FLINT logo
Families Link International
Tel:0781 886 1724
email:info@familieslink.co.uk
email:johntheb@familieslink.co.uk
home | issues | policies | family groups | courts | court reporters | research | law | contacts | donations | Useful Quotes |



Court - Spain

The Iceberg Report

Informe Pincel. Documentación Presentada.

Este Documento ha sido Realizado Para Aportar en la Comparecencia Celebrada el Día 25 de junio del año 2001, ante el Senado de España, ante la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer, en la Ponencia para la Erradicación de la Violencia domestica, por un grupo Independiente de Padres.
La Documentación aportada consta de dos Volúmenes.

I.- Volumen Maestro.
Presentado en Formato de Carpeta de 2 Anillas Metálicas , con toda la Información:
A. Resumen de todo el Informe Pincel.
B. Copia de los Documentos Originales de los Estudios de los Anexos.
C. Extracto de cada uno de los estudios.

II.- Volumen Resumen.
Presentado en Formato de Carpeta de aros de Plástico con el resumen de todo el Informe:
D. Resumen de todo el Informe Pincel.
E. Extracto de cada uno de los estudios.


Del Volumen Maestro, solo se ha realizado una copia, que es entregada a la Presidenta de la Ponencia, la Senadora Dª Lucia Delgado García.

Del Volumen Resumen, se han realizado un total de 12 copias, entregándose cada una de las cuales, a cada uno de los componentes de la Comisión.

Dada la inmensa cantidad de información original , un total de 26 estudios, y algunos de ellos, con un numero de paginas del orden de 170 paginas, se ha decidido incluir, en el Volumen maestro, de cada anexo, o bien copia de todo el documento original, o solo la parte estudiada.

No obstante, se incluye siempre, no solo en el Volumen Maestro, sino en los volúmenes resumen, los enlaces de Internet a los servidores Oficiales (Gubernamentales y Universitarios) directos a los documentos, para su constatación.

|------------------------------|

Se recoge en el Presente Fichero, el Volumen Resumen, en formato Electrónico.

INFORME ICEBERG (PINCEL) - LAS CONCLUSIONES.

INTRODUCCIÓN. EL MODELO DEL CONTEXTO. Datos básicos.
o 432 niños cada día laboral, son separados/divorciados de sus padres (varones) en España.
o Entre 20.000 y 100.000 Millones de pesetas al año salen de los bolsillos de las familias para los de los abogados (el dinero que se guardaba para el futuro de los hijos).

1. NO EXISTE NINGÚN ESTUDIO QUE PERMITA CONOCER EN ESPAÑA EL ALCANCE DE LOS MALOS TRATOS DOMÉSTICOS.

Las investigaciones hasta ahora realizadas (extremadamente escasas), adolecen de:

o Un marcado sexismo a favor de la mujer y contra el hombre (ANEXO 1 - Macroencuesta sobre violencia contra las mujeres - Ministerio de Asuntos Sociales . pg.5, y ANEXO 1 BIS - El Eurobarómetro.pg.6). No existe en España, ninguna investigación que abarque el fenómeno en pie de igualdad hacia ambos sexos, como sí existe en otros países (Fiedbert, Dunnedin...), basadas en un cuestionario CTS Conflict Tactics Scale (ANEXO 2 - Tipo de cuestionarios empleados. pg. 9) en contrastacion con la otra parte y el entorno, y en seguimiento longitudinal.

o Errores o insuficiencias metodológicos que dan lugar a desviaciones considerables entre los diversos estudios realizados (ANEXO 2 BIS - En informe Janet Reno. pg.11).

o Error en el valor concedido a algunas informaciones: las estadísticas del CIS,EUROBAROMETRO/COMISIONES EUROPEAS, INSTITUTO DE LA MUJER... son de opinión (lo que la gente cree); pero no informan de realidades (lo que está pasando)- (ANEXO 3 - Consideraciones sobre los datos INE, CIS, etc.. Pg. 14).


2. SE ESTÁ LEGISLANDO A CIEGAS, SIN DATOS OBJETIVOS, POR LO TANTO, DE ESPALDAS A LA REALIDAD, Y AL SOCAIRE POPULISTA DE LA OPINIÓN PÚBLICA.

a) Desde una clara ideología sexista de nuevo cuño, de moda en la defensa a ultranza de los intereses feministas (que no femeninos), aprovechado (y estimulado, por tanto), por la publicidad y por los medios de comunicación social y los políticos a la caza de la popularidad. Se centra el interés político social en la víctima mujer, ignorando las víctimas hombres y, sobre todo, niños (no votan). Se yerra o no se analiza el origen de muchos casos de violencia doméstica, atribuyéndole rutinariamente una naturaleza puramente sexista que es discriminatoria y ofensiva para todos los hombres.

b) Se está llegando a auténticas aberraciones legales, jurídicas y científicas.

o Anexo 4 Legales . (pg. 15).
o Anexo 5 Científicas y Estadísticas - La Naranja Mecánica (pg. 24).
o Anexo 6 Políticas - (pg. 27).

3. LA REALIDAD (DESCONOCIDA) INDICA QUE EXISTEN LOS MISMOS NIVELES DE VIOLENCIA DE PAREJA POR SEXOS, (LIGERAMENTE MÁS POR PARTE DEL SEXO FEMENINO).
Pag.
o Anexo 7 - Informe Fiebert - 1997 y 2000. 32
o Anexo 8 - Women offenders - 1999 35
o Anexo 9 - Estudio Dunedin - 1996 36
o Anexo 10 - Murray Strauss - 1999 39
o Anexo 11 - Spouse murders - 1998 40
o Anexo 12 - Rena Sommer - 1994 42
o Anexo 13 - Informe Archer - 2000 47
o Anexo 14 - Canadian Journal of Behavioural - 1987-Ag. 2000 49
o Anexo 15 - British Crime Survey 1996. 51


4. EXISTE UN ENORME FOCO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA (IGNORADO) EN LOS CASOS DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO, PADECIDA NORMALMENTE POR QUIEN TIENE MENOS PODER LEGAL: EL HOMBRE Y LOS HIJOS.

a) Un comportamiento social e institucional en estos casos están llenos nuevamente de prejuicios sexistas, tolerando de muy buen grado VIOLACIONES CONTINUAS DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE, QUE SIMPLEMENTE, NO SE QUIEREN VER:

o Anexo 16 - Otras formas de Violencia en vulneración de la legalidad vigente. (pg. 53).

b) MALTRATO A NIÑOS
(En distintos entornos familiares y por perpetradores). (pg. 66).

o Anexo 17 - Tercer Estudio nacional de abuso y negligencia a niños - USA 1996 (pag. 68)
o Anexo 18 - Mujeres agresoras (Women offenders) - USA 1999 (pag.70)
o Anexo 19 - Canadian Incident Study of Reported Childd Abuse and Neglect-2000 (pg. 71)
o Anexo 20 - Maltrato infantíl en la Familia - Centro Reina Sofía para el Estudio de la violencia - 2000 (pag. 75)
o Anexo 21 - Disrupted families and delinquency - U.K. 2000 (pag. 81)
o Anexo 22 - El fenómeno del P.A.S. (Síndrome de alienación parental).(pg.83)

c) DATOS SOCIOLÓGICOS DE CONSECUENCIAS EN OTRAS VÍCTIMAS.
(pg. 84)
o Anexo 23 - (Doc.4-C,secciones B,C. pg.86,87). En hombres y mujeres.
o Anexo 24 - (Doc.4-C, secciones A,D,E. pg.85,89,90). En niños.
o Anexo 25 - (Doc.4-C, seccion F. pg.94). En los Abuelos.

d) VIOLENCIA DE SEPARACIÓN EN HOMBRES Y MUJERES.
(pg. 95)
o Anexo 26 - Anne Mc. Murrey - Padres y madres no custodios. Australia 1992-1993. (pg. 96).

