en 13 preguntas por teléfono a mujeres anónimas.
Entre ellas:
? ¿Le impide ver a la familia, o tener relaciones con
amigos, vecinos?.
? ¿Le quita el dinero que Vd. Gana, o no le da lo suficiente
que necesita para mantenerse?.
? ¿No tiene en cuenta las necesidades de Vd (Le deja
el peor sitio de la casa, lo peor de la comida...)?
? ¿No valora el trabajo que realiza?.
? ¿Ironiza o no valora sus creencias (Ir a la iglesia,
votar a algún partido, pertenecer a alguna organización)?.
? ¿Le dice que a Donde va a ir sin él (Que no
es capaz de hacer nada por si sola)?.
Contestar ‘A VECES’ a UNA SOLA de
estas preguntas, durante toda la vida, califica de ‘maltratada
técnica’ y ‘agresor’.
En base a esto, el Consejo General del Poder
Judicial propone leyes de ‘Cárcel o reeducacion
medica desde la 1ª denuncia’.
Otro es ‘El Eurobarometro’ de las
Comisiones Europeas.
Se basa en 10 preguntas hechas a ciudadanos de Europa. Entre
ellas:
• ¿Dónde han oído
hablar los/as europeos/as de la violencia doméstica
contra las mujeres?
• ¿Es aceptable o inaceptable para los/as europeos/as
la violencia doméstica?.
• ¿Quién debería ayudar a las mujeres
que son o pueden ser víctimas de la violencia doméstica?.
• ¿Creen los/as europeos/as que hay leyes especiales
en sus países relativas a la violencia doméstica
contra las mujeres?.
• ¿Qué formas de luchar contra la violencia
doméstica contra las mujeres consideran útiles
los/as europeos/as?.
• ¿Son conscientes los/as europeos/as del papel
que juega la Unión Europea en esta lucha y piensan
ellos que su participación es necesaria?.
No averiguan la realidad. Crean ‘imagen
del problema’, limitando las respuestas, mediante cierre
en las alternativas de la pregunta (‘contra las mujeres’),
y ‘crear obligación de mas leyes represoras a
nivel europeo’ ‘con todas las medidas’.
Acaban llevando al contestador a una única conclusión.
Son técnicas conocidas en Psicología como ‘preguntas
cerradas tipo embudo’.
EL NIVEL MEDIO.
Entre Jueces, Profesionales, se están
distribuyendo datos absolutamente ajenos a toda contrastacion,
y contrarios a todo estudio contrastado.
Uno de los mas flagrantes, proviene del Programa
DAPHNE de la Comisión Europea.
En su Pagina Web : http://www.sivic.org/esp/site-esp/index.html
“Consideramos como violencia de pareja
todas las formas de violencia utilizadas contra una mujer”.
? DE RAÍZ cortan todo análisis
de la violencia que sufre el Hombre, no solo durante la pareja,
sino la bestial de separación, y, DE RAÍZ, consideran
como violencia ‘contra la mujer’, ‘toda
forma de violencia’.
? Violencia Espiritual por ejemplo.
“En este sitio, nos concentramos exclusivamente
en la violencia conyugal ejercida contra las mujeres, porque
representa más del 95% de los casos de violencia conyugal.”
? Se da 95% de violencia de pareja, de sentido
hombre agresor, mujer víctima.
? Veamos en la misma Pagina Web, en otro párrafo http://www.sivic.org/esp/site-esp/texte/violence.html#profesionales
“Según la comisión europea, en el 98%
de los casos, la violencia es imputable al hombre, por lo
cual este sitio se basará en este principio, y considerará
a la mujer como la víctima y al hombre como el agresor”.
? 98%. Antes, 95%.
? El sitio oficial de las Comisiones Europeas para Médicos,
Abogados, Jueces.
? Hay 9 Estudios de Violencia de Pareja en este Informe Pincel.
Estudio Dunedin, British Crime Survey, Murray Strauss, Reena
Sommer.
? Tasas de Violencia de Pareja de 40/60, 50/50, ......
? Incluso el de Janet Reno, en U.S.A., 66%, 33% (41,5 versus
19,9. Punto numero 5, pagina 12 de este mismo Informe Pincel).
? Pues bien, según la Comisión Europea, 98%
hombre agrede, 2% mujer agrede.
? Y 98% lo dice en un párrafo, 95% lo dice en otro.
? Suena a Mentira.
EL NIVEL BAJO.
En los Juzgados de Familia, en los ‘centros
de protección al menor’, se están emitiendo
‘Informes Periciales’, en donde se dice detectar
en los niños fenómenos de todo tipo, que siempre
conducen a una condena del Padre, y de toda opinión,
incluida la de los niños, que vaya en contra de la
imposición en todos los planos de la imagen de la madre.
Solo traemos uno de ellos, tal vez hoy día
el mas llamativo, pero que no es el único.
LA PARENTIZACION.
Cuando un hombre es separado injustamente de
su casa, de sus hijos, y sus hijos sienten pena por su padre,
y expresan que están de su lado, los peritos de los
juzgados de Familia, ‘diagnostican’ :
‘Los menores sufren una Parentizacion
inducida por el progenitor. Este fenómeno consiste
en la inducción en el menor , por parte del progenitor,
de los roles del progenitor, como el rol de protección’.
Esto se esta haciendo en España, año 2000, en
los Juzgados de Familia. Y son seguidos por los Jueces como
‘verdad Científica’.
ANEXO 6.
ABERRACIONES POLÍTICAS.
(I). LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO: SUS
PELIGROS Y ALCANCES
Se han recogido datos de la ideología
que, dentro de la O.N.U., por gentes como la Presidenta de
Islandia, Vigdis Finnbogadottir, o Ex-Diputadas de U.S.A.,
ha creado las reuniones de la mujer de la O.N.U. de Pekin-1995,
o de Nueva-York, año 2000.
Están en la red en servidores de la Conferencia
Episcopal Peruana.
http://www.vidahumana.org/vidafam/iglesia/genero.html
Sobran Comentarios.
Solo uno. Leyéndolo, se entiende que
posteriormente, en Europa, en el Consejo General del Poder
Judicial de un País como España, en Centros
‘de parte’ como el Instituto de la Mujer, se desarrollen
estructuras de manipulación Estadística, y Criminalizacion
tan inmensas y Violando los mismos Derechos Humanos, de todo
lo que suene a Patriarcado y Familia.
Esto explica la Ley 14/1999 de España,
y la Propuesta 122/066, y la Violación del Principio
de Presunción de Inocencia para multiplicar las denuncias,
Condenas, y Destrucción de Familias.
? El final de la familia biológica eliminará
también la necesidad de la represión sexual.
La homosexualidad masculina, el lesbianismo y las relaciones
sexuales extramaritales ya no se verán en la forma
liberal como opciones alternas, fuera del alcance de la regulación
estatal… en vez de esto, hasta las categorías
de homosexualidad y heterosexualidad serán abandonadas:
la misma ‘institución de las relaciones sexuales',
en que hombre y mujer desempeñan un rol bien definido,
desaparecerá. La humanidad podría revertir finalmente
a su sexualidad polimorfamente perversa natural"19”
? “Pensamos que ninguna mujer debería tener esta
opción. No debería autorizarse a ninguna mujer
a quedarse en casa para cuidar a sus hijos. La sociedad debe
ser totalmente diferente. Las mujeres no deben tener esa opción,
porque si esa opción existe, demasiadas mujeres decidirán
por ella”
? Rebecca J. Cook, docente de Leyes en la Universidad de Toronto
y redactora del aporte oficial de la ONU en Pekín,
señala en la misma línea de sus compañeros
de batalla, que los géneros masculino y femenino, serían
una "construcción de la realidad social"
que deberían ser abolidos.
? “El género es una construcción cultural;
por consiguiente no es ni resultado causal del sexo ni tan
aparentemente fijo como el sexo… Al teorizar que el
género es una construcción radicalmente independiente
del sexo, el género mismo viene a ser un artificio
libre de ataduras; en consecuencia hombre y masculino podrían
significar tanto un cuerpo femenino como uno masculino; mujer
y femenino, tanto un cuerpo masculino como uno femenino”.
? "El género se refiere a las relaciones entre
mujeres y hombres basadas en roles definidos socialmente que
se asignan a uno u otro sexo".
? "El concepto de ‘género' está enclavado
en el discurso social, político y legal contemporáneo.
Ha sido integrado a la planificación conceptual, al
lenguaje, los documentos y programas de los sistemas de las
Naciones Unidas… los intentos actuales de varios Estados
Miembros de borrar el término ‘género'
en la Plataforma de Acción y reemplazarlo por ‘sexo'
es una tentativa insultante y degradante de revocar los logros
de las mujeres, de intimidarnos y de bloquear el progreso
futuro".
Bella Abzug , Ex-Diputada de EE.UU.
Conferencia de la Mujer en Pekin, 1995.
? Hegemonía o hegemónico: Ideas o conceptos
aceptados universalmente como naturales, pero que en realidad
son construcciones sociales.
? Desconstrucción: La tarea de denunciar las ideas
y el lenguaje hegemónico (es decir aceptados universalmente
como naturales), con el fin de persuadir a la gente para creer
que sus percepciones de la realidad son construcciones sociales.
? Patriarcado, Patriarcal: Institucionalización del
control masculino sobre la mujer, los hijos y la sociedad,
que perpetúa la posición subordinada de la mujer.
? Perversidad polimorfa, sexualmente polimorfo: Los hombres
y las mujeres no sienten atracción por personas del
sexo opuesto por naturaleza, sino más bien por un condicionamiento
de la sociedad. Así, el deseo sexual puede dirigirse
a cualquiera.
? "La teoría feminista ya no puede darse el lujo
simplemente de vocear una tolerancia del ‘lesbianismo'
como ‘estilo alterno de vida' o hacer alusión
de muestra a las lesbianas. Se ha retrasado demasiado una
crítica feminista de la orientación heterosexual
obligatoria de la mujer4.
? "Una estrategia apropiada y viable del derecho al aborto
es la de informar a toda mujer que la penetración heterosexual
es una violación, sea cualfuere su experiencia subjetiva
contraria."5
En resumen, segun esto, los seres humanos, tenemos dos partes.
Lo fisico, y lo psicológico. Como Hardware y Software
de un Ordenador.
Pues bien, TODO lo que nos define como seres humanos, como
hombre, como mujer, como Padre, como hijo, como hermano. NO
EXISTE.
Es solo Software, y Software viejo.
Puede cambiarse.
Es mas, DEBE cambiarse para que los seres Humanos ‘seamos
libres’.
Por eso la ‘deconstuccion’ de la familia, el patriarcado,
la educación, etc.
Esta es la ‘teoría de genero’.
Por eso NADIE dice nada cada día en España,
con 432 niños separados/divorciados de sus Padres.
Por esto, los ‘peritos psicólogos’
de los ‘nuevos Juzgados’, cuando se encuentran
un niño que sufre porque su padre sufre por haber sido
echado Impune y Bestialmente de su casa, dicen:
“El Menor Sufre Proceso de Parentizacion
Inducida por El Progenitor”.
Eso si, hora se pretende Legislar en TODA EUROPA
en Base a esta Basura Teórica Fascista.
Sobre ‘Violencia de Genero (Por supuesto, el Msaculino,
el del Padre, el Hombre, la Mujer, nada).
Y se esta Legislando.
(II). LEY 17/2000, DE 27 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES
DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA 2001
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente
Ley que yo, en nombre del Rey promulgo.
.............................
“En este ámbito de las políticas sociales
de gasto, ocupan un lugar destacado las dirigidas a la promoción
e igualdad de la mujer, a facilitar su inserción laboral
en el mercado de trabajo y, en particular, a impulsar actuaciones
efectivas que garanticen su integridad, incrementando de manera
importante las partidas orientadas a prevenir y erradicar
la violencia. “
“Además, la Administración
autonómica participará activamente en la persecución
de los delitos de violencia doméstica y malos tratos
en el ámbito familiar, CUANDO LAS VÍCTIMAS SEAN
MUJERES, personándose en juicio como acusación
particular en ejercicio de la acción popular.”
? Solo para mujeres. En la practica, este programa ha quedado
en que la Comunidad da dinero , que es de todos los madrileños,
para abogadas de asociaciones de mujeres, las cuales, pagadas
con dinero de todos nosotros, se personan en los juicios de
faltas contra los hombres para conseguir su condena.
? El Articulo 14 de nuestra constitución habla de no
discriminar, pero no de que se coja a la fuerza dinero de
todos, para pagar a abogadas privadas de asociaciones de ‘unos’,
para conseguir condenas de ‘otros’.
(III). LA LEY DEL SEÑOR BONO. LISTAS
PUBLICAS DE MALTRATADORES.
Sin comentarios.
A los Judíos se les obligaba a llevar
distintivo Publico en la Alemania Nazi.
En Alemania ‘nadie se enteraba de lo que
estaba pasando’.
ANEXOS 7,8,9,10,11,12,13,14,15.
Documento 3. Estudios de Violencia en la Pareja
Humana.
Introducción:
Se recogen en este apartado, un total de 9 estudios centrales,
procedentes de Fuentes Gubernamentales y Universidades de
países Occidentales.
Periodos de estudio desde el año 1987 (Primeros estudios),
hasta año 2000, y muestras desde unos cientos de personas,
hasta decenas de miles de personas (Muestras representativas
para países como U.S.A., Canada, Inglaterra, etc).
El entorno de estudio de la pareja, ha sido no solo en situaciones
de separación matrimonial, sino en noviazgos, en matrimonio,
durante años de seguimiento, en distintas culturas,
en distintos países, distintas religiones, desde la
década de 1980 hasta el año 2000.
Lamentablemente, en muchos de los actuales ‘estudios
oficiales', no solo a nivel Español, sino Incluso Europeo,
de raíz, en la metodología de esos estudios,
no solo jamas se pregunta al hombre si ha recibido agresiones,
sino que incluso, en algunos estudios en donde se pregunto
a la mujer por las agresiones que había cometido al
hombre, sus respuestas fueron ocultadas posteriormente (Canadian
Journal Of Behavioural Science, Kennedy And Dutton's 1987
).
En estos, siempre se respeto la información de la violencia
(En sus múltiples niveles, causas, y consecuencias)
en ambos sentidos.
Contenido:
Anexo 7. Informe Fiebert.
Anexo 8. Women Offenders. Departamento De Justicia. Estados
Unidos.1999.
Anexo 9. Informe Dunedin. U.S. Departament Of Justice. July,1996.
Anexo 10 Informe Murray -Straus. 1999. Universidad De New
Hampshire. U.S.A..
Anexo 11 Asesinatos Entre Esposos. Departamento De Justicia
U.S.A. (1998).
Anexo 12 Informe Reena Sommer. University Of Manitoba . Canada.
1994
Anexo 13 Informe Archer. Universidad New-Lancshire. 2000.
Anexo 14 Gender Differences In Patterns Of Relationship Violence
In Alberta. Años 1987, 1999.
Anexo 15 British Crime Survey 1996.
INFORME FIEBERT.
ANEXO 7.
Universidad De California. Año 2001
California State University, Long Beach .
Departament of Psychology.
Link: http://www.csulb.edu/~psych
Martin S. Fiebert
e-mail: mfiebert@csulb.edu
Link al Documento: http://www.csulb.edu/~mfiebert/assault.htm
Abstracto.