ANEXO 1

MACROENCUESTA SOBRE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES - MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES.

1. Es un conglomerado de encuestas telefónicas basadas en cuestionarios del tipo CTS como el Margorin o el Strauss (Empleados en los informes Fiebert y Dunedin), pero con la particularidad de que, en lugar de preguntar a las mujeres si han infligido los tratos que describen los cuestionarios, se les pregunta si han sido objeto de los mismos, con el claro sesgo metodológico que ello representa.

2. Se dice en su introducción que el objeto de la encuesta es "la cuantificación de los actos violentos contra las mujeres en el ámbito doméstico", objeto que es imposible de alcanzar con la metodología empleada, pues esta, como mucho, puede informar sobre cuántas mujeres se consideran maltratadas o se definen como tales a través de preguntas diferidas.

3. Los cuestionarios empleados contienen preguntas que sólo son útiles si lo que se pide al individuo es que conteste si las ha infligido, no si le han sido infligidas:

o "... no le da lo suficiente (dinero) que necesita para mantenerse".
o "Le insulta o amenaza".
o "En ciertas ocasiones le produce miedo"
o "Ironiza o no valora sus creencias (ir a la iglesia, votar a algún partido, pertenecer a alguna asociación".
o "No valora el trabajo que realiza".

6. Contestar que sí a una sola de estas preguntas ya califica automáticamente a un hombre como violento.

7. La pregunta que pretende identificar el maltrato declarado es: "¿Ha sufrido alguna situación por la que Vd. se haya sentido maltratada por algún familiar, por su novio o alguna persona de las que conviven con Vd, durante el último año". Es planariamente obvia la tremenda carga de subjetividad que hay en esta pregunta, lo que per se invalida el rigor estadístico de la respuesta.

8. Pero el ERROR ESENCIAL de esta encuesta es que no trata de medir el alcance de la violencia doméstica, sino sólo lograr una cifra sobre malostratos percibidos por la mujer, ignorando ostentosamente al resto de los componentes familiares, hombres y niños, lo que le convierte no sólo en un estudio falto de rigor, sino prejuiciado y sexista.


ANEXO 1 BIS

EL EUROBAROMETRO DE LA COMISION EUROPEA.

Además del error fundamental de criterio que más adelante comentaremos y que consiste en aceptar como realidades lo que no es más que la expresión de las opiniones de los encuestados (error común cuando las fuentes son Institutos de Opinión, como el CIS, el Eurobarómetro está contaminado por su enfoque profundamente sexista, ya que es una encuesta cuyo objeto obvio es sólo y exclusivamente prefabricar un volumen de respuesta social a los malos tratos HACIA LAS MUJERES. No sorprende, por tanto, que quien lo difunde sea la Fundación Mujeres, sin duda con “interés de parte" o "de grupo", como se quiera.

El error final puede estar del lado del lector o intérprete de los datos, quien puede sentir la tentación interesada de pretender que este estudio contiene información sobre los malos tratos, y usar sus formidables porcentajes (dignos de los referéndums de Obiang), para intentar generar la idea de que lo que se ha investigado es la violencia de género, cuando lo que realmente se ha estudiado es el grado de información o desinformación de los europeos sobre el tema de la violencia sobre la mujer (exclusivamente)...

En suma, este estudio es inútil en cuanto a sus resultados, tendencioso en cuanto a su formulación y manipulación e inaceptable en cuanto instrumento para abordar el problema de los malos tratos.

La muestra es de 16179 personas en los 15 estados miembros de la UE (1000 en España), cara a cara, en el año 1999.

Se han formulado 10 PREGUNTAS TAUTOLÓGICAS, cuya respuesta no puede ser más que la que sale, y cuya utilidad es, insistimos, inaprensible. Tampoco sorprende el detalle menor de que en su traducción se emplea la forma lingüística espuria "europeos/as", una dialéctica de moda que ignora el uso epiceno de los sustantivos en español.

1. ¿Dónde han oído hablar los/as europeos/as de la violencia doméstica contra las mujeres? El 89% ha oído hablar de ello en la televisión, y en general, el 100% lo ha oído en los medios de comunicación. Es una medida de la eficacia de la propaganda aplicada, lo cual no puede ser más que obvio.

2. ¿Piensan los/as europeos/as que este fenómeno es común en su país? El 49.5% opina que es bastante común, y el 24.0% opina que bastante común. En suma, el 73.5% opina que es bastante o muy común. Al no haberse predefinido lo que se entiende por común, dependiendo dela alarma social que se quiera generar, puede usarse este dato para generar la sensación de que los malos tratos son en un 73.5% algo absolutamente habitual: una aberración de manipulación estadística de un dato cuya única interpretación posible verídica es que la propaganda ha transmitido exactamente este tipo de sensación social.

3. ¿Qué gravedad piensan los/as europeos/as que tienen los diversos tipos de violencia doméstica (sexual, física, psicológica, restricción de la libertad y amenazas de actos de violencia?

Es "ingenuo" el que formula la pregunta si esperase que la gente dijera que ninguna de estas tiene importancia, y obviamente son consideradas muy grave en un alto porcentaje. La pregunta es, nuevamente ambigua y por tanto muy manipulable, pues puede referirse a la gravedad en sí de cada tipo de violencia (que es lo que espontáneamente se ha respondido con toda seguridad) o a la extensión de ese determinado tipo de violencia en la sociedad (que es lo que seguramente se intentará "vender" como resultado de este estudio.

4. ¿Cuáles son las causas de la violencia que identifican los/as europeos/as (Alcoholismo, Drogadicción, Desempleo, Pobreza y exclusión social... varias otras)? Sorprende el altísimo nivel de todas las respuestas ofrecidas como alternativa (todas por encima del 45%), lo que evidencia una enorme confusión generada sobre el problema, y una profunda ignorancia del mismo por parte de la opinión pública que responde. Sorprende la inducción a posturas fascistas y racistas de género cuando se identifica un considerable 64.2% de personas que han opinado asombrosamente (no se sabe con qué split por sexos) que una causa es "Estar genéticamente predispuesto a comportamiento violento".

5. ¿Es aceptable o inaceptable para los/as europeos/as la violencia doméstica? Es "ingenuo" pensar que va a existir apenas nadie que responda alegremente que es aceptable, por lo que la pregunta nuevamente no es más que una grosera tautología. Naturalísimamente, el 94.6% opina que es inaceptable (independientemente de que se considere o no SIEMPRE castigable por la ley, matiz este que, de paso, contiene la trampa de la palabra "siempre".

6. ¿Quién debería ayudar a las mujeres que son o pueden ser víctimas de la violencia doméstica (Familia y amigos, Servicios Sociales, Servicios Sanitarios, Policía, Estado, Abogados, ONGs, Organizaciones religiosas, Medios de Comunicación? La pregunta es nuevamente de una ingenuidad sospechosa, e igual se podía haber formulado preguntando "cuál de estas instituciones no debería nunca ayudar"? La respuesta no puede ser más que un todo el mundo, especialmente las instituciones implicadas en el bienestar social... que es lo que evidencian, como no podía ser de otra manera, las respuestas.

7. ¿Creen los/as europeos/as que hay leyes especiales en sus países relativas a la violencia doméstica contra las mujeres (El castigo de los agresores, apoyo legal para víctimas de la violencia doméstica, apoyo social para víctimas de la violencia doméstica, rehabilitación de los agresores, prevención de la violencia contra las mujeres...)? En torno a la quinta parte de los que responden ignoran si existe legislación, creyendo que sí entre la tercera parte y la mitad de los que responden, según el tipo de protección legal sobre la que se pregunta. Esta pregunta sólo tiene sentido si se pretende estimular el conocimiento de la legislación en posteriores olas propagandísticas o publicitarias, o tal vez de persecución y denuncia personal de los presuntos agresores (naturalmente hombres). De lo contrario no se entiende la utilidad de la pregunta formulada.

8. ¿Qué fórmulas para combatir la violencia doméstica contra las mujeres consideran útiles los/as europeos/as? (se formulan 11 opciones)? Todas las respuestas recogen más del 75% de opiniones a favor, salvo la de rehabilitación de los agresores (65%). La gente ha venido a decir que todos los medios legales son válidos para luchar contra cualquier forma de violencia, como no podía ser de otra manera. Sorprende la formulación de la opción "Formar a la gente joven en el respeto mutuo"

cuando la propia formulación e ideología que se percibe en el estudio está faltando gravemente a los respetos de los hombres, por lo que el verbatim propuesto debiera ser honesta y abiertamente "Formar a los hombres en el no uso de ninguna forma de comportamiento que pudiera percibirse en ningún caso como violenta hacia las mujeres". La Fundación Mujeres destaca significativamente que el 84% apoya la idea de hacer campañas para sensibilizar a la población, y alega (gratuitamente) que este resultado muestra que se reconoce implícitamente la falta de información sobre la violencia doméstica. Es una buena muestra de cómo se puede utilizar una encuesta dudosa como arma arrojadiza que sirva a los propios fines, con una justificación totalmente inventada.

9. ¿Son conscientes los/as europeos/as del papel que juega la Unión Europea en esta lucha y piensan que su participación es necesaria? La gente responde que no es consciente de ese papel que la UE está jugando en materia de violencia doméstica (nótese nuevamente la ambigüedad en la formulación), en un 79%, y naturalísimamente, el 67% dice que sin duda debería la unión europea participar en esa lucha (sic por lo que respecta a esta terminología de cruzada -mi lucha, mein kampf-). Tal vez es el matiz, sospechosamente combativo, lo que hace que el 21% declare que "probablemente debería", ya que, por supuesto, nadie debería esperar que la gente dijera que no a un buen propósito, como lo es combatir cualquier tipo de violencia, sea cual fuere.

10.¿Está cercano a la gente el problema de la violencia doméstica? Entre el 7 y el 17% (según el entorno) declara haber conocido alguna mujer que ha sido víctima de alguna forma de violencia doméstica. Nuevamente la ambigüedad de la formulación impide saber qué se ha considerado en cada caso como violencia doméstica, pero aún siendo un dato nuevamente sesgado, destaca que en una población tan unánimemente consciente e informada del problema y extensión de los malos tratos "sólo" un 17% declare conocer algún caso. Es esta pregunta, únicamente, donde los niveles de las respuestas no son tan monolíticamente aplastantes, si bien son lo suficientemente altos (sobre todo a la luz de los datos reales de violencia disponibles) como para confirmar que la caza de brujas se ha iniciado como ideología social al uso.


EL PROYECTO MERCURIO - (Unas palabras sobre el fondo para la prevención de la violencia de genero de la fundación mujeres).

El proyecto Mercurio es el desarrollo de una campaña propagandística, con una clara orientación reconocida de estrategia publicitaria para incentivar las denuncias de los hombres (a los que genéricamente se considera un grupo de silencio") de la violencia, desactivar los mitos sobre la masculinidad que asocian al hombre con la violencia e impulsar un debate social y colectivo (un estado de opinión, en suma) que reflexione (sic) sobre los aspectos no deseables de la masculinidad.

El Gran Hermano de Orwell no se ha marchado: sólo ha cambiado de sexo.

Sobran más comentarios que la constatación, una vez más, de que el grado de intolerancia de una sociedad se podría medir por la estigmatización que se hace de quien se aparta de la dictadura ideológica en uso.


ANEXO 2.
LOS CUESTIONARIOS DE DETECCION DE VIOLENCIA EMPLEADOS EN EL ESTUDIO DUNEDIN.

A continuación transcribimos el cuestionario empleado en el informe Dunedin.
Su "bondad" reside en la forma de administrarlo, (autodeclarativos de haber ejercido las formas de violencia descritas, y no de haberlas "padecido").
Estos cuestionarios alcanzan el máximo de su rigor estadístico si estos autodeclarativos son confrontados posteriormente con quien ha sufrido esa violencia declarada, y se filtran las no coincidencias, y, finalmente, cuando se administran de manera equitativa a ambos sexos.

Cuestionario de Abusos físicos.
Se pregunta a los participantes si en el curso del último año:
1. Ha retorcido un brazo a su pareja (*A)
2. Ha empujado o inmovilizado por la fuerza a su pareja. (*A)(*B)
3. Ha abofeteado a su pareja (*A)(*B)
4. Ha obligado a su pareja a mantener relaciones sexuales. (*A)
5. Ha sacudido a su pareja (*A)
6. Ha derribado o ha tratado de derribar a su pareja. (*A)
7. Ha arrojado un objeto a su pareja. (*A)(*B)
8. Ha intentado asfixiar o estrangular a su pareja. (*A)(*B)
9. Ha dado una patada, mordido o golpeado con el puño a su. (*A)(*B)
10. Ha golpeado o tratado de golpear a su pareja con un objeto. (*A)(*B)
11. Ha dado una paliza a su pareja (*A)(*B)
12. Ha amenazado a su pareja con un cuchillo o un arma de fuego.(*A)(*B)
13. Ha usado un cuchillo o arma de fuego contra su pareja. (*A)(*B)

CUESTIONARIO DE ABUSOS PSICOLÓGICOS.
Se pregunta a los participantes si en el curso del último año:

1. Han dañado un objeto del hogar o alguna parte de la vivienda en un ataque de furia. (*A)
2. Han tirado o escondido un objeto importante de su pareja. (*A)
3. Se han enfurecido o trastornado mucho si la comida, las labores del hogar o las reparaciones en el mismo no se habían hecho. (*A)
4. Ha destruido o dañado deliberadamente la ropa, el coche u otros objetos personales de su pareja. (*A)
5. Ha insultado o avergonzado a su pareja delante de terceros. (*A)
6. Ha encerrado a su pareja en la casa. (*A)
7. Ha dicho a su pareja que él/ella no será capaz de estudiar o trabajar.(*A)
8. Ha intentado impedir a su pareja que vea o hable con familiares o amigos.(*A)
9. Ha restringido el uso del coche o del teléfono a su pareja. (*A)
10. Ha amenazado con marcharse. (*A)
11. Ha intentado volver a la familia, amigos o hijos contra su pareja. (*A)
12. Ha actuado con su pareja impartiéndole órdenes. (*A)
13. Ha atemorizado a su pareja (*A)
14. Ha tratado a su pareja como si fuera estúpido (*A)
15. Ha cedido ante su pareja, pero planeando tomarse venganza. (*A)
16. Ha ridiculizado a su pareja (*A)
17. Ha amenazado con golpear o arrojar algo a su pareja mientras estaba furioso/ (*A). (*B)
18. Ha dicho a su pareja que era feo/fea o poco atractivo/a. (*A)
19. Ha abusado de las drogas o el alcohol. (*A)
20. Ha arrojado, hecho pedazos, golpeado o pateado algo en el curso de una discusión . (*B)

(*A) Del cuestionario Margolin “Domestic Conflict Scale” or “Conflict Inventory” (Margolin, G., B. Burman, R.S. John, and M. O’Brien, The Domestic Conflict Instrument, Los Angeles: University of Southern California, 1990).

(*B) Del cuestionario de Straus “Conflict Tactics Scales” (Straus, M.A., “Measuring Intrafamily Conflict and Violence: The Conflict Tactics Scales,” Journal of Marriage and the Family 41(1979): 75–88).