Autentico primer gran compendio de datos para el conocimiento
de la violencia de pareja. En 1997 se hizo el primer Informe
Fiebert.. Posteriormente, según han ido saliendo mas
estudios, han ido siendo incluidos.
Actualmente (2001), es una Bibliografía de 122 investigaciones
escolares, 99 estudios empíricos, y 23 análisis,
de Violencia entre Parejas. El tamaño de la muestra
agregada en los estudios aquí recopilados, excede 72.000
casos.
Analiza múltiples variables de todo este fenómeno:
• El estado de la relación: Relación esporádica,
Relación de Noviazgo, Relación Casada
• El tipo de cultura : Judíos, Afroamericanos,
Anglosajones, Hispanos.
• El País: U.S.A., Finlandia, Israel, Sudáfrica,
Corea, Hong-Kong.
• Las motivaciones manifestadas, tanto por hombres como
por mujeres, para 'justificar' porque usaron la violencia.
• La violencia que habían visto en sus padres
y madres (Vieron como las madres pegaban a los padres), y
Como, por sexo (Niño - niña), el ver a los padres
(A ambos, no había diferencias), luego era predictor
para ser 'mujeres agresoras', u 'hombres agresores'.
• Estudios sobre la 'tolerancia social' de la violencia
femenina, y 'la precondena social' de la masculina, aunque
sean iguales.
• La evolución con el tiempo, en décadas
actuales (Cae la masculina, Cae la aprobación masculina
a abofetear a una mujer, pero SE MANTIENE la aprobación
femenina a abofetear al hombre)
Los tamaños de cada estudio, varían entre pequeños
(Unos 100 individuos), hasta nacionales con muestras representativas
(del orden de 9.000 hombres y 9000 mujeres).
Tras todo este trabajo, el resultado es:
"Women are as physically aggressive, or more aggressive,
than men in their relationships with their spouses or male
partner".
(Las mujeres son tan, o mas agresivas que los hombres, en
sus relaciones con sus esposos o parejas masculinas).
(Pag. 1, SUMMARY).
EL INFORME FIEBERT
2. El Psicólogo de la Universidad de
California Martin S. Fiebert Examina un total de 244 estudios
sobre la violencia de pareja realizados en todo el mundo.
Cada uno de los estudios se basa en un cuestionario del tipo
CTS (del tipo del contenido en el anexo 2). Dichos estudios
per se tienen significación estadística, que
será mayor o menor dependiendo del tamaño de
la muestra. La muestra agregada es de más de 70.000
personas entrevistadas.
3. Casi unánimemente, los resultados de cada encuesta
demuestran que las mujeres son significativamente más
propensas a expresar violencia física que los hombres,
siendo además las que arrojan un porcentaje mayor en
cuanto a ser las iniciadoras de la violencia.
4. En general, los abusos sufridos en la infancia son el mejor
indicador de riesgo de ejercer violencia doméstica,
independientemente del sexo, así como los antecedentes
de violencia doméstica.
5. Fiebert estudia sistematizadamente una casuística
diversa:
a) Violencia entre parejas casadas
b) Violencia entre parejas no casadas.
c) Violencia con variable racial.
2. Se incluyen, además de datos de microencuestas,
datos de macroencuestas y artículos, así como
estudios motivacionales que intentan evidenciar las causas
de la violencia ejercida.
3. Existen pocas diferencias significativas entre los grupos
anteriores, reproduciéndose el dato de un mayor índice
de violencia de la mujer hacia el hombre en los diferentes
grupos étnicos analizados, así como entre parejas
casadas y no casadas.
4. Aunque se reconoce que existe muy poco análisis
sobre las razones por la que las mujeres inician los ataques,
Fiebert se introduce en este análisis, más allá
del mito o ideología propalada según los cuales
“las mujeres no son violentas, sino que su violencia
es signo de la opresión masculina”. Explicación,
por demás, tendenciosa, necia y que no resiste el más
mínimo debate, pese a ser muy extendida.
ALGUNOS RESULTADOS:
(a) El 29% de las mujeres reconocen haber agredido a su pareja
en los últimos 5 años, siendo más frecuente
que la agresora esté en la veintena, y menos cuando
ya ha cumplido los 30 años.
(b) Entre 1975 y 1992 los ataques graves de hombres hacia
mujeres se han reducido, en tanto que los de mujeres contra
hombres mantienen su tasa.
(c) Un estudio de Stets & Strauss concluye que “cuando
la violencia se mide en actos, las mujeres son más
violentas que los hombres, y cuando se mide en heridas, los
hombres son más violentos”.
(d) Un estudio de Mc Leod (6200 casos de violencia doméstica
en Detroit en 1984), reporta que las mujeres tienen tres veces
más probabilidades de usar un arma que un hombre en
el curso de conflictos domésticos.
(e) La encuesta Nacional sobre Violencia Contra Mujeres de
1999 evidencia que los hombres tienen más probabilidades
que las mujeres de experimentar ataques graves en el curso
de los cuales sean golpeados con un objeto, amenazados con
un cuchillo o acuchillados.
RAZONES DE LA VIOLENCIA FEMENINA.
En este aspecto es donde el estudio de Fiebert
es más enriquecedor, en tanto que trata de trascender
el dato y penetrar en las motivaciones.
La más frecuente en espontáneo
es la de que las mujeres creen que no les pasará nada
si son ellas las agresoras (bien porque no crean que harán
daño a su pareja, en función de su fortaleza
física, o bien porque están convencias de que
los hombres saben protegerse por sí solos). Esto explicaría
también el porqué de que la moral social sea
tan tolerante con las agresiones de las mujeres sobre los
hombres.
Existe el mito ya indicado de que la violencia
por parte de las mujeres nace de la autodefensa contra los
ataques o abusos verbales del hombre, en tanto que los hombres
emplean la violencia para controlar la relación. El
análisis de las auténticas razones desmontan
este mito, y Fiebert las desglosa en:
Razones inmediatas de la violencia femenina:
1) Mi pareja no estaba siendo sensible a mis necesidades (46%)
2) Quise llamar la atención de mi pareja (44%)
3) Mi pareja no me escuchaba (43%)
4) Mi pareja había abusado verbalmente de mí
(38%)
5) NO pensé que mis ataque causara daños a mi
pareja (38%)
La autodefensa (contra el abuso verbal, no contra
un ataque físico) es la cuarta causa en orden de importancia,
muy detrás de la llamada de atención. El hecho
de que se considere que la pareja no sufrirá daños
es peligroso, ya que desinhibe del uso de la violencia sin
tener en cuenta la posible respuesta (que sí puede
causar daños físicos) por parte de la pareja.
Razones más profundas:
1) Creo que los hombres pueden protegerse bien, y por eso
no me preocupa ser físicamente agresiva (24%)
2) He comprobado que la mayoría de los hombres han
sido educados para no pegar a una mujer, y por eso no tengo
miedo de que mi pareja responda cuando yo la agredo (19%)
3) Como las mujeres somos iguales a los hombres, las mujeres
podemos expresar nuestra rabia hacia los hombres mediante
la agresión física (13%)
4) Me siento más poderosa cuando me comporto agresivamente
con mi pareja (12%)
5) Me dí cuenta cuando era pequeña que podía
agredir a mi hermano físicamente sin que este me la
devolviera (10%)
Al parecer, el grupo disperso de otras respuestas
tiene una considerable identidad con las mencionadas, lo que
incrementaría los respectivos porcentajes.
ANEXO 8.
WOMEN OFFENDERS. Departamento De Justicia.. U.S.A. 1999.
Abstracto.
Mas que datos sobre violencia de parejas, este vasto estudio
apunta a lo que es la agresividad femenina tal cual, en Toda
la Sociedad.
Es una Recopilación de Varias Fuentes Gubernamentales
durante mas de 20 años: National Crime Victimization
Survey (NCVS, 1993-1997), Uniform Crime Reporting Program
(UCR , FBI, 1997), Supplementary Homicide Reports (SHR , FBI,
1976-1997), State Court Processing Statistics (SCPS, 1996),
National Judicial Reporting Program (NJRP, 1996), National
Prisoner Statistics (NPS, 1998). ..
Link: http://www.ojp.usdoj.gov/bjs/abstract/wo.htm
Resultados:
1) Tasa de Mujeres agresoras En Toda la Sociedad: Basándose
en lo dicho por las víctimas de la violencia, las mujeres
son responsable de un 14% de las todas las agresiones en toda
la sociedad. Un promedio de 2,1 millones de mujeres agresoras
al año. víctimas (Pag. 1, Highlights).
2) Agresión dirigida fuera, o dentro de las relaciones:
Entre 1976 y 1997 Las mujeres y Hombres difieren substancialmente
en su relación con sus víctimas (Pag.3):
• 62% de víctimas de las mujeres, tiene relación
intima con la agresora.
• 36% de las víctimas de los hombres, tienen
relación previa con el agresor
3) Evolución en el Tiempo: Desde 1990, el numero de
mujeres demandadas y condenadas en cortes por delitos graves
(Felonies en Original), ha crecido el doble que el de hombres
(Pagina 1, Puntos sobresalientes).
4) Niños Pequeños de Mujeres Agresoras: 1,3
millones de niños pequeños (minor children)
eran hijos de mujeres que estaban bajo supervisión
de agencias judiciales. (Pagina 1, Puntos sobresalientes).
ANEXO 9.
INFORME DUNEDIN. U.S. Departament Of Justice. July,1996
"Findings about Partner Violence".
Abstracto.
Estudio de 21 años de duración, siguiendo la
vida de poblaciones de Hombres y Mujeres desde su nacimiento
(Años 1970) con garantía de confidencialidad
(No serian denunciados aunque reconocieran, hombres o mujeres,
haber agredido a sus parejas).
No aceptaban 'simple declaración de una parte' ('Self-Report',
como se hace hoy día en muchos estudios oficiales),
constataban con el entorno y con la otra parte.
Link: http://www.ncjrs.org/pdffiles1/170018.pdf
Resultados:
a. Un 27% de mujeres abusadas físicamente.
Un 34% de hombres abusados físicamente. (Issues and
Findings, page 2)
b. En la agresión hombre a mujer, el 88% de las agresiones
son cometidas / Sufridas por gente que sufre una o más
enfermedades mentales diagnosticadas (Issues and Findings,
page 2).
c. La violencia doméstica es mayor en parejas "cohabitantes".(Issues
and Findings, page 2)
d. La violencia Masculina, suele estar asociada a situaciones
de estres social (Paro, drogas,,). La femenina, no, se da
igual con y sin situaciones de estress de la agresora. (These
extreme social and per-sonal problems were not found for Dunedin
study female perpetrators. Page 10)
(Los datos de este estudio, concuerdan con los de otros dos,
el National Family Violence Survey de 1985, y el National
Youth Survey, de 1983 ).
(Exhibit 2. Rates of physical partner violence in three studies,
page 4)
EL INFORME DUNEDIN.
1. En 1996, los datos del Instituto Nacional de Justicia (Dpto.
de Justicia de USA) detectaban que cerca del 21% de los crímenes
padecidos por las mujeres y el 2% de los padecidos por hombres
eran producidos por sus parejas o ex-parejas, lo que indujo
a profundizar en este foco de crimen mediante el estudio Dunedin.
2. El Dunedin es un estudio que abarca 21 años de seguimiento
a niños nacidos entre 1972 y 1973 en Dunedin (Nueva
Zelanda), con distribución igual por sexos, que fueron
examinados sucesivamente a distintas edades, en una muestra
agregada total de 1020 indivíduos.
3. La bondad de su metodología se basa en que los autodeclarativos
de los que reportan haber padecido malos tratos se constata
con la pareja (habiendo una coincidencia de un 70-80% entre
las versiones declaradas y las comprobadas), midiéndose
tanto la violencia física como psíquica (se
emplearon los cuestionarios que hemos adjuntado como anexo
2).
4. Los resultados del Dunedin fueron comparados con otros
estudios realizados con anterioridad, lo que permitió
constatar la coherencia de los resultados obtenidos en los
cuatro estudios comparados: Es notorio que las mujeres reportaban
haber infligido más violencia que los hombres, y correlativamente,
los hombres reportaban haber padecido más violencia
que las mujeres en todos los estudios analizados.
5. También destacan los desórdenes mentales
múltiples (más frecuentes en las personas que
ejercieron violencia) como factor que explica los malos tratos
producidos por hombres: entre estos desórdenes se cuentan
la depresión , la ansiedad, el abuso de alcohol, la
drogodependencia, desórdenes antisociales de la personalidad
y esquizofrenia.
Es decir, factores de riesgo criminológico de carácter
general, así como desempleo de larga duración,
ausencia de estudios... características asociadas a
la población cercana a la marginalidad. Se sospecha,
aunque se pretende demostrar en investigación posterior,
que las mujeres no requieren tales factores para maltratar,
sino que se amparan ante la improbable denuncia de los hechos,
y la incredulidad policial e institucional hacia los malos
tratos perpetrados por mujeres, lo que les crea una sensación
de impunidad.
6. El estudio prueba que los mayores índices de violencia
no están vinculados al matrimonio, sino a la propia
convivencia, y que la presencia de hijos es muy significativa
en la incidencia de los malos tratos (el índice de
mujeres víctimas de malos tratos se duplica si tienen
hijos).
7. El 27% de las mujeres y el 34% de los hombres analizados
reportan haber sufrido malos tratos físicos de su pareja.
El 37% de las mujeres y el 22% de los hombres han declarado
haber infligido malos tratos a su pareja.
8. Los factores que mayor incidencia tienen en configurar
a un maltratador (y por tanto son de utilidad para la prevención
de los malos tratos) son:
o Delincuencia agresiva a la edad de 15 años.
o Abuso de drogas a la edad de 15 años
o Abandono prematuro de la educación escolar (sólo
hombres)
o Ataduras de progenitor e hijo a la edad de 15 años.
o Ausencia del padre a la edad de 9 años (en menor
medida que los anteriores).
ANEXO 10.
INFORME MURRAY -STRAUS. 1999.
Universidad New Hampshire. U.S.A..
Laboratorio de Investigación de la Familia.
Link al laboratorio de Familia: http://www.unh.edu/frl/index.html
CRIMINAL HISTORY AND ASSAULT OF DATING PARTNERS:
THE ROLE OF GENDER, AGE OF ONSET, AND TYPE OF CRIME
(Historia Criminal y Asaltos en Parejas.
Relación con el sexo (Gender), la edad, y el tipo de
crimen)
Link al Documento: http://www.unh.edu/frl/PR13.pdf
Abstracto.
Analiza la afirmación de que la violencia de pareja
es ajena a la exterior a la familia. De que se trata supuestamente
de un tipo especifico de crimen.
Analizo un total de 653 estudiantes universitarios, en sus
relaciones de noviazgo, durante los últimos 12 meses.
Resultados:
1) Tasas de Violencia (Total, y por sexos):
31 % dijeron haber sufrido asalto de sus parejas en los últimos
12 meses.
32% del total de mujeres fueron Agresoras.
29% del total de hombres fueron Agresores.
(Pagina 1, Abstract)
1) Correlación con historia previa :
"Los resultados muestran que, en adición al ya
conocido dato de que las mujeres son tan propensas como los
hombres a agredir físicamente a su pareja, el lazo
con una historia de otros tipos de crímenes es mas
fuerte en mujeres que en hombres".
(Pagina 12, Conclusions).
Trabajo presentado en la Asociación Americana de Criminología,
Congreso anual de Toronto, 17-11-1999. Desarrollado para el
Instituto Nacional de Salud Mental y la Universidad de New
Hampshire.
En la metodología esta incluida la definición
exhaustiva del perfil tanto personal, como de relación
de pareja, Los datos psicometricos preliminares, La justificación
de muestreos en Estudiantes en Parejas, etc:
The Personal and Relationships Profile (PRP)
Link al documento: http://www.unh.edu/frl/unpubpap_prp.htm
ANEXO 11.
ASESINATOS ENTRE ESPOSOS.
Departamento De Justicia U.S.A. (1998).
U.S. Department of Justice. Oficina de Estadisticas Judiciales.
.- Link a la presentación del documento en el Departamento
de justicia U.S.A.: thttp://www.ojp.usdoj.gov/bjs/abstract/spousmur.htm
.- Link al informe (PDF, 186 Kbyt) http://www.ojp.usdoj.gov/bjs/pub/pdf/spousmur.pdf
Abstracto.
En 1998, se analizaron los datos de los 75 mayores condados
Judiciales de U.S.A, de los anteriores años. En estos
75 Condados se produjeron mas de la mitad de los asesinatos
entre esposos de todo el País. Dentro de los 75 Condados,
se muestreo uno de cada 3 casos.
Dos cosas son importantes :
1. La proporción por sexo, de las víctimas.
(La realidad es 60/40, no es la imagen de 'hombre agresor,
mujer víctima', las 'supuestas cifras' de 98/2 , por
ejemplo, que cuenta la Comision Europea en su programa DAPHNE)
.
2. La parcialidad de la administración de Justicia,
en el trato de las mujeres asesinas
Resultados:
1. - Cifras totales, y proporción por sexo de la víctima
En total 540 asesinatos entre esposos.
318 mujeres (59% del total de victimas), 222 Hombres (41%
del total ).
(Pagina 4, Highlights).
Esta cifra, 60-40, es interesante, se repite
en muchos otros sitios directamente relacionada con lo que
es la violencia de pareja de nivel medio-alto.
Por ejemplo, el British Crime Survey, 1996,
recogió que un 23% de mujeres, y un 15% de hombres
habían sufrido alguna vez en su vida un asalto en familia.
Pues bien, 23% (Mujeres víctimas) es un 60,5% del total
de agresiones de Parejas habidas (23 + 15). Y 15% es un 39,5%
(Hombres víctimas) del total (23+15).
En España, el año 2000, hubo 67 mujeres muertas,
y 44 hombres, en Familia
Proporciones casi exactas. 60%, 40%.
2.- Trato de la administración de Justicia a los hombres,
y a las mujeres
(pagina 1 del informe).
Antes de Recibir Condena Judicial:
• De los hombres, el 11% no fue perseguido.
De las mujeres, el 16%.
• De los hombres, el 46% se declaro culpable directamente.
De las mujeres, el 39%.
• De los hombres, el 41% fue condenado en el proceso.
De las mujeres, el 31%.
• De los hombres, el 2% fue absuelto.
De las mujeres, el 14% .
Una vez condenados (Bien por declararse culpables, o por ser
condenados en el juicio):
• El 81% de los hombres fue condenado a prisión.
El 57% de mujeres .
• La condena media en Hombres fue de 16.5 años.
De 6 años para las mujeres.
• De los hombres condenadas a prisión, el 43%
tenia mas de 20 años de cárcel.
De las mujeres, solo el 15%.
ANEXO 12.
NFORME REENA SOMMER.
University Of Manitoba . Canada. 1994
Abstracto:
El año 1994, Reena Sommer, en la universidad de Manitoba,
Canada, recopilo datos de estudios de Salud Publica de su
Ciudad, Winnipeg.
Habían sido en total 4 años de estudios, con
1257 personas al principio y 988 al final.
En base a estos datos, analizó y obtuvo tasas de violencia
de pareja, predictores de la violencia, entorno y consecuencias
de la violencia, y sus relaciones con variables propias y
ajenas a la pareja.
Este trabajo fue realizado como parte del doctorado en Filosofía
de la Profesora Reena Sommer.
Alcanza análisis de detalles realmente interesantes
como la correlación, separada por sexos, de ver de
niños la perpetración de violencia entre los
padres, para ser de mayor perpetrador con el/la pareja.
Origen y Constatacion de la Información:
• Librería de la Universidad de Manitoba, Canada.
Link: http://bison.umanitoba.ca/
• Sommer, Reena. Male and female perpetrated partner
abuse: testing a diathesis-stress model. 1994.
Link: http://bison.umanitoba.ca/htbin/dbsearch?db=MARION&format=FULL&kwd=LN+'AER-9206
• Sommer, Reena. Alcohol consumption, personality and
partner abuse within a male Canadian sample. 1991
Link: http://bison.umanitoba.ca/htbin/dbsearch?db=MARION&format=FULL&kwd=LN+'ABJ-0484
En el servidor de la Universidad, esta solo
la referencia a los dos trabajos, no los trabajos en si. El
ultimo, de 1994 ha sido transcrito (En Ingles) completo en
la web:
Link: http://forever.freeshell.org/sommertc.htm
De esta web extraemos las siguientes secciones del trabajo
de la Doctora Sommer:
Fases y Metodología:
Fase -I del estudio (1989):
En el año 1989 , se desarrollaron en la Ciudad de Winnipeg
(Manitoba, Canada), estudios para evaluar la salud, el abuso
de bebidas, y el abuso de la Pareja. (the Winnipeg Health
and Drinking Survey, WHADS) .
• Se exploraron variables de Personalidad (Salud Mental),
y Demográficas (Edad, trabajo, etc).
• Se investigaron 3 grupos de edad (18-34,35-49,50-65),
durante un periodo de 2 años.
• El total de Personas investigadas fue 1257. Se las
aviso con 1 semana de antelación del objeto a tratar.
• Fueron entrevistas Cara a Cara, de 90 minutos de duración
, en casa de las personas.
• Cada una constó de una entrevista estructurada,
y respuestas a un cuestionario auto-administrado.
Fase -II del estudio (1992):
Dos años después (Verano de 1991 a fin de 1992),
en las mismas personas (Solo se pudo con 988 de las 1257 originales,
por varios motivos como gente que se fue, o murio), se reviso
la situación.
Igual Protocolo para la entrevista. Se analizaron dos partes.
(a) Medida de Variables Independientes de la Pareja:
Demográficas. Edad, trabajo, religión.
Abuso del Alcohol.
Personalidad .Tipo de Personalidad, Salud Mental, Neuroticismo.
Antecedentes Familiares. Violencia en la familia de origen.
Estrés . Situaciones de Paro, etc.
(b) Medida de Variables Dependientes de la Pareja :
Escala Táctica de Conflictos, Forma A (CTS. Escala
definida en 1979 por los primeros investigadores de la Violencia
de Pareja, que mide la frecuencia, y la severidad de las acciones
en un cierto intervalo de tiempo. Fueron usados solamente
los puntos de la CTS que median la 'fuerza física',
y no los que median el 'abuso emocional'.
Resultados.
El Estudio total, en sus 2 fases, da 3 datos básicos.
Resultado 1: Tasas de la Violencia en la Pareja (Ambos sentidos).
Resultado 2: Predictores de ser violento con su pareja (Ambos
sentidos).
Resultado 3: Análisis del Contexto y los Efectos de
la Violencia Perpetrada.
|----------------------------------------------|
Resultado 1: Perpetración de Violencia hacia la Pareja
Sexo del Agresor.
Hombre. Mujer.
Fase - I (1989).¿Alguna agresión a la pareja?.
26.3 % 39.1 %
Fase-II-1992. ¿Alguna agresión a la pareja?.
17.5 % 27.6 %
¿Alguna agresión en el ultimo año a la
actual pareja? 7.1 % 6.6 %
Resultado 2: Factores Predictores de Perpetrar Violencia contra
la Pareja.
"En el análisis de los predictores de abuso a
la pareja en el año previo a la entrevista, emergieron
los siguientes:"
Para hombres:
(1) Ser Joven en edad.
(2) No Católico.
(3) Perpetrar pasados abusos a la pareja.
(4) Observar Padre pega a Madre.
(5) Experimentar Alto Estrés.
(6) Interacción entre Estrés y pasado abuso
a la pareja.
(7) Interacción entre Estrés y edad.
Para Mujeres :
(1) Alta puntuación en EPQP .(Índice de Psicoticismo,
de la escala Eysenck Personality Questionnaire. Link: http://forever.freeshell.org/sommer4.htm").
(2) Alta puntuación del índice de Neuroticismo.
(3) Haber observado Madre Pega a Padre.
(4) No haber observado mutua violencia de los padres.
(5) Interacción entre alcohol y Neuroticismo.
(6) Interacción entre alcohol y haber observado madre
pega a padre.
(7) La interacción entre alcohol y pasado abuso a la
pareja.
Análisis en Detalle, algunos de estos Factores:
(I) Ver de niños la Agresión entre sus Padres
.
Cuando se hizo correlación entre violencia total de
la familia de origen (sin distinguir si era el padre o la
madre quien pegaba a la pareja, o si era mutua) y la agresión
a la pareja de mayores, los niños dan mas correlación.
La exposición a la violencia (La total que hubiera
en su infancia) de niños, influye mas en los niños
que en las niñas para ser agresivos de mayores con
sus parejas.
Cuando se analizó en detalle que habían visto
de niño, si el niño había visto al padre
pegar a la madre, o la niña a la madre pegar al padre,
y se hacia el análisis de regresión lógica
con la actual agresión a la pareja, se encontró
:
• Niño vio a su Padre pegar a su Madre. Implica
un aumento de probabilidad de ser agresor a su pareja de mayor,
de 4.569 veces.
• Niña vio a su Madre pegar a su Padre, Implica
un aumento de probabilidad de ser agresora su pareja, de mayor,
de 12.514 veces.
Estos dos hallazgos, no son coherentes con que la violencia
que veían de niños fuera mas del tipo Padre
pega a Madre.
Niños menos sensibles a ver a su padre pegar a su madre,
pero mas agresivos de mayor por haber visto toda violencia,
implica que de niños vieron mas violencia de la madre
hacia el padre.
Es coherente con el hallazgo previo en cuanto a cifras de
violencia de parejas.
(II) Datos Demográficos.
En los hombres, el nivel de educación, el nivel económico,
o tipo de trabajo (blue collar workers, trabajadores de mono
azul) no fue constatado que afectara a la violencia de pareja
hacia la mujer.
Lo que si emergió tras la correlación y el análisis
de la regresión lógica, fue que ser joven, y
no católico, tenia significación para la perpetración
de abuso a la mujer por parte del hombre.
"Los análisis correlaciónales conducidos
sobre los datos de las mujeres, fallaron en revelar ninguna
significativa relación entre variables demográficas
y actual abuso de la mujer hacia el hombre."
" Los resultados de los análisis de la regresión
lógica igualmente fallaron en encontrar ninguna relación
significativa entre ninguna variable demográfica, y
el abuso de la mujer al hombre"
(Demographic Risk Factors).
Resultado 3: El Contexto y los Efectos de la Agresión.
"En la fase 2 (Wave-2), se consideraron las siguientes
cuestiones:"
1.- ¿ Estaba bebido / Bebida cuando se ejecuto/recibió
la agresión?
2 - ¿ Requirió la pareja ayuda medica como consecuencia
de la agresión?.
3 - ¿ Fue la agresión en Defensa-Propia?.
• 16% de hombres estaban bebidos durante la agresión.
• 8% de mujeres estaban bebidas durante la agresión.
• 21% de Hombres del total de Hombres que sufrieron
un incidente de abuso en la pareja, requirieron atención
medica.
• 14% de Mujeres del total de Mujeres que sufrieron
un incidente de abuso en la pareja, requirieron atención
medica.
"Sobre el total de parejas casadas, cohabitantes, o recasadas,
esto es aproximadamente un 3%".
"El tema de la Defensa-Propia, ha sido tratado por escritoras
feministas,....que arguyen que cuando una mujer ataca a un
hombre, es usualmente en defensa propia (Pleck et al. 1978;Walker,
1979) "
"Los resultados de este estudio se ponen frente a la
cara de esos argumentos":
• 10% de las Mujeres Agresoras, actuaron en Defensa
Propia.
• 15% de los Hombres Agresores, actuaron en Defensa
Propia.
ANEXO 13.
INFORME ARCHER. Universidad New-Lancshire. 2000.
Sex Differences In Aggression Between Heterosexual
Partners:
A Meta-Analytic Review
Diferencias por Sexo en la Agresión en Parejas Heterosexuales.
John Archer
(Presidente electo de la Sociedad Internacional de Investigaciones
sobre la Agresión).
Universidad del Lancashire Central .
Extracto Publicado en el:
Psychological Bulletin, 2000, Vol. 126, No. 5, 770–800,
American Psychological Association
Link : http://www.apa.org/journals/bul/900ab.html
Abstracto:
Meta - análisis de la diferencia de sexo, en la agresión
física en parejas heterosexuales, y las consecuencias
físicas de las agresiones.
Datos procedentes de casi 100 estudios británicos y
estadounidenses y una muestra total de 34.000 hombres y mujeres.
Resultados:
Resultado 1: Tasas de Iniciación a la
violencia, Violencia mutua, y consecuencias físicas
de la violencia.
"Las mujeres son ligeramente más propensas (d
= -.05) que los hombres a emprender uno o más actos
de agresión física y a recurrir a dichos actos
más frecuentemente."
"Los hombres son más propensos (d = .15) a infligir
lesiones y, en general, el 62% de las personas lesionadas
por su pareja eran mujeres", concluye el profesor Archer."
"No menos de la tercera parte de las personas con lesiones
visibles resultantes de la violencia doméstica eran
hombres."
(Recordemos aquí la cifra 60% Víctimas mujeres,
40% víctimas hombres, ya encontrada previamente en
otros estudios sobre violencia de pareja, como resultado de
violencia media - alta).
Universidad de Pittsburgh, Irene Hanson Frieze.
(Comentario sobre el estudio de Archer, Psychological Bulletin,
2000, Vol. 126, No. 5, 681–684
"El meta - análisis de estudios sobre la violencia
en el matrimonio y en la pareja pone de manifiesto que ambos
sexos muestran violencia en sus relaciones, aunque las mujeres
tengan más probabilidad de resultar lesionadas."
"Debe prestarse mas atención a las víctimas
de la violencia femenina por parte de sus parejas".
Por su parte, K. Daniel O'Leary, de la Universidad Estatal
de Nueva York en Stony Brook, señala:
"La conclusión de J. Archer (2000), según
la cual es ligeramente más probable que las mujeres,
y no los hombres, inicien la agresión física
en sus relaciones de pareja, aunque sufran más lesiones,
es razonable y se basa en muestras representativas."
"Sin embargo, sus conclusiones provocarán reacciones
negativas, ya que no coinciden con los datos y la creencia
de que los hombres son generalmente más agresivos que
las mujeres. [...] "
"Los estudios examinados por Archer proporcionan datos
convincentes que indican que la agresión física
ejercida por mujeres ha de tomarse en serio si existe un deseo
sincero de impedir los malos tratos en la pareja."
Resultado 1: La hipótesis de la agresividad femenina
como autodefensa ante la agresividad masculina.
"Los resultados del estudio han mostrado que no es cierto
que las mujeres ataquen a los hombres sólo para defenderse.