ANEXO 2 BIS
EL INFORME JANET RENO. U.S.A.-1995-1996
EXTENSION, NATURALEZA Y CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA DE PAREJA.
Investigación Nacional sobre Violencia contra la mujer - 1995 - 1996.

o Muestra: 8000 mujeres y 8000 hombres en USA, con cuotas para determinar variable racial (Hispanos vs. no Hispanos), y sexual (parejas distinto sexo vs. parejas del mismo sexo).

o Metodología: Entrevistas telefónicas asistidas por ordenador -CATI-, que aseguran la marcación al azar.

o Nomenclatura: A efectos de esta encuesta, se considera abuso físico cualquier forma de violación (incluyendo la mera amenaza), ataque físico (que incluye desde la propia agresión hasta la mera amenaza), asechanza a la pareja, entendiéndose como tal cualquier persona que haya cohabitado con el entrevistado más de dos años.

El término asechanza abarca incluso la mera percepción de la víctima de estar siendo vigilada .

Aquí se incluye desde la mera recepción de una carta o de una llamada de teléfono no solicitada (sic) hasta aparecer en un sitio inesperado... incluso la mera percepción de que la pareja dejó objetos con el único fin de que la víctima los encontrara.

Basta con responder positivamente a una sóla de estas proposiciones para que se considere que existe una víctima... y un maltratador.


RESULTADOS.

1. El 25 % de las mujeres y el 7.6% de los hombres reconocen haber sido violados o agredidos por su pareja actual o por una pareja anterior.
El 1.5% de las mujeres entrevistadas y el 0.9% de los hombres declaran haberles sucedido en los últimos 12 meses.
El 0,5% de las mujeres y el 0.2% de los hombres declaran haber sido acechados por su pareja en los últimos 12 meses.

2. El mayor riesgo para la mujer que reflejan estas cifras está en contradicción con el Estudio Nacional sobre Violencia Familiar, cuyos resultados eran muy similares para hombres y mujeres. Una explicación podría ser que las mujeres tienen más facilidad para reconocer haber sido maltratadas que los hombres.

3. Aunque se aprecia mayor índice de riesgo por variable racial (indios y negros), no se tienen datos para aislar la variable racial de otros aspectos socioeconómicos que rodean a las personas de estas razas analizadas en la muestra.

4. El factor más asociado a las mujeres en riesgo de sufrir abusos es el hecho de que su pareja abuse verbalmente de ellas, lo que, según el análisis realizado del estudio, refrendaría la teoría de que la violencia perpetrada contra las mujeres es consecuencia, a menudo, de un patrón sistemático de dominación y control. Lamentablemente el análisis no profundiza si esta explicación es también aplicable a la violencia sufrida por los hombres.

5. Las mujeres que sufrieron ataques físicos sufrieron una media de 6,9, frente a los 4.4 que sufrieron los hombres. El 41.5% de las mujeres que los padecieron sufrieron heridas graves en el último ataque, frente al 19.9% de hombres que sufrieron estas mismas heridas graves.

Las cifras de violación apuntan a que cerca de 8 millones de mujeres (7.7%) fueron violadas por su pareja (o se habían sentido amenazadas de violación) en Estados Unidos en algún momento de su vida con anterioridad a la fecha de la entrevista, (frente a cerca de 300.000 hombres), si bien se entiende por violación cualquier relación sexual no explícitamente deseada.

6. Aunque se anticipa que la investigación realizada no basta para corroborar el dato, el estudio menciona que el 30% de las mujeres con parejas varones sufrieron malos tratos, frente al 11% de las mujeres cuya pareja era otra mujer. Entre los hombres, el 15% de los que convivieron con otro hombre sufrieron malostratos de su pareja, en tanto que sólo los sufrieron en el 7.7% de los casos en los que su pareja era una mujer. De estos datos el estudio concluye que el varón es más maltratador que las mujeres, y por tanto, las medidas a adoptar deben dirigirse contra él. Lo que representa que se abordarán medidas contra las 4.9 millones de agresiones sufridas por mujeres, dejando impunes las 2.9 millones de agresiones sufridas por hombres.

7. Lo que sucede es que estos datos, tal y como se mencionan en el análisis, difieren de los datos publicados en las propias tablas del estudio, según las cuales el 35.4% de las mujeres cuya pareja era otra mujer sufrieron ataques físicos de ellas, en tanto que sólo los recibieron el 20.4% de las mujeres cuya pareja era un hombre. Los hombres, a su vez, sufrieron en un 21.5% de los casos agresiones por parte de su pareja homosexual, y en un 7.1% de los casos, agresiones por parte de su pareja femenina (pag. 29 del estudio,tabla 8).

8. Aparentemente el factor de mayor riesgo en la comisión de malos tratos es el haberlos sufrido o presenciado en la infancia. Los malos tratos entre parejas son más frecuentes cuando no existe matrimonio que cuando este existe.

9. El porcentaje de hombres heridos a consecuencia de los malos tratos es la mitad que el de mujeres heridas a consecuencia de los mismos. Sólo entre el universo mujer, el tipo de herida es en un 75%, arañazos, cardenales o rozaduras.

10. Se denuncian entre el 20 y el 25% de los casos de violación / malos tratos. El 20% declara no denunciarlos por considerarlos de importancia leve y aislados, en tanto el 21% no lo hace por miedo a represalias de su pareja. Entre el 60 % (mujeres) y el 45% (hombres) declaran no haber denunciado por temor a que la policía no les creyera.

11.Una de las consecuencias más relevantes del estudio es la necesidad de investigar más a fondo, tanto en cuanto la diferencia en los resultados respecto a otros estudios como los propios resultados obtenidos per se, lo que implica una saludable curiosidad política previa a la toma de medidas efectivas.


OTRAS CONSIDERACIONES DEL PROPIO ESTUDIO.

o Las cifras de malos tratos de este estudio son inferiores a la de otros estudios, como "National Crime Victimation Survey", "National Family Violence Survey" y "National Alcohol Survey", estudios que, entre sí, parecen tener más similitudes que respecto al presente estudio.

En alguno de ellos, la cifra de malos tratos sufridos por hombres triplica la de malos tratos sufridos por mujeres (4.5 vs. 1.9). El propio estudio no da explicación a esta contradicción en los resultados, sino que incluso reconoce que la metodología empleada es sustancialmente la misma. La explicación más plausible que se da es la forma de administrar las preguntas del cuestionario, reconociéndose la necesidad de proseguir la investigación para desvelar el origen de las disparidades entre los distintos estudios realizados.

o Otro factor a tener en cuenta es que las respuestas quedan aisladas de otros factores de riesgo, tales como el consumo de alcohol, drogas, marginalidad e incluso entorno social inmediato, lo que relativiza aún más los resultados obtenidos.



ANEXO 3.
LAS ESTADISTICAS DE ESPAÑA - CONSIDERACIONES SOBRE LOS DATOS.

Sobre el eje de los malos tratos, existen dos limitaciones fundamentales en la información disponible o en la posibilidad de obtenerla:

1.- La índole de los institutos oficiales de investigación:

El INE: Fundamentalmente centrado en la consecución de macroestadísticas, su fuente son datos de otras instituciones (policía, juzgados, censos, ayuntamientos, centros de enseñanza, universidades, hospitales...) por lo que ofrecen una visión global cuantitativa, pero no motivacional. No realizan un trabajo de campo orientado a ningún grupo específico, sino que se limitan a recoger, procesar, agregar y manejar la información estadística ya existente de diversas procedencias.

El CIS: Con una orientación más sociológica (al menos por denominación), el CIS es esencialmente un instituto de opinión, que sondea exclusivamente lo que la gente opina, lo que piensa, pero no lo que está sucediendo (la realidad). Su limitación es la propia de la escasa información verídica de que dispone la sociedad que responde a sus preguntas.

De modo que, si tuviéramos interés sobre la droga, los datos que nos proporcionaría el INE es el número de personas recogidas por la policía o en centros de tratamiento por comunidades autónomas, provincias, centros hospitalarios, sexos... y los cruzaría con datos de alijos capturados etc. en tanto el CIS nos diría qué piensa la gente sobre la droga y los temas relacionados con ella.

Ninguno de los dos nos daría el dato de cuántos drogadictos y de qué droga lo son, existen en nuestro país, y cual es su estado, motivación etc., con población de riesgo, incidencias por tipologías socioeconómicas, factores que conducen a la exposición... Como se ve, es esta la información verdaderamente útil y relevante en la toma de soluciones.

Lo que el INE y el CIS ofrecen son sólo informaciones dispersas, más rígidas y difíciles de leer en el caso del INE y más de opinión en el caso del CIS: en ninguno de ambos casos, lo que verdaderamente está sucediendo.

2.- Los prejuicios de la moral social imperante. Otras instituciones impulsan la investigación científica orientada... pero no siempre de manera libre de prejuicios. El Instituto de la Mujer o las asociaciones de mujeres tienen un carácter marcadamente anti hombres, con abundantes prejuicios sexistas de los que hace cincuenta años se atribuían a estos. El hecho de que el discurso social haya adoptado este tipo de tesis sexistas, como la inverosímil "violencia de género" hace que las investigaciones propugnadas por estas instituciones nazcan sesgadas hacia el fin que pretenden demostrar, por encima de la lógica. Lo triste es que la moral social, debidamente estimulada por la propaganda anti hombres des estas asociaciones y por los medios de comunicación social, acaba adoptando estos prejuicios sin cuestionamiento alguno.

La información disponible desde estos dos ejes es escasa, poco operativa, poco profunda, orientada a la opinión más que a la realidad.... cuando no deliberadamente sesgada y falseada por el condicionante de los prejuicios sexistas.

ANEXO 4.

ABERRACIONES LEGALES.

Hay ya una serie de medidas legislativas , unas en vigor ya en España, y otras en fase a punto de ser aprobadas, que por si solas, sin comentarios, con el solo análisis de lo que obligan a los seres humanos, y la comparación con otras leyes de mas alto rango (Como la Declaración Universal de los Derechos Humanos), asi como otras culturas o épocas de la historia, muestran lo que son.

|---------------------------------|

(1). LEY ORGÁNICA 14/1999, DE 9 DE JUNIO, BOE DEL 10, DE MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL DE 1995, EN MATERIA DE PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE MALOS TRATOS Y DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL.

• "La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos o la prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez o Tribunal, o de comunicarse con ellos, por tiempo superior a tres años.".

? No podrás ni ver ni mandar una carta, ni hablar por teléfono con tus hijos durante años.
? No podrás vivir en tu ciudad.
? Las ordenes de destierro de los Nazis no condenaban enviar cartas, que sepamos. Aquí se supera ese nivel .
( Art. 1.1 Código Penal. Art.33.apart.2-g.)

• "La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, o la prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez o Tribunal, o de comunicarse con ellos.".

? Sin limite de tiempo, de por vida, sin limite de tipo de personas ‘desconectadas en totalidad.
(Art. 1.4 Código Penal. Art.39.apart.2-f)

• "El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada con él de forma estable por análoga relación de afectividad, o sobre los hijos propios o del cónyuge o conviviente, pupilos, ascendientes o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de uno u otro, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, ........".

? ¿Quien define violencia psíquica hoy en España?.
? ¿Quien definía violencia psíquica contra la raza aria?.
? ¿Quien definía que un hombre necesitaba 'reeducacion' en la china Comunista?.
? ¿Quien definía que un hombre era 'contrarevolucionario' que necesitaba 'reeducacion' en Rusia?.
? Los 'equipos psicosociales', pagados con nuestros impuestos.
? En España, año 2001, se ha condenado a un hombre, en Barcelona, por este ‘delito’. Las noticias de prensa no dicen que el juez haya necesitado siquiera informes periciales.
? El Juez, según la Prensa, Directamente ha usado ‘la palabra de la víctima’.
? 1 año de cárcel, y 2 años de ‘no-contacto’ con su hija de unos 2 años.
(Art.2.1. Código Penal. Art.153)


• "La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez o Tribunal, impide al penado acercarse a ellos en cualquier lugar donde se encuentren, ...".

? ‘En cualquier lugar Donde se encuentren’.
? Si te la encuentras en la calle, en unos grandes almacenes, es delito.
? ¿Como puedes evitarlo si ella te busca a ti para que te metan en la cárcel?¿ Como NO encontrártela por casualidad?.
? ¿Como pueden haberse aprobado leyes con tan evidente intención de permitir la maldad e injusticia?.
? Es absolutamente ajena a la raza humana.
? ¿Quien nos gobierna?.
(Art. 5 Código Penal. Art.48)

• La prohibición de comunicarse con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez o Tribunal, impide al penado establecer con ellos, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual.»
? Enviar una carta a tu hijo, es delito.
? Escribirle un e-mail, es delito.
? Una videoconferencia con él en internet, es delito.
? Un chat con él en internet, es delito.
? Si en la calle te lo encuentras, y te mira, y tu le miras, en silencio, solo con los ojos. ES DELITO.
? Jamas, ningún Totalitarismo de La historia, había llegado a esto.
? Jamas.
? Esta ley supera todo lo que, como ser humano, se puede aceptar.
? Ningún estado tiene el mas mínimo derecho a prohibir que un hombre o mujer, y sus hijos, simplemente, en silencio, se vean.
? España, año 2001, esta aprobada, en vigor.
? Ninguna Ley Musulmana condena a la Cárcel a la mujer que, al ir por la calle, y encontrarse con su hijo, por casualidad (‘en cualquier lugar donde se encuentre’), le mire en silencio (‘Contacto visual’).
? En España, esta aprobada, y hay gente en la Cárcel por cruzar la calle y abrazar a su hija en silencio (Barcelona, ‘Primer maltratador psíquico condenado’, Juzgado Penal numero 3).

(Art. 5 Código Penal. Art.48)

Ley aprobada en Madrid, el 9-Junio-1999.


|---------------------------------|

(2). PROPOSICIÓN DE LEY 122/000066 MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE SECUESTRO FAMILIAR DE MENORES E INDUCCIÓN DEL PROGENITOR A QUE EL MENOR ABANDONE EL DOMICILIO FAMILIAR

• ‘Si el culpable fuera ascendiente, descendiente o hermano de la víctima la pena será de dos a cuatro años en el supuesto contemplado en el número 1 del presente artículo y de cuatro a seis años en el supuesto contemplado en el número 3.’
? Penas de 2 a 6 años de cárcel.
Artículo 163.

• ‘En las mismas penas incurrirá el progenitor que, en contra de lo dispuesto por la autoridad judicial en cuanto al régimen de estancia de los hijos con éste, no lo presentare ante la persona legalmente habilitada para su cuidado sin justificación para ello.’
? Si el ‘régimen de visitas’ termina a las 8, tu hijo quiere jugar en el parque, o quieres acabar con él las tareas, y llegas a las 9, incurres en delito.
? ¿Que es causa justificada?.
? ¿Se deja a la libre interpretación de cada Juez?.
? Penas de 2 a 6 años de cárcel.
Artículo 223.