"
"Un 29 por ciento de las universitarias admiten que han
iniciado agresiones contra un compañero varón.
Según Archer, los hombres se retienen y soportan un
elevado nivel de violencia por parte de sus esposas o compañeras.
"
Resultado 2: Datos sobre la violencia Femenina
hacia el hombre en la pareja .
"En realidad, dice, las mujeres se sienten animadas a
ser violentas hacia los hombres, confiadas en que ellos no
les devolverán la agresión. Lo que ocurre es
que, cuando los hombres responden, su mayor fuerza los predispone
a causar lesiones más graves, en comparación
con las mujeres. "
El informe de John Archer, titulado "Diferencias por
sexos en las agresiones entre parejas heterosexuales: un examen
metanalítico" (Sex Differences in Aggression Between
Heterosexual Partners: A Meta-Analytic Review) puede solicitarse
a la American Psychological Association a través de
su sitio web en esta dirección: http://www.apa.org/journals/bul/900ab.html
ANEXO 14.
GENDER DIFFERENCES IN PATTERNS OF
RELATIONSHIP VIOLENCE IN ALBERTA. AÑOS 1987, 1999.
Marilyn I. Kwong And Kim Bartholomew. Simon Fraser University
Donald G. Dutton. University of British Columbia.
Publicado en el:
CANADIAN JOURNAL OF BEHAVIOURAL SCIENCE, 1999, 31:3, 150-160.
Link: http://www.fact.on.ca/Info/dom/kwong99.pdf
Historia Previa del Reciente Estudio .
Este estudio, aparte del estudio a nivel científico
en si, tiene una curiosa historia detrás. Esta historia
ha sido publicada en el diario "Massachusetts News",
el 2-Agosto-1999.
(Link: http://massnews.com/womvio.htm )
"En 1987, en Canada, se desarrollo
un primer estudio para investigar la violencia de pareja :
Kennedy and Dutton's 1987 survey of Alberta."
"Consistió en el self-report de 705 hombres y
mujeres, sobre cuantas veces habían, ellos/ellas, agredido
a sus parejas."
"Las contestaciones de las mujeres (Cuantas veces habían
agredido a sus parejas) no fueron publicadas."
"El estudio, así cortado, fue publicado el año
1989, en el Canadian Journal of Behavioural Science."
"Fue extensamente citado en 1990, en un report de la
Cámara de los Comunes llamado 'La guerra contra las
mujeres."
"Este report fue usado para plantear programas de 2 años
de duración, con dotaciones de unos 10 Millones de
Dólares, por el entonces primer ministro, Brian Mulroney"
Ahora, 1999, los Profesores Marilyn I. Kwong And Kim Bartholomew,
han cogido de nuevo todos los datos, y han obtenido los resultados
completos.
Resultados.
1. 356 hombres y 351 mujeres analizadas en la provincia de
Alberta, (Canada, 1987 Alberta Survey).
2. A los participantes se les pregunto sobre su recepción
y perpetración de actos violentos en el año
previo al estudio.
3. Hombres y Mujeres , respectivamente, reportaron tasas similares
en el ultimo año , de violencia hombre a mujer (12,8%
y 9,6%), y mujer hacia hombre (12,3% y 12,5%).
4. Se detectaron diferencias, por sexo, en el report de sucesos
de violencia:
.- En promedio, los hombres reportaban que tanto ellos como
sus parejas iniciaban y agredían por igual.
.- En contraste, las mujeres reportaban menos victimizacion,
que perpetración de violencia, y reportaban menos 'hombre
- solo' y 'hombre - iniciada ' violencia, que lo hacian ellas.
5. La mayoría de entrevistados en relaciones violentas,
reportaban un patrón de violencia que era bidireccional,
pequeño, infrecuente, y no físicamente lesivo.
ANEXO 15.
BRITISH CRIME SURVEY 1996.
Domestic Violence:
Findings from a new British Crime Survey self-completion questionnaire
Autor: The Research, Development and Statistics Directorate.
Sirve de Referencia Estadística, entre
otros ,para el Parlamento Ingles.
The Research, Development and Statistics Directorate
the Home Office, serving the Ministers and the department
itself, its services, Parliament and the public through research,
development and statistics.
Link (Oficial) : http://www.homeoffice.gov.uk/rds/pdfs/hors191.pdf
Abstracto:
Como parte del estudio completo de 1996 sobre toda la violencia
en Inglaterra, se administro, tanto a hombres como a mujeres,
un cuestionario sobre violencia Domestica.
Fue para personas de 16 o mas años, viviendo en casas
privadas en Inglaterra, y Gales. En total, 16.348 Entrevistas.
Resultados:
Resultado 1: Tasas de Amenazas y Violencia durante
el Ultimo año antes de la entrevista.
"4,2% de mujeres, y 4,2% de hombres, dijeron que habían
sido asaltados físicamente por una pareja estable en
el ultimo año".
" 4,9% de hombres, y 5,9% de mujeres han experimentado
asalto físico, o amenazas "
Resultado 2: Tasas de Violencia y Amenazas, durante toda la
vida.
"Las mujeres son mas proclives a decir que han sufrido
experiencia de asalto domestico alguna vez en su vida:"
"23% de mujeres y 15% de hombres, en edades entre 16
y 59 años, dijeron que habían sido asaltados
físicamente por una actual o estable pareja, alguna
vez en su vida."
"La inclusión de amenazas, incrementa estos datos
hasta 26% para mujeres, y 17% para hombres".
(Obsérvese de nuevo la proporción 60% de víctimas
mujer, 40% de víctimas hombres)
Resultado 3: En que consistían los asaltos
Físicos.
"Empujar y Agarrar son los mas frecuentes tipos de asaltos."
"Cocear, Abofetear y Pegar con puños, ocurrió
en cerca de la mitad de los incidentes".
Resultado 4: Resultado de las agresiones. Severidad de los
Daños.
"Las víctimas fueron heridas en un 41% de los
incidentes."
"Las mujeres fueron mas proclives a ser dañadas
(47%) que los hombres (31%). "
"Aún cuando el daño quedo limitado normalmente
a magulladuras , el 9% de los incidentes resultaron en cortes,
y el 2% en huesos rotos."
.- Obsérvese de nuevo la proporción 60 % de
víctimas hombres, 40% de víctimas mujeres, en
resultados de daños en este estudio Ingles:
47% de mujeres dañadas, siendo el total de daño
47+31.
31% de hombres dañadas, siendo el total de daño
47+31.
47 es un 60,2% del total . 31 es un 39,8% del
total de agresiones hombre-mujer.
ANEXO 16.
Documento 4-A. OTRAS FORMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA
Podemos afirmar sin temor a exagerar que el
vigente régimen de divorcio favorece diversas formas
violencia doméstica, sino las más graves y espectaculares,
sí las más extendidas y de repercusiones sociales
más amplias. Las víctimas de esa violencia,
en muchos casos de origen institucional, son principalmente
los varones separados y sus hijos. No nos referimos a formas
de violencia episódicas y secundarias, insultos, amenazas,
comentarios irónicos o actitudes despectivas. Estamos
hablando de la violación de derechos humanos básicos
e inalienables, de violencia profunda y silenciosa, de torturas
y vejaciones insufribles, de trato cruel, inhumano y degradante.
Las formas más frecuentes que reviste ese tipo de violencia
son las siguientes:
FORMA DE VIOLENCIA
Violencia contra los hijos de separados, a los que se aleja
injustificadamente de su progenitor masculino de forma sistemática
y arbitraria. Nadie ha podido ni podrá jamás
aducir una razón válida que justifique ese alejamiento.
Nadie podrá demostrar que la situación de semiorfandad
resultante sea beneficiosa para el niño. Es una forma
de violencia honda, sistemática, duradera en el tiempo,
ejercida sobre los más débiles y que deja secuelas
imborrables en sus víctimas. Es la quintaesencia del
maltrato psicológico, por ensañarse con los
más débiles e inocentes. Es una forma de violencia
que vulnera un principio humano básico e irrenunciable:
el derecho del niño a los cuidados y el afecto de sus
dos progenitores.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES INFRINGIDOS
Violencia contra el padre separado, a quien el vigente régimen
de divorcio convierte, por razón de su sexo, en mero
“visitante” ocasional de sus hijos y despoja de
todo derecho y toda responsabilidad en su formación
y educación, aunque con sujeción a todas las
obligaciones de manutención. Al privar al padre del
derecho a la convivencia y la relación afectiva con
sus hijos, así como del derecho a intervenir en su
educación y formación, se vulneran derechos
humanos básicos e irrenunciables.
DUDH, art. 5; art. 16.3; PIDESC, art. 10.1, art. 10.3; PIDCP,
art. 23.4, art. 24; DEDM, art. 6.2 b) y c); CETFDM, art. 5
b), art. 16.1 d) y f); DDN, principios 1, 6, 7 y 8; CDN, art.
2.1, art. 2.2, art. 3.1, art. 3.2, art. 9.3, art. 18, art.
19.
Violencia contra la familia extensa paterna, especialmente
contra los abuelos que no conocen a sus nietos o los han podido
ver en raras ocasiones. DUDH, art. 2, art. 5, art. 16.1, art.
16.3, art. 26; PIDESC, art. 2, art. 3, art. 5, art. 10.1;
PIDCP, art. 2.1, art. 3, art. 23, art. 26; DEDM, art. 6.2
b) y c); CETFDM, art. 2 a) y c), art. 4, art. 5 a) y b), art.
16.1 c), d) y f); CDN, art. 3.2, art. 9.3, art. 18; DDD, art.
6.1; CEPDHLF, art. 3, art.8.1, art. 8.2, art. 14, prot. 7-art.
5.
FORMA DE VIOLENCIA PIDESC, art. 10
Violencia económica contra el padre separado,
que sistemáticamente es expulsado de su hogar y pierde
todo derecho real sobre él y sobre su contenido, aunque
mantenga los derechos teóricos; se ve con frecuencia
constreñido a pagar pensiones calculadas como porcentaje
de sus ingresos, no en función de los gastos del niño,
con lo que el sobrante puede ser elevado y constituir un beneficio
ilícito para la madre; es con frecuencia obligado a
pagar pensión compensatoria a una persona con quien
mantiene una relación de odio, que le impide ver a
sus hijos y le ha arrebatado cuanto tenía; en agravio
comparativo con el padre casado, no puede dejar su trabajo
o cambiarlo por otro más adaptado a sus preferencias
si ello conlleva una pérdida de ingresos o un riesgo
que pongan en peligro la satisfacción de las pensiones
impuestas por los tribunales; y puede incurrir en pena de
prisión si, por falta de recursos, no paga íntegramente
esas pensiones.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES INFRINGIDOS
Violencia económica contra la familia extensa paterna,
ya que son frecuentes los casos de madres que, junto con la
custodia de sus hijos, consiguen el disfrute del hogar familiar,
con independencia de que en numerosas ocasiones el domicilio
sea propiedad de sus suegros. Hasta casos reales ha habido
en que la dueña del piso ha tenido que abandonar su
domicilio junto con su hijo y cederle el disfrute a su nuera.
DUDH, art. 17.1, art. 17.2, art. 23.1; PIDESC, art. 6.1; PIDCP,
art. 8.3 a); art. 11; art. 23.4; DPFJVDAP, p. 18; CEPDHLF,
prot. 4-art. 1
Violencia judicial y social resultante de falsas acusaciones,
ya que las falsas acusaciones de malos tratos o de abusos
sexuales se han convertido en el arma más eficaz para
plantear una estrategia de divorcio demoledora frente al varón.
En los casos de falsas acusaciones, es frecuente que se conculque
el principio de presunción de inocencia y se impongan
condenas sin más pruebas que la palabra de la acusadora.
A su vez, esta violencia es generadora de nuevas formas de
violencia contra los niños y el padre, ya que la primera
medida cautelar que adoptan los tribunales en esos casos es
el extrañamiento del padre y la prohibición
de acercarse a sus hijos, con independencia de que más
tarde (a veces, mucho más tarde) se demuestre la falsedad
de la acusación. Asimismo, es frecuente que las acusaciones
en falso queden impunes.
DUDH, art. 17.1, art. 17.2
Síndrome de alineación parental, también
llamado inculcación maliciosa, mediante la cual el
progenitor que tiene la custodia de sus hijos predispone a
estos contra el otro progenitor. Es una forma de violencia
especialmente nociva, porque se ejerce sobre todo contra los
niños de más corta edad. En algunos países
está empezando utilizarse como pieza de convicción
en los procesos de divorcio.
DUDH, art. 11; PIDCP, art. 14.2
FORMA DE VIOLENCIA No procede.
Violencia psicológica contra el padre separado, cuyos
resultados más visibles son el alcoholismo, la depresión
y el suicidio. En los países desarrollados, las tasas
de suicidio de hombres se multiplican tras el divorcio. El
gobierno australiano ha puesto recientemente en marcha un
programa de prevención del suicidio entre los varones
separados, ya que ha detectado tasas de suicidio seis veces
superiores en este colectivo respecto de sus homólogos
casados. Sin embargo, el divorcio no incide en las tasas de
suicidio de la mujer.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES INFRINGIDOS
No procede.
DHDU - Declaración Universal de Derechos Humanos
PIDESC - Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales
PIDCP - Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
DEDM - Declaración sobre la Eliminación de la
Discriminación contra la Mujer
CETFDM - Convención sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
DDN - Declaración de los Derechos del Niño
CDN - Convención sobre los Derechos del Niño
DDD - Declaración sobre el Derecho al Desarrollo
DPFJVDAP - Declaración sobre los Principios Fundamentales
de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso
de Poder
CEPDHLF - Convenio Europeo para la Protección de los
Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales
Se transcriben a continuación algunos
de los artículos vulnerados por las conductas descritas.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 10 de diciembre de 1948)
Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados
en esta Declaración, sin distinción alguna de
raza, color, sexo, idioma, religión, opinión
política o de cualquier otra índole, origen
nacional o social, posición económica, nacimiento
o cualquier otra condición.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma
su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme
a la ley y en juicio público en el que se le hayan
asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil,
tienen derecho, sin restricción alguna por motivos
de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar
una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto
al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución
del matrimonio. [...]
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad
y tiene derecho a la protección de la sociedad y del
Estado.
Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y
colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección
de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias
de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Artículo 26
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger
el tipo de educación que habrá de darse a sus
hijos.
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS
ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
(Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 16 de diciembre de 1966; ratificado por España el
27 de abril de 1977)
Artículo 2
2. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen
a garantizar el ejercicio de los derechos que en él
se enuncian, sin discriminación alguna por motivos
de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión
política o de otra índole, origen nacional o
social, posición económica, nacimiento o cualquier
otra condición social.
Artículo 3
Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a asegurar
a los hombres y a las mujeres igual título a gozar
de todos los derechos económicos, sociales y culturales
enunciados en el presente Pacto.
Artículo 5
2. No podrá admitirse restricción o menoscabo
de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos
o vigentes en un país en virtud de leyes, convenciones,
reglamentos o costumbres, a pretexto de que el presente Pacto
no los reconoce o los reconoce en menor grado.
Artículo 6
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho
a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener
la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente
escogido o aceptado, y tomarán medidas adecuadas para
garantizar ese derecho.
Artículo 10
Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que:
1. Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural
y fundamental de la sociedad, la más amplia protección
y asistencia posibles, especialmente para su constitución
y mientras sea responsable del cuidado y la educación
de los hijos a su cargo. [...]