• ‘En la misma pena incurrirá el progenitor que INDUZCA a su hijo menor o incapaz A ABANDONAR el domicilio donde conviva con SU GUARDADOR LEGAL O LE INDUZCA A QUEBRANTAR EL RÉGIMEN DE ESTANCIA ESTABLECIDO POR DECISIÓN JUDICIAL.’
? Ya NO ES NECESARIO que el niño se haya ido, o que desee quedarse contigo mas tiempo. SI DICE, ante un equipo ‘psicosocial’, QUE DESEA vivir contigo, el equipo psicosocial ‘emite un informe’, ‘EL MENOR ESTA INDUCIDO POR EL PROGENITOR’.
? Penas de 2 a 6 años de cárcel.
? SE CONDENA NO EL HECHO, SINO EL PENSAMIENTO. DE UN NIÑO.
? ESTO ES POLICIA MENTAL DEL CORAZON DE NUESTRSO HIJOS.
Artículo 224.

(3). PROBLEMÁTICA JURIDICA DERIVADA DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA. ESTUDIOS Y RECOMENDACIONES DEL PLENO DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.
( 7 de febrero de 2001.)
“La violencia doméstica constituye uno de los problemas más acuciantes de la sociedad actual y afecta con similar intensidad a todos los países, con independencia de su grado de desarrollo “
“Este no es, sin embargo, un problema nuevo. Durante siglos la violencia se ha ejercido en el seno de la familia”.
“Problemática que afecta principalmente, aunque no en exclusiva, a las mujeres, pues con frecuencia también son víctimas de estos delitos los hijos menores, que suelen ser los miembros más indefensos de la unidad familiar”.
“los expertos apuntan a que sólo entre un 5% y un 10% de las agresiones producidas en el ámbito familiar son denunciadas”.
? ¿Como Saben que es un problema acuciante?
? ¿Como Saben que durante siglos el hogar ha sido fuente de violencia?.
? ¿Como Saben que las víctimas son mujeres y niños, y descartan de raíz, hombres?.
? ¿Qué expertos, y en base a Qué datos, dan lo del 10%?
? ¿Y la violencia contra el hombre, donde esta?..
? Usan tautologias. Están copiando el modelo de ‘violencia de genero’ .

“Se carezca en la actualidad de una estadística que refleje fielmente la magnitud real de este problema.”
? Reconocen que NO TIENEN DATOS.
“la Macroencuesta sobre la Violencia contra las Mujeres,............Estos datos permiten afirmar, sin duda alguna, que estamos ante una problema social de primera magnitud............Estamos, por lo tanto, ante un fenómeno social y jurídico de relevantes proporciones,”
“Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de junio de 2000 cuando señala: «...el delito que comentamos debe ser abordado como un problema social de primera magnitud, y no solo como un mero problema que afecta a la intimidad de la pareja,”.
? Todo esto, en base a la ‘la macroencuesta’, cuya metodología conocemos.
? Una estafa en datos, seguida de masacre judicial, y 13.000 millones en subvenciones del II-plan contra la ‘violencia domestica’.

“ b) Concepto de "violencia" incluido en el delito del artículo 153 del Código Penal.”

“El artículo 153 del Código penal se refiere expresamente tanto a la violencia física como a la violencia psíquica.”

“A estos efectos conviene precisar que EL CONSEJO DE EUROPA DISTINGUE LOS SIGUIENTES TIPOS DE VIOLENCIA:”
.............................................
VIOLENCIA PSICOLÓGICA: concepto amplio que admite múltiples modalidades de agresión intelectual o moral (amenazas, aislamiento, desprecio, intimidación e insultos en público, etc.).
? Si la ‘mujer’, ‘se siente’ despreciada, o ‘intimidada’ es delito.

VIOLENCIA ECONÓMICA: entendida como desigualdad en el acceso a los recursos compartidos (negar el acceso al dinero, impedir el acceso a un puesto de trabajo o a la educación, etc.).
? Si no la has dado todo el dinero que la ‘mujer’ ha exigido, aunque fuera para el bingo, es delito.

VIOLENCIA ESTRUCTURAL: término íntimamente relacionado con el de Violencia económica, pero que incluye barreras invisibles e intangibles contra la realización de las opciones potenciales y de los derechos básicos de las personas. Se sustenta en la existencia de obstáculos firmemente arraigados 'y que se reproducen diariamente en el tejido social (por ejemplo, las relaciones de poder que generan y legitiman la desigualdad).
? Si la señora suspendió los exámenes de acceso a la Universidad, o no ha hecho el Doctorado, es tu culpa, y es delito de ‘Violencia estructural’, pues no aprobó por tener que hacer tareas de casa, aunque tu tambien las hicieras.
? Violencia estructural, puerta al Fascismo mas amplio.
VIOLENCIA ESPIRITUAL: concepto comprensivo de aquellas conductas que consisten en obligar a otra persona a aceptar un sistema de creencias cultural o religioso determinado, o dirigidas a erosionar o destruir las creencias de otro a través .. del ridículo o del castigo.
? Si ‘siente que erosionas sus creencias’, es delito de ‘Violencia espiritual’.
? ¿No es esto lo que condenan con la Carcel Los Talibanes?. El Consejo de Europa, ‘para la mujer’, lo ha hecho Delito en TODA EUROPA.

“Todas estas modalidades de Violencia tienen cabida en el tipo delictivo previsto en el artículo 153 del Código Penal. “

“ Así, cabe recordar que este Consejo aprobó el 21 de octubre de 1998 el Informe al Anteproyecto de Ley Orgánica de Modificación del Código Penal de 1995 en materia de protección a las víctimas de los malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el que, en relación con el extremo ahora analizado, se señalaba: «En tal sentido cabría subsumir en. el ámbito objetivo del delito de Violencia psíquica familiar del artículo 153 CP, además de otros comportamientos CALIFICADOS POR EL GRUPO DE ESPECIALISTAS EG-S-VL DEL CONSEJO DE EUROPA como Violencia sexual, psicológica, económica, estructural o espiritual, las conductas descritas en el último párrafo del artículo 620 CP como amenazas, coacciones, injurias o vejaciones injustas cuando, según las exigencias del tipo penal del artículo 153 CP, se ejecuten sobre la víctima de manera habitual y al margen del resultado lesivo que pudieran causarle ”.
? Es en el Consejo de Europa la raíz donde se han creado las aberraciones.
? El Consejo de Europa ha creado el Programa DAPHNE donde se dice que, en Violencia de pareja, el 98% de agresiones son hombre => mujer, sin la mas mínima base científica en contra de todos los otros estudios de todo el mundo.

“Por ello, no está de más recordar ahora que, conforme a la jurisprudencia reiteradamente establecida al respecto por el Tribunal Supremo (Sentencias de 29 de abril de 1999, y de 25 de abril, 24 de junio y 7 de julio de 2000, entre otras), el testimonio de la víctima, aunque no haya otros testigos del hecho delictivo, puede ser en estos casos suficiente para fundamentar una condena y desvirtuar la presunción de inocencia, pues -como señala expresamente la Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de junio de 2000- NADIE HA DE SUFRIR EL PERJUICIO DE QUE EL SUCESO QUE MOTIVA EL PROCEDIMIENTO PENAL SE DESARROLLE EN LA INTIMIDAD ENTRE LA VÍCTIMA Y EL INCULPADO, dado que, en otro caso, se provocaría la más absoluta de las impunidades.”
? VIOLACIÓN POR EL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL DEL DERECHO HUMANO A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, (Articulo 11 De La Dec. Universal De Los Derechos Humanos ) CREANDO JURISPRUDENCIA PARA QUE LO PUEDAN VIOLAR LIBREMENTE CUALQUIER JUEZ DE ESPAÑA.
? Estamos en un estado Inquisitorial.
? Se presume que ha sucedido un delito, en base a la declaracion de una mujer.
? Basta ‘su palabra’. Violación en el Hogar, Violencia Psicológica, Violencia Estructural, Violencia Espiritual, etc.