3. Se deben adoptar medidas especiales de protección
y asistencia en favor de todos los niños y adolescentes,
sin discriminación alguna por razón de filiación
o cualquier otra condición. Debe protegerse a los niños
y adolescentes contra la explotación económica
y social.
Artículo 13
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho
de toda persona a la educación. convienen en que la
educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo
de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y
debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las
libertades fundamentales. [...]
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
(Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 16 de diciembre de 1966; ratificado por España el
27 de abril de 1977)
Artículo 2
1. Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se
compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos
que se encuentren en su territorio y estén sujetos
a su jurisdicción los derechos reconocidos en el presente
Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo,
idioma, religión, opinión política o
de otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición
social.
Artículo 3
Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar
a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos
civiles y políticos enunciados en el presente Pacto.
Artículo 8
3. a) Nadie será constreñido a ejecutar un trabajo
forzoso u obligatorio;
c) No se considerarán como “trabajo forzoso u
obligatorio”, a los efectos de este párrafo:
iv) El trabajo o servicio que forme parte de las obligaciones
cívicas normales
Artículo 11
Nadie será encarcelado por el solo hecho de no poder
cumplir una obligación contractual.
Artículo 14
2. Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se
presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad
conforme a la ley.
Artículo 23
4. Los Estados Partes en el presente Pacto tomarán
las medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos
y de responsabilidades de ambos esposos en cuanto al matrimonio,
durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo.
En caso de disolución, se adoptarán disposiciones
que aseguren la protección necesaria a los hijos.
Artículo 24
1. Todo niño tiene derecho, sin discriminación
alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión,
origen nacional o social, posición económica
o nacimiento, a las medidas de protección que su condición
de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la
sociedad y del Estado.
Artículo 26
Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho
sin discriminación a igual protección de la
ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación
y garantizará a todas las personas protección
igual y efectiva contra cualquier discriminación por
motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones
políticas o de cualquier otra índole, origen
nacional o social, posición económica, nacimiento
o cualquier otra condición social.
DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN
DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
(Proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 7 de noviembre de 1967)
Artículo 6
2. Deberán adoptarse todas las medidas apropiadas para
asegurar el principio de la igualdad de condición del
marido y de la esposa, y en particular: [...]
b) La mujer tendrá los mismos derechos que el hombre
durante el matrimonio y a la disolución del mismo.
En todos los casos el interés de los hijos debe ser
la consideración primordial;
c) El padre y la madre tendrán iguales derechos y deberes
en lo tocante a sus hijos. En todos los casos el interés
de los hijos debe ser la consideración primordial.
------------------------------------
CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN
DE TODAS LAS FORMAS
DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 18 de diciembre de 1979; ratificada por España el
5 de enero de 1984)
Artículo 2
Los Estados Partes [...] se comprometen a:
a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones
nacionales y en cualquier otra legislación apropiada
el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar
por ley u otros medios apropiados la realización práctica
de ese principio;
b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter,
con las sanciones correspondientes, que prohíban toda
discriminación contra la mujer;
c) Establecer la protección jurídica de los
derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del
hombre [...]
Artículo 4
1. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales
de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad
de facto entre el hombre y la mujer no se considerará
discriminación en la forma definida en la presente
Convención, pero de ningún modo entrañará,
como consecuencia, el mantenimiento de normas desiguales o
separadas; estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado
los objetivos de igualdad de oportunidad y trato.
Artículo 5
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas
para:
a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres
y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los
prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier
otra índole que estén basados en la idea de
la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos
o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres;
b) Garantizar que la educación familiar incluya una
comprensión adecuada de la maternidad como función
social y el reconocimiento de la responsabilidad común
de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al
desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés
de los hijos constituirá la consideración primordial
en todos los casos.
Artículo 16
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas
para eliminar la discriminación contra la mujer en
todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones
familiares y, en particular, asegurarán en condiciones
de igual entre hombres y mujeres: [...]
c) Los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio
y con ocasión de su disolución;
d) Los mismos derechos y responsabilidades como progenitores,
cualquiera que sea su estado civil, en materias relacionadas
con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos
serán la consideración primordial; [...]
f) Los mismos derechos y responsabilidades respecto de la
tutela, curatela, custodia y adopción de los hijos
[...]; en todos los casos, los intereses de los hijos serán
la consideración primordial;
------------------------------------
DECLARACIÓN SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE JUSTICIA
PARA LAS VÍCTIMAS DE DELITOS Y DEL ABUSO DE PODER
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 29 de diciembre de 1985)
18. Se entenderá por “víctimas”
las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido
daños, inclusive lesiones físicas o mentales,
sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo
sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia
de acciones u omisiones que no lleguen a constituir violaciones
del derecho penal nacional, pero que violen normas internacionalmente
reconocidas relativas a los derechos humanos.
------------------------------------
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
(Proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 20 de noviembre de 1959)
Principio 1
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados
en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos
a todos los niños sin excepción alguna ni distinción
o discriminación por motivos de raza, color, sexo [...]
u otra condición, ya sea del propio niño o de
su familia.
Principio 6
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su
personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre
que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la
responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente
de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias
excepcionales, no deberá separarse al niño de
corta edad de su madre.
Principio 7
El interés superior del niño debe ser el principio
rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación
y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer
término, a sus padres.
Principio 8
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono,
crueldad y explotación. No será objeto de ningún
tipo de trata.
------------------------------------
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 20 de noviembre de 1989; ratificada por España el
6 de diciembre de 1990)
Artículo 2
1. Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados
en la presente Convención y asegurarán su aplicación
a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción
alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo,
el idioma, la religión, la opinión política
o de otra índole, el origen nacional, étnico
o social, la posición económica, los impedimentos
físicos, el nacimiento o cualquier otra condición
del niño, de sus padres o de sus representantes legales.
2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas
para garantizar que el niño se vea protegido contra
toda forma de discriminación o castigo por causa de
la condición, las actividades, las opiniones expresadas
o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.
Artículo 3
1. En todas las medidas concernientes a los niños que
tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar
social, los tribunales, las autoridades administrativas o
los órganos legislativos, una consideración
primordial a que se atenderá será el interés
superior del niño.
2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño
la protección y el cuidado que sean necesarios para
su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de
sus padres, tutores u otras personas responsables de él
ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas
legislativas y administrativas adecuadas.
Artículo 9
1. Los Estados Partes velarán por que el niño
no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos,
excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las
autoridades competentes determinen, de conformidad con la
ley y los procedimientos aplicables, que tal separación
es necesaria en el interés superior del niño.
Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares,
por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto
de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos
viven separados y debe adoptarse una decisión acerca
del lugar de residencia del niño.
2. En cualquier procedimiento entablado de conformidad con
el párrafo 1 del presente artículo, se ofrecerá
a todas las partes interesadas la oportunidad de participar
en él y de dar a conocer sus opiniones.
3. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño
que esté separado de uno o de ambos padres a mantener
relaciones personales y contacto directo con ambos padres
de modo regular, salvo si ello es contrario al interés
superior del niño.
Artículo 12
1. Los Estados Partes garantizarán al niño que
esté en condiciones de formarse un juicio propio el
derecho de expresar su opinión libremente en todos
los asuntos que afectan al niño, teniéndose
debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función
de la edad y madurez del niño.
2. Con tal fin, se dará en particular al niño
oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial
o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente
o por medio de un representante o de un órgano apropiado,
en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.
Artículo 18
1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño
en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos
padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la
crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá
a los padres o, en su caso, a los representantes legales la
responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del
niño. Su preocupación fundamental será
el interés superior del niño.
Artículo 19
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas,
administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger
al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico
o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación,
incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre
bajo la custodia de los padres, de un representante legal
o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.
------------------------------------
DECLARACIÓN SOBRE LOS PRINCIPIOS SOCIALES
Y JURÍDICOS RELATIVOS A LA PROTECCIÓN Y EL BIENESTAR
DE LOS NIÑOS, CON PARTICULAR REFERENCIA A LA ADOPCIÓN
Y LA COLOCACIÓN EN HOGARES DE GUARDA, EN LOS PLANOS
NACIONAL E INTERNACIONAL
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 3 de diciembre de 1986)
ANEXO
Artículo 1
Todos los Estados deben dar alta prioridad al bienestar de
la familia y del niño.
Artículo 2
El bienestar del niño depende del bienestar de la familia.
Artículo 3
Como primera prioridad, el niño ha de ser cuidado por
sus propios padres
------------------------------------
DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 4 de diciembre de 1986)
Artículo 6
1. Todos los Estados deben cooperar con miras a promover,
fomentar y reforzar el respeto universal y la observancia
de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales
de todos, sin ninguna distinción por motivos de raza,
sexo, idioma y religión.
2. Todos los derechos humanos y las libertades fundamentales
son indivisibles e interdependientes; debe darse igual atención
y urgente consideración a la aplicación, promoción
y protección de los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales.
------------------------------------
CONVENIO EUROPEO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES
(Adoptado el 4 de noviembre de 1950; ratificado por España
el 26 de septiembre de 1979)
Artículo 3. Prohibición de la tortura
Nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos
inhumanos o degradantes.
Artículo 8. Derecho al respeto a la vida privada y
familiar
1. Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada
y familiar, de su domicilio y de su correspondencia.
2. No podrá haber injerencia de la autoridad pública
en el ejercicio de este derecho, sino en tanto en cuanto esta
injerencia esté prevista por la ley y constituya una
medida que, en una sociedad democrática, sea necesaria
para [...] la protección de los derechos y las libertades
de los demás.
Artículo 14. Prohibición de discriminación
El goce de los derechos y libertades reconocidos en el presente
Convenio ha de ser asegurado sin distinción alguna,
especialmente por razones de sexo [...] o cualquier otra situación.
Protocolo número 4
Artículo 1. Prohibición de prisión por
deudas
Nadie será privado de su libertad simplemente a causa
de su incapacidad para cumplir una obligación contractual.
Protocolo numero 7
Artículo 5. Igualdad entre cónyuges
Los cónyuges tienen igualdad de derechos y de responsabilidades
de carácter civil entre ellos y en sus relaciones con
sus hijos respecto del matrimonio, durante el matrimonio y
tras su disolución. El presente artículo no
impide que los Estados adopten las medidas necesarias en interés
de los hijos.
ANEXOS 17,18,19,20,21.
Documento 4-B. Datos Sobre Maltratos a Niños.
Introducción:
Este apartado recoge un total de 5 Estudios
que abordan el maltrato a niños, en nuestras sociedades
Occidentales, durante los años de la ultima década,
a nivel nacional, en Países tan grandes como U.S.A.,
Canada, y España,
En España, afortunadamente, se ha realizado por primera
vez un estudio similar a los que ya antes se habían
hecho en otros países (U.S.A., Canada, etc).
A diferencia de los estudios de Violencia de Pareja, en donde
no solo constaban datos de resultados extremos como asesinatos,
sino previos en base a , desde cuestionarios (Siempre a ambas
partes), hasta seguimiento longitudinal (Durante hasta 21
años), tratándose de niños, la metodología
consiste en mirar los resultados.
Específicamente, la base de todos estos estudios ,
desde U.S.A. al de España, ha consistido en la información
de los casos llegados a los centros públicos de atención
a los niños, que posteriormente se han traducido en
denuncias, y en parte, han sido confirmados, y en parte, no
substanciados.
El trabajo con esa información completa, es lo que
ha generado estos reports.
Es una información mas compleja que la de violencia
de pareja, pues hay mas entidades involucradas, y por tanto,
no es tan simple como decir hombre a mujer y mujer a hombre.
Básicamente la variable de entorno en que hemos centrado
los análisis, ha sido la estructura de la familia que
rodea al niño (Cuando la hay), sexo de los perpetradores/perpetradora
y tipo de abuso.
En distintos países separados por miles de kilómetros,
emergen datos coincidentes.
Los datos de maltrato a niños, mas aún que los
de maltrato a pareja (Que ya lo hacían), no solo no
coinciden con lo que se supone que debería salir de
modelos teóricos del tipo de 'Violencia de Genero',
sino que hacen emerger casi de forma evidente, al menos dos
modelos numéricamente cuantificables de dos fenómenos
que pueden estar ocurriendo:
1. Modelo de 'Protección' .
2. Modelo de 'Ciclo de Violencia - Protección Generacional'
.
Este 2-º modelo no es sino una extensión
del anterior a través de colectivos sociales específicos
(de magnitud estadística no despreciable), en los que
se dan circunstancias que aumentan los factores conducentes
a la violencia.
Contenido:
Anexo 17.
Tercer estudio Nacional de abuso y negligencias a niños
Departamento de Salud y Servicios Humanos. U.S.A.. 1996.
Anexo 18.
Mujeres Agresoras (Women Offenders) .
Departamento de Justicia de U.S.A. Diciembre-1999.
Anexo 19
Canadian Incidence Study of Reported Child Abuse and Neglect
Maltrato de Niños en Canada.
Ministerio de Salud. Año-2000.
Anexo 20.
Maltrato Infantil en la Familia.
Comunidad Valenciana (1997/1998).
Centro reina Sofía para el Estudio de la Violencia.
Año 2000.
Anexo 21.
Disentangling the Link between Disrupted Families and Delinquency
Cambridge Study in Delinquent Development (1962-2000).
Heather Juby, GRIP, University of Montreal, Canada.
David P. Farrington, University of Cambridge, Institute of
Criminology, England
(Desconectando la relación entre Familias Rotas, y
Delincuencia).
ANEXO 17.
1). EXECUTIVE SUMMARY
OF THE THIRD NATIONAL INCIDENCE STUDY
OF CHILD ABUSE AND NEGLECT
U.S. Department of Health and Human Services.
Administration for Children and Families.
National Center on Child Abuse and Neglect.Septiembre 1996
(Departamento de Salud y Servicios Humanos. U.S.A.. 1996.)
(Sumario ejecutivo del tercer estudio a nivel nacional de
la incidencia de abuso y negligencias en niños).
Link: http://www.calib.com/nccanch/pubs/statinfo/nis3.cfm
Abstracto:
El primer Estudio de este tipo, en U.S.A., se decidió
su realización en 1974.
Fue desarrollado durante 1979, y finalmente, en 1981, se publicaron
sus resultados.
Los datos de este (NIS-3), de todo Estados Unidos, fueron
recogidos entre 1993 y 1994. El análisis fue realizado
en 1995,1996, y finalmente, se publicaron en 1996.
Están basados en muestras representativas de 5.600
profesionales, en 842 agencias de un total de 42 Estados de
U.S.A.. Se reunieron un total de 50.729 casos.
Dada la antigüedad con que se empezó estos estudios
(1979), es muy útil para ver como los cambios sociales,
han afectado los niños.
Resultados :
1. Por sexo del perpetrador del abuso: 65% por mujeres.
(Perpetrator's Sex).
2. Dentro de la Familia Biológica: cuando el niño
es maltratado dentro de la familia formada por sus padres
biológicos, en el 75% es la madre, y un 48%, el padre
biológico (Había casos de ambos como maltratadores)..
(Perpetrator's Sex) .
3. Fuera de los Padres Biológicos: cuando el niño
es maltratado fuera de sus padres biológicos, por ejemplo,
al vivir con padres substitutos, el 80 a 85% de maltrato proviene
de hombres que NO son su padre biológico.
(Perpetrator's Sex). (Distribution of Child Abuse and Neglect
by Perpetrator Characteristics)
4. Familias monoparentales versus Tradicionales. Un niño
en familia monoparental, frente a uno que viven con sus dos
padres tiene un :
? 77% mas riesgo de sufrir abuso físico.
? 87% mas de sufrir negligencia física.
? 74% mas de sufrir negligencia emocional.
? 220% mas de sufrir negligencia educativa. (En este estudio,
frente al de España, diferencian los tipos de negligencia).
? 80% mas de sufrir serios daños físicos como
consecuencia de abuso o negligencia.
(Distribution of Child Abuse and Neglect by Family Characteristics).
5. Maltrato Físico en Padres Biológicos
y No - Biológicos, por sexo del perpetrador:
Un niño que sufre abuso físico por sus padres
biológicos, fue mas probable que lo sufriera a manos
de la madre (60%), que del padre (48%, algunos niños
lo eran a manos de los dos).
Por el contrario, aquellos que sufrieron abuso físico
por otros padres o padres substitutos, (Padrastros), fueron
mucho mas probables de sufrirlo a manos de un hombre-padre-subsituto,
que de una mujer-madre-substituta (90% versus 19%, de nuevo
podían ser maltratados por ambos).
(Perpetrator's Sex). (Distribution of Child Abuse and Neglect
by Perpetrator Characteristics)
ANEXO 18.
2). MUJERES AGRESORAS.
Departamento de Justicia, U.S.A. 1999.
U.S. Department of Justice Bureau of Justice Statistics .
Women Offenders
Link: http://www.ojp.usdoj.gov/bjs/abstract/wo.htm
Abstracto:
Mas que datos sobre maltrato especifico a niños, este
vasto estudio apunta a lo que es la agresividad femenina tal
cual, en Toda la Sociedad.
Es una Recopilación de Fuentes Gubernamentales durante
mas de 20 años:
National Crime Victimization Survey (NCVS, 1993-1997), Uniform
Crime Reporting Program (UCR , FBI, 1997), Supplementary Homicide
Reports (SHR , FBI, 1976-1997), State Court Processing Statistics
(SCPS, 1996), National Judicial Reporting Program (NJRP, 1996),
National Prisoner Statistics (NPS, 1998). ..
No obstante, hay datos realmente interesantes sobre la relación
entre mujeres, hombres, y niños, aún cuando
sea en casos realmente trágicos.
Resultados :
a) Entre 1976 y 1997, los Padres - Madres y Padrastros - Madrastras,
asesinaron cerca de 11.000 niños.
b) Las madres y las madrastras, fueron responsables del asesinato
(Murder en el original) del 52% de niños (Hijos propios
o de compañeros sentimentales, 'sons and stepsons').
Los Padres y Padrastros, de un 57% de niños. (Había
casos de ambos como responsables).
(Pag. 4, Parents who kill)
c) Durante la infancia, bajo 8 años, las madres son
responsables de mas muertes de niños. Los Padres, son
mas responsables de muertes de niños cuando estos tienen
mas de 8 años
(Pag. 4, Parents who kill)
Cifras incluso peores que la de violencia de pareja de nivel
medio-alto (60-40).
Son datos impresionantes.
ANEXO 19
3). Maltrato de Niños en Canada. Ministerio de Salud.
Año 2000.
Canadian Incidence Study of Reported Child Abuse and Neglect
.
National Clearinghouse on Family Violence. Health Canada .
Este Trabajo se presenta en dos formas. Completo (Final Report
), y resumido (Selected Results). A ambas formas, se accede
a través de la presentación:
Presentación: www.hc-sc.gc.ca/hpb/lcdc/publicat/cisfr-ecirf/index.html
Final Report : www.hc-sc.gc.ca/hpb/lcdc/publicat/cisfr-ecirf/pdf/cis_e.pdf
Selected Result: www.hc-sc.gc.ca/hpb/lcdc/publicat/cissr-ecirc/pdf/cmic_e.pdf
Abstracto:
Se especifico una muestra representativa de 51 Centros Públicos
de apoyo a niños, en todo Canadá.
Luego, se siguieron, durante 1998 , de Octubre a Diciembre,
en esos centros, los casos de maltrato.
La muestra final fue de 7,672 investigaciones, que fue usada
para extraer las tasas a nivel nacional durante todo el año.
De ahí se obtuvo una estimación de 135,573 casos
en todo Canadá, durante todo el año 1998.
De esos casos, un 61% fueron substanciados, un 22% como sospechosos,
y un 33% no - substanciados.
Es un estudio muy detallado en el conocimiento del entorno
exacto en donde se produjo el abuso al niño.
Resultados :
1. Principales Perpetradores por Sexo :
"En todas las categorías de maltrato, Las madres
Biológicas Fueron identificadas como las alegadas perpetradoras
mas frecuentes (60% de casos substanciados), seguidas de Padres
Biológicos (41%)."
(Selected Result.Pag. 19, Alleged Perpetratorsl).
2. Porcentaje de Abuso de Tipo Sexual, Frente al total, Verificado,
en Casas
Donde Solo esta el Padre, o Solo la Madre.
• En Casas donde Solo estaba El Padre (Lone Male Parent),del
total de maltrato denunciado en esas casas (8005 casos), el
2,44% (46% de 425 casos) fue de abuso sexual verificado.
(Final Report.Pag. 74, Household Structure in Child Maltreatment.
Table 7-1.)
• En Casas donde Solo estaba La Madre (Lone Female Parent),del
total de maltrato denunciado en esas casas (53.675 casos),
el 3% (34% de 4.741 casos) fue de abuso sexual verificado.
(Final Report.Pag. 74, Household Structure in Child Maltreatment.
Table 7-1.)
Si un niño esta en una casa viviendo
con solo su padre, o con solo su madre, y sufre un abuso (De
cualquier tipo), es mas probable (3.0%) que sufra abuso sexual
si vive solo con la madre, que si vive solo con el padre (2,44%).
No es que la madre abuse mas que el padre. Los principales
perpetradores NO son los padres biológicos.
La inmensa mayoría (un 93%, ver punto 3 de este mismo
estudio) no son ni el padre ni la madre biológicos.
3. Abuso Sexual Verificado, cometido por el
Padre Biológico, y otros Grupos del Entorno del Niño.
Del total de abuso sexual a niños denunciado (14.406
casos, familiares y no familiares, Todo el Report Completo),
se Verifico que :
• El 2,9% Fue cometido por el Padre Biológico.
(2,9 es el 20% de 2101 casos contrastados, frente al total,
14.406 .)
(Final Report.Pag. 49. Alleged Perpetrator (Relatives). Table
4-4 (a) )
• El 23,5% Fue cometido por todo el resto del entorno
familiar.
Familiares que NO eran el Padre Biológico
(Madre, Padrastros, Madrastras, Padres Adoptivos, Otros Familiares).
(23,5% sale del sumatorio, en la columna de abuso sexual,
de todos los casos que no son el Padre biológico. Madre
biológica, padrastros y madrastras, otros familiares
y padres adoptivos.
El sumatorio, con la ponderación por casos substanciados
en cada uno, frente al total ,14,406 casos.
0,235 = (681*0.21 + 1329*0.34 + 345 + 546*0.06 + 4097*0.59)/14406.
)
(Final Report.Pag. 49. Alleged Perpetrator (Relatives). Table
4-4 (a) )
Es de destacar que dentro del entorno Familiar, la mayoría
(4097 casos, con 59% de casos substanciados), es de 'Other
relatives'.
Familia que no son ni padre, padrastros, ni de cria o adoptivos.
Es decir, Primos, tíos, etc. Son la gran mayoría
dentro de la familia.
• El 16,09% ) Fue cometido por Personas Ajenas al Entorno
Familiar
(Amigos de la familia, Novios de los Padres, Cuidadoras, Amigos
de los niños..).
(0,16 = (693*0.4 +217 + 856*0.29 + 746*0.53 + 423*0.46 + 297
+ 756*0.57 + 257)/14406 )
(Final Report.Pag. 50. Alleged Perpetrator (Non-Relatives).
Table 4-4 (b) )
En Resumen. De todo el abuso sexual , verificado :
? De todo el entorno Familiar, el Padre Biológico
fue responsable en un 10,98% de casos verificados (2,9 / (2,9
+ 23,5) * 100 = 10,98).
? El 90,02% (100 - 10,98) de responsables de casos DENTRO
del entorno de la familia, fueron otros.
? De TODO el abuso sexual verificado, el 93% fue cometido
por gente que NO fue el padre biológico. ( 0.93 = 1
- 2,9/(2,9 + 23,5 + 16,09) ).
4. Sexo del Maltratador (Todo tipo de Maltrato) al niño,
bien Dentro o Fuera de la familia Biológica.
? En Padres Biológicos, la relacion Perpetradora
Sexo Femenino a Perpetrador Masculino, es de:
1,59 Madres por cada Padre.
( 82.168 / 51.635 ).
(Final Report.Pag. 49. Alleged Perpetrator (Relatives). Table
4-4 (a) )
? En Padrastros (Step-Mother, Step-Father),
la relacion se Invierte.
En este Grupo, La Relacion perpetrador de Sexo Masculino a
Perpetradora Femenina, es de:
3,01 Padrastros por cada Madrastra.
( 11.817 / 3.825 )
(Final Report.Pag. 49. Alleged Perpetrator (Relatives). Table
4-4 (a) )
.- En la familia Biológica Maltrata mas
la Madre, posiblemente porque esta mas tiempo con los pequeños,
Pero, en cuanto salimos de la Familia Biológica, Los
Padrastros Maltratan MUCHO mas que las madrastras.
.- Es mas, el porcentaje en Padrastros, además de darse
la vuelta sobre el sexo del principal maltratado, SUPERA CASI
AL DOBLE (3.01, versus 1.59) lo que ocurre en los Padres Biológicos.
.- Esto coincide plenamente con el estudio que se realizo
en otro país, Estados Unidos (NIS-3) .
ANEXO 20
MALTRATO INFANTIL EN LA FAMILIA.
Comunidad Valenciana (1997/1998).
Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia.
año 2000.
Generalitat Valenciana.
Es el Primer Estudio En este Tema, con Datos En España.
Origen y Constatación de la Información:
Link a Presentación: http://www.gva.es/violencia/
(Aquí, se debe ir a : Versión Español
Publicaciones Mas Publicaciones )
Es un documento en Papel que no ha sido puesto en acceso libre
a través de Internet.
Abstracto.
Fuente de Datos: Entre 1997 y 1998, en Los centros de Protección
a los niños de la Comunidad Valenciana, se abrieron
un total de 3.565 expedientes.
Una vez analizados, se tuvieron 2.296 agresiones, 1.876 Agresores,
y 1.379 niños víctimas.
Uno de los datos que mas importancia tiene, es el maltrato
en distintas estructuras Familiares.
En este estudio, nos dan, del total de casos que llegaron,
cuantos venían de cada tipo de familia, pero lógicamente
falta la proporción, de cada tipo de familia, en la
sociedad en que se ha analizado esto.
De ese modo, se extrae la autentica proporción de maltrato
a niños en cada tipo de familia.
Para ello, hemos recurrido tanto al Instituto Nacional de
Estadística, Como al Instituto de la mujer, que tiene,
en su Pagina Web, datos sobre Familias Monoparentales.
Resultados :
1. Principales Perpetradores Por Sexo .
? Mujeres Agresoras : 60,3%.
? Hombres agresores : 39,7%.
(Perfil de los agresores. Selección de Datos, Pag.
84).
(Es curioso constatar con otros países las mismas cifras.
65% por mujeres en U.S.A. (NIS-3). 60% por madres biológicas
en Canadá).
2. Perfil de los Agresores/Agresoras, y Entorno Social (Sin
distinguir sexo).
? El 3 %, cursaron estudios secundarios y llegaron a Estudios
superiores.
? El 31% carece por completo de estudios.
? El 71% esta desempleado o subempleado.
? El 35% consume substancias Tóxicas.
? "Las Mujeres consumen mas drogas, en los hombres, prevalece
el uso del alcohol" .
(Perfil de los agresores. ).
? El 48% se asocia con vivienda inadecuada, , incluso Chabolismo.
(Pag. 104. ).
3. Distribución del Maltrato, entre Niños o
Niñas.
? 54,5% del maltrato, lo sufren los chicos.
? Los chicos sufren mas maltrato físico y negligencias
(Parcelas que suponen un total del 85,97% de TODO el maltrato).
? Las chicas padecen mayor maltrato emocional y abuso sexual
.(Parcelas que suponen un total del 14,09% de todo el maltrato).
4. Variación de Formas Graves de Maltrato al niño,
al Cambiar la Estructura Familiar.
De los 4 tipos de maltrato, los dos mas graves
(Al menos en principio) son El Maltrato Físico, y el
Abuso Sexual.
Se analiza a continuación cómo, partiendo de
la Familia tradicional, varían estos, no en porcentaje
total (Todos los casos), sino respecto al total que ejerce
el perpetrador especifico (Padre, Madre, Padrastro, Madrastra).
Estamos midiendo, desde el punto de vista del niño,
que tiene padre, o padrastro (Por ejemplo ), del total de
abuso que recibe, de la persona mayor con la que está,
qué porcentaje de maltrato físico, o abuso sexual,
ha recibido.
Estamos midiendo como varia, desde su punto de vista, el tipo
de maltrato grave.
4.1).- Paso de la Madre biológica, de
Familia Tradicional, a Reconstituida.
? En la Familia Tradicional, La Madre biológica, de
todo el maltrato que ejerce, un 6,27% es maltrato físico,
y un 0,16% es abuso sexual.
? En la Familia Reconstituida, La Madre biológica,
de todo el maltrato que ejerce, un 7.97% es maltrato físico,
y un 3.06% es abuso sexual.
4.2).- Substitución de Padre Biológico, por
Padre NO - Biológico.
? En la Familia Tradicional, el Padre biológico, de
todo el maltrato que ejerce, un 21,9% es maltrato físico,
y un 1.57% es Abuso Sexual.
? En la Familia Reconstituida, El Padre - No - Biológico,
de todo el maltrato que ejerce, un 25,9% es maltrato Físico,
y un 16,66%. es abuso sexual.
Al pasar de Familia Tradicional, a Reconstituida
(Con un 86% de custodias maternas), desde el punto de vista
del niño, la figura materna aumenta ambos aspectos
(Y mucho, el sexual aumenta casi 20 veces).
El maltrato grave de la figura paterna, sobre todo el sexual,
aumenta un 1060% al pasar del padre biológico, al padrastro.
5. Maltrato en Familia Tradicional En Comparación al
Maltrato en Familias Reconstituidas y monoparentales .
Este estudio solo nos da, de todos los expedientes que llegaron
a sus centros, los porcentajes que procedían de cada
tipo de familia :
El 49% procedía de Familias Tradicionales.
El 32% procedía de Familias Monoparentales.
El 14% procedía de Familias con Padrastro, Madrastra
(Reconstituidas) .
a) En primer lugar, se necesita la proporción
en la Sociedad de tales tipos de Familia.
Del Instituto Nacional de Estadística, tenemos no el
dato exacto de proporciones de familias tradicionales/reconstituidas
, pero si un buen estimador.
Los matrimonios con solteros, o con personas separadas/Divorciadas,
a año 1998.