“Entre las primeras diligencias que ha de acordar el órgano jurisdiccional se encuentran las de dar protección a los perjudicados y detener, en su caso, a los presuntos responsables del delito............ NOS ESTAMOS REFIRIENDO A LA POSIBILIDAD DE OFRECER AL SUJETO ACTIVO LA POSIBILIDAD DE ELUDIR LA PRIVACIÓN CAUTELAR DE LIBERTAD MEDIANTE SU SOMETIMIENTO VOLUNTARIO A programas de rehabilitación, TRATAMIENTO MÉDICO o psicológico, MECANISMOS DE REEDUCACIÓN, resocialización U OTROS PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS QUE, respetando los derechos que asisten al imputado en todo procedimiento penal, RESULTEN PROCEDENTES Y ACONSEJABLES EN CADA CASO CONCRETO.
? Cárcel, o ‘mecanismos médicos de reeducacion’. ‘Sometimiento VOLUNTARIO’. Desde la primera Denuncia de ‘la mujer’.
? Stalin, Mao, Hitler, lo hacian hace años. Ahora, desde la primera denuncia, es ley, por el Consejo General del Poder Judicial de España, año 2000.
? Leer esto, da terror. Es el Fascismo en su estado puro.
? Esto no es Alemania, año 1939, no , es España, año 2000, y lo ha escrito el Consejo General del Poder Judicial.

“a) Especialización de Juzgados.”
“Diversos estudios recientes ponen de manifiesto que la Violencia doméstica ha adquirido en nuestro país una dimensión cuantitativa realmente extraordinaria. Así, un estudio recientemente publicado en los medios de comunicación estimaba en casi un millón las mujeres que habrían sufrido malos tratos severos en los últimos doce meses, cifra a la que habría que añadir el maltrato infantil, principalmente psicológico, que frecuentemente .está presente también en -los hogares donde las mujeres son agredidas.................”
? La macorencuesta, daba 640.00 ‘maltratadas declaradas’. La pregunta que daba acceso a anotarlas, era la que conocemos.
? Respecto al maltrato infantil, sin el mas mínimo dato, legislan. Los datos de maltrato infantil van contra la mujer. El Consejo General del Poder Judicial, ‘se olvida de ellos’.
? Es absolutamente imposible creer en la ausencia de maldad consciente y responsable en todo esto.

“Entendemos viable legalmente asignar a un solo órgano jurisdiccional el conocimiento de una determinada clase de asuntos, siempre que al menos existan dos de la misma clase en la circunscripción territorial.”
“c) Formación especializada de jueces........”
“d) Selección de jueces en virtud de su preparación específica y experiencia en la materia.”
“Esta selección ha de partir de la premisa de la preferencia para ocupar tales juzgados de aquellos jueces y magistrados que acrediten su preparación específica y su experiencia en la materia.”
? Bases legales para crear juzgados centralizados, y específicos donde no entren otros jueces mas que los que cumplan con la ideología.

ANEXO 5.
ABERRACIONES CIENTÍFICAS.

Hay tres planos.

EL MACRO-NIVEL.

A nivel Continental-Nacional, se están haciendo ‘encuestas’ sobre maltratadas, que no son otra cosa que estructuras de manipulación dirigida de las opiniones. Luego son presentadas como ‘Pruebas de la magnitud del problema socia detectado’.

Un ejemplo es ‘La macroencuesta de la Violencia Contra las Mujeres’, del Instituto de la Mujer, España, Mayo-2000.
Se basa en 13 preguntas por teléfono a mujeres anónimas. Entre ellas:
? ¿Le impide ver a la familia, o tener relaciones con amigos, vecinos?.
? ¿Le quita el dinero que Vd. Gana, o no le da lo suficiente que necesita para mantenerse?.
? ¿No tiene en cuenta las necesidades de Vd (Le deja el peor sitio de la casa, lo peor de la comida...)?
? ¿No valora el trabajo que realiza?.
? ¿Ironiza o no valora sus creencias (Ir a la iglesia, votar a algún partido, pertenecer a alguna organización)?.
? ¿Le dice que a Donde va a ir sin él (Que no es capaz de hacer nada por si sola)?.

Contestar ‘A VECES’ a UNA SOLA de estas preguntas, durante toda la vida, califica de ‘maltratada técnica’ y ‘agresor’.

En base a esto, el Consejo General del Poder Judicial propone leyes de ‘Cárcel o reeducacion medica desde la 1ª denuncia’.

Otro es ‘El Eurobarometro’ de las Comisiones Europeas.
Se basa en 10 preguntas hechas a ciudadanos de Europa. Entre ellas:

• ¿Dónde han oído hablar los/as europeos/as de la violencia doméstica contra las mujeres?
• ¿Es aceptable o inaceptable para los/as europeos/as la violencia doméstica?.
• ¿Quién debería ayudar a las mujeres que son o pueden ser víctimas de la violencia doméstica?.

• ¿Creen los/as europeos/as que hay leyes especiales en sus países relativas a la violencia doméstica contra las mujeres?.
• ¿Qué formas de luchar contra la violencia doméstica contra las mujeres consideran útiles los/as europeos/as?.
• ¿Son conscientes los/as europeos/as del papel que juega la Unión Europea en esta lucha y piensan ellos que su participación es necesaria?.

No averiguan la realidad. Crean ‘imagen del problema’, limitando las respuestas, mediante cierre en las alternativas de la pregunta (‘contra las mujeres’), y ‘crear obligación de mas leyes represoras a nivel europeo’ ‘con todas las medidas’.
Acaban llevando al contestador a una única conclusión.
Son técnicas conocidas en Psicología como ‘preguntas cerradas tipo embudo’.

EL NIVEL MEDIO.

Entre Jueces, Profesionales, se están distribuyendo datos absolutamente ajenos a toda contrastacion, y contrarios a todo estudio contrastado.

Uno de los mas flagrantes, proviene del Programa DAPHNE de la Comisión Europea.

En su Pagina Web : http://www.sivic.org/esp/site-esp/index.html

“Consideramos como violencia de pareja todas las formas de violencia utilizadas contra una mujer”.

? DE RAÍZ cortan todo análisis de la violencia que sufre el Hombre, no solo durante la pareja, sino la bestial de separación, y, DE RAÍZ, consideran como violencia ‘contra la mujer’, ‘toda forma de violencia’.
? Violencia Espiritual por ejemplo.

“En este sitio, nos concentramos exclusivamente en la violencia conyugal ejercida contra las mujeres, porque representa más del 95% de los casos de violencia conyugal.”

? Se da 95% de violencia de pareja, de sentido hombre agresor, mujer víctima.
? Veamos en la misma Pagina Web, en otro párrafo http://www.sivic.org/esp/site-esp/texte/violence.html#profesionales

“Según la comisión europea, en el 98% de los casos, la violencia es imputable al hombre, por lo cual este sitio se basará en este principio, y considerará a la mujer como la víctima y al hombre como el agresor”.

? 98%. Antes, 95%.
? El sitio oficial de las Comisiones Europeas para Médicos, Abogados, Jueces.
? Hay 9 Estudios de Violencia de Pareja en este Informe Pincel. Estudio Dunedin, British Crime Survey, Murray Strauss, Reena Sommer.
? Tasas de Violencia de Pareja de 40/60, 50/50, ......
? Incluso el de Janet Reno, en U.S.A., 66%, 33% (41,5 versus 19,9. Punto numero 5, pagina 12 de este mismo Informe Pincel).
? Pues bien, según la Comisión Europea, 98% hombre agrede, 2% mujer agrede.
? Y 98% lo dice en un párrafo, 95% lo dice en otro.
? Suena a Mentira.

EL NIVEL BAJO.

En los Juzgados de Familia, en los ‘centros de protección al menor’, se están emitiendo ‘Informes Periciales’, en donde se dice detectar en los niños fenómenos de todo tipo, que siempre conducen a una condena del Padre, y de toda opinión, incluida la de los niños, que vaya en contra de la imposición en todos los planos de la imagen de la madre.