Teniendo en cuenta que desde 1981 esta la ley de Divorcio
en acción (Ya ha pasado prácticamente una generación)
, y que el numero de demandas ha ido aumentando suavemente,
este estimador seguramente será por exceso.
Es decir, seguramente hay menos familias reconstituidas de
las que nos da este estimador.
Por tanto, la tasa de maltrato en 'familias reconstituidas',
seguramente será mayor incluso que la que obtengamos
con este estimador.
Movimiento Natural de la Población. Año 1998.
Matrimonios por estado civil anterior de los esposos, edad
de los esposos, estado civil anterior de las esposas y edad
de las esposas.
Matrimonios por edad del cónyuge, sexo del cónyuge
y estado civil anterior del cónyuge
Link de acceso en el I.N.E.: http://www.ine.es/inebase/cgi/um
.- Matrimonios Entre todos los Solteros, y Todas las Solteras:
193.068
.- Matrimonios Entre todos los Esposos y Todas las Esposas:
207.041
.- Matrimonios con Hombres Separados o Divorciados: 11.901.
.- Matrimonios con Mujeres Separadas o Divorciadas: 9.881.
Por tanto, (207.041 - 193.068 = 13.973, lo que incluye separados,
viudos, etc), los matrimonios reconstituidos, viendo las cifras
(11.901, 9.881), son mayoritariamente de gente separada entre
si (Pues 13.973 es el limite máximo que incluye TODO
tipo de matrimonio que no es entre solteros).
La mayor cifra de las dos (11.901 y 9.881) es el peor caso
(Mas familias reconstituidas en la Sociedad). Por tanto, con
este estimador, la proporción de (Familias Tradicionales)
/ (Familias Reconstituidas), será, aproximadamente,
del orden de, al menos :
(Nº de Familias Tradicionales) / (Nº de Familias
Reconstituidas) »
(193.068) / (11.901) = 16.2
(Toda la Sociedad Española, 1998).
|--------------------------------------------|
b) El otro dato necesario es la proporción de Familias
Tradicionales a Monoparentales.
En la Pagina de Internet del Instituto de la Mujer, se tiene,
de la Encuesta de Población Activa, IV trimestre, año
2000, el dato:
Familias Monoparentales en España: 265.500
(En total, un 87,76% con solo mujeres).
Por otro lado, la misma E.P.A., IV trimestre, año 2000,
resultados detallados, nos da que, el Numero de Viviendas
Familiares, con 3 o mas personas (Con niños), es de:
(Tres personas 2.909,5 Cuatro personas 3.110,9
Cinco personas 1.118,8 Seis personas 343,7 Siete personas
99,7 Ocho personas 26,0 Nueve personas 8,8 Diez y más
personas 6,4 ).
En total, 7.58 Millones de Viviendas Familiares
con 3 o mas personas.
Descontando de ellas, las monoparentales (265.500),
y las reconstituidas (1/16.2 del total de tradicionales),
se tiene:
Total(Con niños) = Tradicional + Reconstituidas
+ Monoparentales.
7.58 = Tradicional + (1/16,2) * Tradicional. + 0.2655
En Resumen:
? Familias Tradicionales » 6.89 Millones
.
? Familias Monoparentales » 0.265 Millones .
? Familias Reconstituidas » 0.425 Millones .
(España, años 1998-2000).
Ahora ya podemos hablar de en que Tipo de Familia se maltrata
mas, y quien lo hace:
Los Datos del Centro Reina Sofía eran
que, de los expedientes que les llegaron a los Centros de
Protección al Menor, había:
49% Procedían de Familias Tradicionales,
32% Procedían de Familias Monoparentales.
14% Procedían de Familias Reconstituidas.
Por tanto:
(6.89 / 0.2655) * (32 / 49) = 16.95.
(6.89 / 0.425) * (14 / 49) = 4.6.
Finalmente:
Frente al maltrato producido en Familias Tradicionales,
en :
• Familias Monoparentales hay 16.9 veces
mas maltrato a niños
• Familias Reconstituidas hay 4.6 veces mas maltrato
a niños
De las familias monoparentales, según el informe Reina
Sofía (Pagina 88), en el 86% de ellas el cuidado de
los niños esta al cargo de la madre .
ANEXO 21.
DISENTANGLING THE LINK BETWEEN DISRUPTED FAMILIES AND DELINQUENC
Cambridge Study in Delinquent Development (1962-2000).
Heather Juby, GRIP, University of Montreal, Canada.
David P. Farrington, University of Cambridge, Institute of
Criminology, England
Origen y Constatación de la Información:
Link:
http://www3.oup.co.uk/crimin/hdb/Volume_41/Issue_01/410022.sgm.abs.html
Abstracto.
Entre 1960 y el año 2000, se siguió la vida
de un total de 411 niños nacidos en el principio de
la década de 1960., desde que tenían 8 años,
hasta que llegaron a los 46 años.
De estos 411 chicos, las tasas de delincuencia eran mas altas
para 75 chicos que vivían en familias permanentemente
rotas cuando tenían 15 años, comparados con
chicos viviendo en familias intactas.
Cuando han crecido, han pasado por fases de juventud, y madurez,
teniendo en cada una, respectivas tasas de delincuencia Juvenil,
y de Condenas Adultas (Adult Convictions).
Resultados :
1. Relación entre Familias Intactas y Familias Rotas
(Por cualquier causa), y las tasas adultas de condenas judiciales
de los niños que vivían en esas familias.
Familia donde creció el niño. Condenas de Adulto
del niño (En %).
(1.1) Familias Intactas (334). 22 %.
(1.1) Familias Intactas, de Alto Conflicto (64). 27 %.
(1.2) Familias Rotas (75). 34 % .
2. Relación entre la perdida del Padre, el Padrastro,
y la tasa de condenas judiciales de Mayor de los niños
.
Familia donde creció el niño.
Condenas de Adulto del niño (En %).
(2.1) Madre sola, Padre murió (15). 7 %.
(2.2) Madre sola, Padre Se fue o fue echado (14). 33 %.
(2.3) Madre sola, Después, Padrastro. (10). 38 %.
(Table 1. disrupted Family Variables versus Delinquency. Pag.
31)
ANEXO 22.
EL FENÓMENO DEL P.A.S.
SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL.
• La Alienación Parental es ese
estado inducido en los hijos de parejas divorciadas en el
que se les coloca tras haberles malmetido metódicamente
contra el miembro no custodio de la pareja divorciada. En
España, a este proceso, le llamamos simplemente malmeter,
minimizando su importancia y consecuencias una vez más,
considerándolo como algo inevitable y que “tampoco
es para tanto”.
• En Estados Unidos se tiene en cuenta en los procesos
legales de divorcio desde 1980, y cada vez es más considerado
como un daño profundo y grave que se inflige a los
hijos del divorcio, así como a los progenitores no
custodios, objetos del proceso de denigración que conducirá
eventualmente a la alienación parental.
• Desde 1985 el fenómeno adquiere carta de naturaleza
con la formulación del SINDROME DE ALIENACION PARENTAL,
por el Dr. GARDNER en Estados Unidos. Según Gardner,
el PAS es una perturbación en el niño que, en
el contexto del divorcio, es inducido a la desaprobación
y la crítica de un progenitor, denigración que
es infustificada o/y exagerada. El estudio de este fenómeno
y sus consecuencias prosigue en su sistematización
y análisis profundo.
• Posteriormente otros psicólogos han declinado
este concepto desde esta u otras perspectivas, siendo un lugar
común el hecho de que normalmente es la mujer el cónyuge
alienador. Es un hecho establecido que los niños víctimas
de PAS, sobre todo en su grado más grave, pueden desarrollar
enfermedades mentales, y en todo caso el PAS tendrá
profundas consecuencias a largo plazo tanto para el niño
como para otros miembros de la familia.
• Es claramente una forma tan común de maltrato
a los niños (y al cónyuge denigrado) que socialmente
parece aceptarse como algo inevitable y hasta comprensible
en casos de divorcio; sin embargo, pese a la banalización
social del fenómeno, la realidad es que el PAS es una
profunda lacra social, de una gravedad muy considerable en
casi todos los casos y de enorme extensión (dado el
auge de los procesos de separación y divorcio en nuestro
país).
• Paradójicamente, el PAS es un fenómeno
prácticamente ignorado en España, que no tiene
en ningún caso consideración de maltrato a un
niño, tortura psicológica o lavado de cerebro.
Lo que resulta incongruente en una sociedad que comienza a
ser sensible a los malos tratos de tipo psicológico,
si bien sólo, aparentemente, si el objeto de los mismos
es una mujer.
ANEXOS 23,24,25.
4-C) Datos Sociológicos de Consecuencias en las víctimas.
Introducción:
El fenómeno de las separación/Divorcios, esta
provocando la emergencia de una violencia muy fuerte en los
momentos de separación.
Hay mujeres asesinadas. Hay hombres que se están suicidando.
Hay hombres asesinados por mujeres y en Familia (44 el año
2000).
Pero hay mas víctimas.
Hombres que son llevadas a la muerte (Como las mujeres), y
niños afectados en los planos mas importantes de sus
vidas.
Estas víctimas se conocen ya.
A. Numero de niños, cada día laboral,
en España, que están siendo separados/Divorciados
de sus padres, en los Juzgados de España.
B. Importancia de la paternidad en el hombre.
C. Suicidio Masculino y Divorcio en Occidente.
D. Maltrato a niños en las nuevas estructuras Familiares.
E. Influencia , en números, de crecer sin Padre, para
luego iniciarse en Drogas, Abandonar la casa y escuela, tener
problemas de conducta, iniciarse en delincuencia, embarazos
prematuros, suicidios de niños (10 a 14 años).
F. Los Abuelos. En otros países mas adelantados que
nosotros en separar hijos de sus padre, y por tanto, de sus
abuelos, algo que jamas, desde la 2ª Guerra mundial ocurrió.
El aumento en el suicidio en la 3ª edad.
Estos datos, están ahí.
A veces la prensa da casos sueltos, sobre todo de maltrato
a niños por padrastros. De suicidio de hombres, casi
nunca. No molestan. Son Víctimas llevadas a la muerte
en soledad.
Este apartado aborda todo ese conocimiento .
A). NUMERO DE NIÑOS QUE CADA DÍA LABORAL, EN
ESPAÑA, SON
SEPARADOS/DIVORCIADOS DE SUS PADRES .
Abstracto:
Los Indicadores Sociales de España, Instituto Nacional
de Estadística, dan los siguientes datos:
? Numero de Separaciones/Divorcios al año
(Indicadores sociales, Familia)
? Tasa de Fecundidad por mujer. (Encuesta de Fecundidad 1999).
De estos datos, junto al numero de días
laborales al año, se puede calcular el numero de niños,
que cada día, están siendo separados/divorciados
de sus padres.
La cifra de Separaciones/Divorcios, solo la da el I.N.E. hasta
1997, pero se observa en los 7 años anteriores una
tendencia suave al alza en forma lineal de primer orden con
el paso de los años (Incremento de 4208 casos al año
en valor medio).
Aplicando una predicción lineal en base a esa tendencia,
tenemos que el años 2000, el numero de separaciones/Divorcios
fue del orden de:
Nº de Sep/Div(2000) » 101.623.
Respecto a la Tasa de Fecundidad, al año
1999, para el conjunto de mujeres de 15 a 49 años,
el número medio de hijos nacidos vivos a lo largo de
su vida es de 1,07.
El ultimo factor, es la tasa de custodias Maternas que los
actuales Juzgados están dando. Podemos tomar la estimación
de un 95%
Por tanto, cada día laboral (11 meses al año,
5 días a la semana) , hay:
101.623 x (1,07) x (0,95) x (1/365) x (12/11) x (7/5) =432
Y cada año: 101.623 x (1,07) x (0,95)
= 103.300
432 niños separados/Divorciados cada
día Laboral, en España.
103.300 niños al año.
B). IMPORTANCIA DE LA PATERNIDAD EN EL HOMBRE.
Estado Civil Y Paternidad. Índices de Suicidio. Instituto
Nacional De Estadística, 1999.
Se ha constatado en varios países Occidentales
que las tasas de suicidio, entre hombres separados / Divorciados,
es superior a la de hombres casados.
Pero la tasa de suicidio de las mujeres, no aumenta significativamente
al cambiar de status.
En otros Países, se ha medido esta tasa tanto para
situaciones de Separación, como de Divorcio. En España,
solo para Divorciados.
Al cambiar de estado, se ve claramente la importancia de los
hijos para el hombre, al pasar por el proceso de divorcio.
La siguiente Tabla sumariza, en España, en esos 4 estados
(Casado/Divorciado, con o sin hijos), la relación de
tasas de suicidio de hombre a mujer (En el mismo estado civil
y con o sin hijos igualmente).
Por supuesto, se compara con la base, las tasas generales
de toda la Población.
Fuente: I.N.E.
Estadística del Suicidio en España 1.999.
Numero de suicidios en todo el año.
Clasificación por edad e instrucción según
sexo, estado civil y paternidad .
Año 1999 Casado Con hijos Casado Sin hijos Divorciado
Con hijos Divorciado Sin hijos
Hombre 450 24 61 11
Mujer 153 6 15 2
Relación de Tasa del suicidio del Hombre a la de la
Mujer. 2.94 4 4,06 5,5
Relación de Tasa de suicidio del Hombre al de la Mujer
en Toda España :
2.77 (1798 hombres, 648 mujeres).
Casarse no cambia frente al estado general.
Para el Hombre, Divorciarse con hijos , es como no haberlos
tenido.
C). SUICIDIO MASCULINO Y DIVORCIO EN OCCIDENTE..
Australia-2000.
? Fuente .
Suicide and hospitalised self-harm in Australia
Australian Institute of Health and Welfare (Nov-2000).
Link a la presentación: www.nisu.flinders.edu.au/pubs/reports/2001/suicide.php
Link directo al documento:
http://www.nisu.flinders.edu.au/pubs/reports/2001/suicide_injcat30.pdf
? Datos:
(Crude Rate. Tasa por 100.000 individuos)
• Hombre Nunca casado: 39.3
• Mujer Nunca casada: 9.3
• Hombre casado: 17.8
• Mujer casada: 4.6
• Hombre Divorciado: 134.1
• Mujer Divorciada: 11.1
• Hombre Viudo: 13.0
• Mujer Viuda: 8.4
? Notas:
El matrimonio siente bien a ambos (Caen a la mitad las tasas).
El divorcio, al hombre le empeora 7.5 veces. A la mujer, 2.4
veces.
La del hombre divorciado es la tasa mas alta, con mucha diferencia..
U.S.A - Años 1979 a 1989 .
? Fuente :
Marital Status and Suicide in the National Longitudinal
Mortality Study
University of California .
Department of Sociology
Augustine J. Kposowa .
May, 2000
Link Directo al Documento, en el servidor de
la Universidad:
http://wizard.ucr.edu/~akposowa/Status.pdf
? Abstracto:
Partiendo de los datos del Estudio de Mortalidad Nacional
durante los años 1979 a 1989, se estimo el efecto del
estado marital, con ajustes por las otras variables como edad,
sexo, raza, educación, ingresos, y región de
residencia.
? Datos:
"En toda la muestra, mayores tasas de suicidio fueron
encontradas en personas divorciados que casadas. "
"Cuando los datos fueron estratificados por sexo, se
observo que el riesgo de suicidio entre hombres divorciados,
era cerca del doble que en hombres casados.".
"Entre mujeres , sin embargo, no había estadísticamente
diferencia significativa por las categorías de estado
marital".
D). MALTRATO A NIÑOS EN LAS NUEVAS ESTRUCTURAS
Según se vio en este mismo informe Pincel,
en la sección de maltrato a niños, en base a
los datos de España, año 1997/1998, del Centro
Reina Sofía para el Estudio de la Violencia, y del
I.N.E. sobre los porcentajes de los distintos tipos de familia
en la sociedad:
Frente al maltrato producido en Familias Tradicionales,
en :
• Familias Monoparentales hay 16.9 veces
mas maltrato a niños
• Familias Reconstituidas hay 4.6 veces mas maltrato
a niños
Teniendo en cuenta las cifras anuales de niños
que pasan por el proceso de separación (Solo ese proceso,
no el de divorcio pues ya es posterior):
En 1997, 54.728 separaciones. (Indicadores sociales, Familia).
Crecimiento aproximadamente lineal del orden de 2500 al año.
Luego en el año 2000, del orden de : 62.370 separaciones.
Con Tasa de Fecundidad de 1.07 niños/Mujer, se tienen:
66.584 niños al año
Que pasan a uno de esos dos nuevos estados,
en los que los porcentajes de maltrato, frente a la familia
tradicional, son los anteriores.
E). INFLUENCIA EN LOS NIÑOS DE CRECER SIN PADRE.
En otros Países (Anglosajones) se ha
estudiado este tema de un modo muy directo. Se ha acudido
a :
? Hospitales de tratamiento de drogas y alcohol
en jóvenes,.
? Servicios de salud Publica que tratan temas medios como
trastornos de conducta.
? Escuelas tanto infantiles, como de medio nivel, lo que aquí
podríamos llamar B.U.P.
? Universidades para ver el abandono de jóvenes en
ellas.
? Registros Policiales de Pertenencia a Bandas urbanas, crimen
y comisión de delitos.
? Servicios Públicos de Salud Humana, donde se tienen
los casos de embarazos en chicas adolescentes (Afecta mucho
a las hijas sin padre. ¿Porque?. Se dice que sienten
una falta afectiva que tratan de buscar.
? No es solo el maltrato dentro de las nuevas estructuras
Familiares.
Son las consecuencias a medio y largo plazo en toda su vida.
En España prácticamente no se ha hecho nada
aún en este sentido.
? Sobre su validez transcultural, decir que
los datos que vienen de U.S.A. son de porcentajes de riesgo
para un niño .
No de toda la sociedad.
Además, el entorno social, y sobre todo, el legal,
en España, ya es prácticamente Igual al de U.S.A.
(Ordenes de Alejamiento, Suspensión de Contactos Progenitor-Menor,
et.).
El entorno que rodea a la familia en su destrucción,
y al niño en las nuevas estructuras, es similar.
Aunque no sea exactamente igual en España, dado que
NO hay nada hecho así en España, nos dará
una idea de lo que esta ocurriendo aquí.
De las víctimas que , hoy día
y ya, el Instituto de la Mujer no cuenta.
En este capitulo, damos un resumen en Español,
e incluimos, directamente, los datos de U.S.A.
E.1 Desordenes de Conducta, abandono de Casa, de Escuela,
abuso de substancias.
• 85% of all children that exhibit behavioral
disorders come from fatherless homes (Source: Center for Disease
Control) .
• 90% of all homeless and runaway children
are from fatherless homes
(Source: U.S. D.H.H.S., Bureau of the Census)
• 71% of all high school dropouts come from fatherless
homes
(Source: National Principals Association Report on the State
of High Schools.) .
• School children from divorced families are absent
more, and more anxious, hostile, and withdrawn, and are less
popular with their peers than those from intact families.
--Source: One-Parent Families and Their Children: The School's
Most Significant Minority. The Consortium for the Study of
School Needs of Children from One-Parent Families. National
Association of elementary School Principals and the Institute
for Development of Educational Activities, a division of the
Charles f. Kettering Foundation. Arlington, VA 1980.
• 75% of all adolescent patients in chemical abuse centers
come from fatherless homes (Source: Rainbows for all God's
Children.) .
• The U.S. Department of Health and Human Services states,
"Fatherless children are at a dramatically greater risk
of drug and alcohol abuse" .
--Source: U.S. Department of Health and Human Services. National
Center for Health Statistics. Survey on Child Health. Washington,
DC, 1993.
• Children growing up in single-parent households are
at a significantly increased risk for drug abuse as teenagers.
--Source: Denton, Rhonda E. and Charlene M. Kampfe. "The
relationship Between Family Variables and Adolescent Substance
Abuse: A literature Review." Adolescence 114 (1994):
475-495.
E.2 Delincuencia Juvenil, Crimen y Participacion
en 'Bandas Urbanas o Pandillas' . Embarazos prematuros
• 80% of rapists motivated with displaced anger come
from fatherless homes (Source: Criminal Justice & Behavior,
Vol 14, p. 403-26, 1978) .
• 70% of juveniles in state-operated institutions come
from fatherless homes (Source: U.S. Dept. of Justice, Special
Report, Sept 1988)
• 85% of all youths sitting in prisons grew up in a
fatherless home
(Source: Fulton Co. Georgia jail populations, Texas Dept.
of Corrections 1992)
• Adolescent females between the ages of 15 and 19 years
reared in homes without fathers are significantly more likely
to engage in premarital sex than adolescent females reared
in homes with both a mother and a father.
--Source: Billy, John O. G., Karin L. Brewster and William
R. Grady. "Contextual Effects on the Sexual Behavior
of Adolescent Women." Journal of Marriage and Family
56(1994): 381-404.
• A white teenage girl from an advantaged background
is five times more likely to become a teen mother if she grows
up in a single-mother household than if she grows up in a
household with both biological parents.
--Source: Whitehead, Barbara Dafoe. "Facing the Challenges
of Fragmented Families." The Philanthropy Roundtable
9.1 (1995): 21.
• Children in single parent families are more likely
to get pregnant as teenagers than their peers who grow up
with two parents.
--Source: U.S. Department of Health and Human Services. National
Center for Health Statistics. National Health Interview Survey.
Hyattsville, MD 1988.
Estas estadísticas, trasladadas matemáticamente,
significan que un niño crecido en un hogar sin Padre:
Es 5 veces mas propenso a cometer suicidio
32 veces mas propenso a irse de casa
20 veces mas propenso a tener desordenes de conducta
14 veces mas propenso a cometer violación
9 veces mas propenso a abandonar el bachillerato
10 veces mas propenso a abusar de substancias químicas
9 veces mas propenso a acabar en una institución estatal.
20 veces mas propenso a acabar en prisión
Fuentes:
Esta información es presentada en el Centro Nacional
para la Paternidad, U.S.A..
National Center For Fathering
Link: http://www.fathers.com/research/consequences.html
Procede de los organismos públicos indicados.
E.3 SUICIDIO JUVENIL E INFANTIL EN U.S.A. DECADAS
RECIENTES.
• 63% of youth suicides are from fatherless homes
(Source: U.S. Departamento de Salud y Servicios Humanos, Bureau
of the Census)
Suicidios en Estados Unidos. 1997.
United States Department of Health and Human Services.
Link: http://www.cdc.gov/ncipc/factsheets/suifacts.htm
Centers for Disease Control and Prevention.
Link: http://www.cdc.gov/ncipc/factsheets/suifacts.htm
? De 1952 a 1995, la incidencia del suicidio entre Personas
de menos de 25 años se ha triplicado.
? El riesgo es mayor para jóvenes (Chicos) blancos,
aunque desde 1980 a 1995, ha aumentado rápidamente
entre las chicas negras .
? Entre 1980 y 1997, para personas entre 15 y 19 años,
aumento un 11%.
Para personas entre 10 y 14 años (Niños), AUMENTO
UN 109%.
Para chicos entre 10 y 14 años, ha crecido un 109%.
Sin comentarios. Sobran palabras.
F). LOS ABUELOS.
Los datos son los datos, tal cual.
Obviamente hay dos fenómenos, la separación
en si de los abuelos, y su corte de contactos con sus nietos.
Ponemos los datos tal cual.
Fuente:
Suicidios en Estados Unidos. 1997.
United States Department of Health and Human Services.
Centers for Disease Control and Prevention.
Departamento de Salud y Servicios Humanos. U.S.A.
Centro Para el Control y Prevención de Enfermedades.
(Centro a nivel Federal, de Todo U.S.A.).
Link al Centro Gubernamental: http://www.cdc.gov/
Link al Documento: http://www.cdc.gov/ncipc/factsheets/suifacts.htm
Resultados:
? Por encima de 65 años de edad, el 83% de los suicidios
son de hombres.
? Por encima de 65 años de edad, la relacion de suicidios
entre un Hombre divorciado/viudo y Una mujer Divorciada/Viuda
fue de 9,44 a 1. ( 944 por cien veces mas probable ).
? LA DÉCADA 1980, 1997, HA SIDO LA PRIMERA DÉCADA,
DESDE 1940, EN QUE EL SUICIDIO DE LOS 'ABUELOS', HA CRECIDO,
EN VEZ DE DECLINAR
ANEXO 26.
4-D) Violencia en el Proceso de Separación.
Introducción:
El fenómeno de las separación/Divorcios,
esta provocando la emergencia de una violencia muy fuerte
en los momentos específicos de la separación.
Fuera de esa situación, hay violencia de pareja, hay
relaciones de maltrato a niños.
Después, en las nuevas estructuras familiares, hay
nuevas violencias de las nuevas parejas, hay nuevos valores
de maltrato a niños.
¿Pero que ocurre justamente en el proceso de separación,
y en sus posteriores épocas ?.
Se conocen los datos de asesinatos entre esposos en ese entorno.
Pero, al día de hoy, solo conocemos un estudio, realmente
serio, sobre ese fenómeno especifico.
Se hizo en Australia, en los años 1992 y 1993. A Padres,
y a Madres, no-custodios, se les pregunto por sus sentimientos,
por sus vivencias.
Es realmente hermoso, pero trágico, leer ambas respuestas.
Somos seres humanos exactamente iguales.
Las mujeres no custodias también tenían reacciones
de desesperación, de ideaciones de suicidio, de odio
hacia su ex-esposo por destruirle su relación con sus
hijos. De deseos de abandonar todo y desaparecer durante un
tiempo, de no ver a sus hijos. De odio por el ostracismo de
los juzgados.
Posiblemente este es el mejor estudio que apunta realmente
al núcleo de lo que en estos tristes días se
conoce como Violencia Domestica.
Ninguna teoría de 'violencia de genero', con sus 'relaciones
de poder del hombre sobre la mujer', explica porque las mujeres
sentían exactamente esos mismos odios.
La teoría de que se están robando generaciones
de hijos, de sus padres, de modo automático, pero que
tanto hombres como mujeres somos iguales, si.
Fuentes de Datos:
I.- Influences on Parent-Child Relationships
in Non-custodial Mothers1. Año 1992.
Link: http://www4.tpgi.com.au/users/resolve/ncpreport/mcmurray(1992).html
II.-Influences on Parent-child Relationships in Non-custodial
Fathers
Link: http://www4.tpgi.com.au/users/resolve/ncpreport/mcm&b(1993).html
Autores:
Anne McMurray: Associate Professor and Head, School of Nursing:
Associate Dean. Faculty of Health & Human Sciences, Edith
Cowan University.
A M Blackmore: Research Consultant, Edith Cowan University.
Metodología y Cifras Básicas del
Estudio.
? 78 hombres, y 43 mujeres, ambos, no custodios, fueron entrevistados.
? La duración media del matrimonio había sido
de 9 años (Hombres), 12 años (Mujeres).
? El tiempo desde la separación medio era de 5 años
(Hombres), 4 años (Mujeres).
? El numero medio de hijos era de 2 (Hombres y mujeres).
? La edad media de los hijos era de 10 años (Hombres),
y menos de 12 (Mujeres, en el momento de la separación).
? El 74% de mujeres tenían empleo. Solo 6 hombres estaban
en Paro.
Resultados:
Hombres:
? "Bastantes Hombres sentían que sus ex-mujeres
los estaban dejando sin salida, a través de impedir
el acceso a sus hijos, pues sabían que las actuales
leyes no tenían medios para obligarlas. En esta situación,
al menos 3 hombres admitieron recurrir a la violencia contra
su ex-esposa, lo que solo había servido para cortarles
el acceso a sus hijos, y aumentar su ira y resentimiento".
? "Con gran Margen, el principal tema de los padres era
perderse el mundo del crecimiento del día a día
de sus hijos"
? "Solo 6 hombres se describieron como ajustados a la
nueva situación".
? "Hablaban de su incapacidad para evitar su dolor, sentirse
'a merced de las olas', aislados, o en crisis. Dos de ellos
habían sido hospitalizados por depresión clínica
en mas de una ocasión. 25 habían acudido a la
psicoterapia."
? "Otros reportaron estrategias como: meditando en soledad
(N=4), Abuso fuerte de alcohol en breves tiempos (N=5), Quedándose
muchas horas en el trabajo, actividades físicas, religión,
y hablar con amigos y familia."
? "Cinco reportaron una reacción de alejamiento
total (Del pueblo, de sus hijos), solo para darse cuenta de
que no verlos nunca, no les hacia sufrir menos que cuando
tenían que despedirse de ellos en el régimen
de visitas".
Mujeres:
? "Con gran margen, lo mas difícil para mantener
la harmonía con la ex-pareja, era cuando la madre sentía
que el ex-esposo estaba minando la relación con sus
hijos".
? "Muchas describieron sus sentimientos de tristeza,
culpa y desesperación por no estar 'cerca' y no ser
capaces de influir en las vidas de sus hijos día a
día"
? "Otras hablaron de la dificultad de sobrellevar la
cólera de sus hijos:
? "Sentía como si estuviera en un juicio cuando
bajaban conmigo".
? "No menos de 10 mujeres, reportaron líneas autodestructivas,
desde drogas, y alcohol, hasta abuso de comida."
? "Excepto una mujer que estaba muy contenta de su libertad
y no quería ver nunca mas a su hijo, todas las demás
participantes describieron periodos de intenso dolor:
? "A veces, sientes como si hay una daga justamente en
tu corazón".
? "Tres fueron hospitalizadas en hospitales psiquiátricos
mas de una vez."
? "Al menos 6 mujeres, hablaron de reacciones de 'distanciamiento'
por varios periodos de tiempo".
? "Varias mujeres habían dejado la ciudad o el
estado, por entre 6 y 12 meses, volviendo después para
continuar con el régimen de visitas a sus hijos".
Resumen:
? "Desde la perspectiva de los/las participantes, lo
que ellos/ellas necesitaban desesperadamente era apoyo y amistad,
y no soporte judicial."
? "Al menos en este estudio, la experiencia con el sistema
de cortes judiciales, particularmente en combinación
con un/una ex-esposa no-cooperativo/a, sirve para provocar
intensos sentimientos de agresión, y , en algunos casos,
de real violencia".
? En el caso de las madres no custodias, esto llevo a tendencias
autodestuctivas (6 de 43 madres, un 14%, tuvieron 'mental-breakdown',
o intentaron suicidio).
? En el de los Padres , una tendencia a desahogar su ira con
otros.
? "El lenguaje de la Ley, fue también mencionado
por Harrison (1991) que sugirió que:
? ".......Tiene la capacidad de incrementar las tensiones,
minimiza el rol de un Padre, y fija el rango y tipo de soluciones
para los niños".
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