Solo traemos uno de ellos, tal vez hoy día el mas llamativo, pero que no es el único.

LA PARENTIZACION.

Cuando un hombre es separado injustamente de su casa, de sus hijos, y sus hijos sienten pena por su padre, y expresan que están de su lado, los peritos de los juzgados de Familia, ‘diagnostican’ :

‘Los menores sufren una Parentizacion inducida por el progenitor. Este fenómeno consiste en la inducción en el menor , por parte del progenitor, de los roles del progenitor, como el rol de protección’.
Esto se esta haciendo en España, año 2000, en los Juzgados de Familia. Y son seguidos por los Jueces como ‘verdad Científica’.

ANEXO 6.
ABERRACIONES POLÍTICAS.

(I). LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO: SUS PELIGROS Y ALCANCES

Se han recogido datos de la ideología que, dentro de la O.N.U., por gentes como la Presidenta de Islandia, Vigdis Finnbogadottir, o Ex-Diputadas de U.S.A., ha creado las reuniones de la mujer de la O.N.U. de Pekin-1995, o de Nueva-York, año 2000.

Están en la red en servidores de la Conferencia Episcopal Peruana.
http://www.vidahumana.org/vidafam/iglesia/genero.html

Sobran Comentarios.

Solo uno. Leyéndolo, se entiende que posteriormente, en Europa, en el Consejo General del Poder Judicial de un País como España, en Centros ‘de parte’ como el Instituto de la Mujer, se desarrollen estructuras de manipulación Estadística, y Criminalizacion tan inmensas y Violando los mismos Derechos Humanos, de todo lo que suene a Patriarcado y Familia.

Esto explica la Ley 14/1999 de España, y la Propuesta 122/066, y la Violación del Principio de Presunción de Inocencia para multiplicar las denuncias, Condenas, y Destrucción de Familias.

? El final de la familia biológica eliminará también la necesidad de la represión sexual. La homosexualidad masculina, el lesbianismo y las relaciones sexuales extramaritales ya no se verán en la forma liberal como opciones alternas, fuera del alcance de la regulación estatal… en vez de esto, hasta las categorías de homosexualidad y heterosexualidad serán abandonadas: la misma ‘institución de las relaciones sexuales', en que hombre y mujer desempeñan un rol bien definido, desaparecerá. La humanidad podría revertir finalmente a su sexualidad polimorfamente perversa natural"19”

? “Pensamos que ninguna mujer debería tener esta opción. No debería autorizarse a ninguna mujer a quedarse en casa para cuidar a sus hijos. La sociedad debe ser totalmente diferente. Las mujeres no deben tener esa opción, porque si esa opción existe, demasiadas mujeres decidirán por ella”

? Rebecca J. Cook, docente de Leyes en la Universidad de Toronto y redactora del aporte oficial de la ONU en Pekín, señala en la misma línea de sus compañeros de batalla, que los géneros masculino y femenino, serían una "construcción de la realidad social" que deberían ser abolidos.

? “El género es una construcción cultural; por consiguiente no es ni resultado causal del sexo ni tan aparentemente fijo como el sexo… Al teorizar que el género es una construcción radicalmente independiente del sexo, el género mismo viene a ser un artificio libre de ataduras; en consecuencia hombre y masculino podrían significar tanto un cuerpo femenino como uno masculino; mujer y femenino, tanto un cuerpo masculino como uno femenino”.
? "El género se refiere a las relaciones entre mujeres y hombres basadas en roles definidos socialmente que se asignan a uno u otro sexo".
? "El concepto de ‘género' está enclavado en el discurso social, político y legal contemporáneo. Ha sido integrado a la planificación conceptual, al lenguaje, los documentos y programas de los sistemas de las Naciones Unidas… los intentos actuales de varios Estados Miembros de borrar el término ‘género' en la Plataforma de Acción y reemplazarlo por ‘sexo' es una tentativa insultante y degradante de revocar los logros de las mujeres, de intimidarnos y de bloquear el progreso futuro".
Bella Abzug , Ex-Diputada de EE.UU.
Conferencia de la Mujer en Pekin, 1995.
? Hegemonía o hegemónico: Ideas o conceptos aceptados universalmente como naturales, pero que en realidad son construcciones sociales.
? Desconstrucción: La tarea de denunciar las ideas y el lenguaje hegemónico (es decir aceptados universalmente como naturales), con el fin de persuadir a la gente para creer que sus percepciones de la realidad son construcciones sociales.
? Patriarcado, Patriarcal: Institucionalización del control masculino sobre la mujer, los hijos y la sociedad, que perpetúa la posición subordinada de la mujer.
? Perversidad polimorfa, sexualmente polimorfo: Los hombres y las mujeres no sienten atracción por personas del sexo opuesto por naturaleza, sino más bien por un condicionamiento de la sociedad. Así, el deseo sexual puede dirigirse a cualquiera.
? "La teoría feminista ya no puede darse el lujo simplemente de vocear una tolerancia del ‘lesbianismo' como ‘estilo alterno de vida' o hacer alusión de muestra a las lesbianas. Se ha retrasado demasiado una crítica feminista de la orientación heterosexual obligatoria de la mujer4.

? "Una estrategia apropiada y viable del derecho al aborto es la de informar a toda mujer que la penetración heterosexual es una violación, sea cualfuere su experiencia subjetiva contraria."5

En resumen, segun esto, los seres humanos, tenemos dos partes.
Lo fisico, y lo psicológico. Como Hardware y Software de un Ordenador.
Pues bien, TODO lo que nos define como seres humanos, como hombre, como mujer, como Padre, como hijo, como hermano. NO EXISTE.
Es solo Software, y Software viejo.
Puede cambiarse.
Es mas, DEBE cambiarse para que los seres Humanos ‘seamos libres’.
Por eso la ‘deconstuccion’ de la familia, el patriarcado, la educación, etc.
Esta es la ‘teoría de genero’.
Por eso NADIE dice nada cada día en España, con 432 niños separados/divorciados de sus Padres.

Por esto, los ‘peritos psicólogos’ de los ‘nuevos Juzgados’, cuando se encuentran un niño que sufre porque su padre sufre por haber sido echado Impune y Bestialmente de su casa, dicen:

“El Menor Sufre Proceso de Parentizacion Inducida por El Progenitor”.

Eso si, hora se pretende Legislar en TODA EUROPA en Base a esta Basura Teórica Fascista.
Sobre ‘Violencia de Genero (Por supuesto, el Msaculino, el del Padre, el Hombre, la Mujer, nada).
Y se esta Legislando.

(II). LEY 17/2000, DE 27 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA 2001

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley que yo, en nombre del Rey promulgo.

.............................
“En este ámbito de las políticas sociales de gasto, ocupan un lugar destacado las dirigidas a la promoción e igualdad de la mujer, a facilitar su inserción laboral en el mercado de trabajo y, en particular, a impulsar actuaciones efectivas que garanticen su integridad, incrementando de manera importante las partidas orientadas a prevenir y erradicar la violencia. “

“Además, la Administración autonómica participará activamente en la persecución de los delitos de violencia doméstica y malos tratos en el ámbito familiar, CUANDO LAS VÍCTIMAS SEAN MUJERES, personándose en juicio como acusación particular en ejercicio de la acción popular.”
? Solo para mujeres. En la practica, este programa ha quedado en que la Comunidad da dinero , que es de todos los madrileños, para abogadas de asociaciones de mujeres, las cuales, pagadas con dinero de todos nosotros, se personan en los juicios de faltas contra los hombres para conseguir su condena.
? El Articulo 14 de nuestra constitución habla de no discriminar, pero no de que se coja a la fuerza dinero de todos, para pagar a abogadas privadas de asociaciones de ‘unos’, para conseguir condenas de ‘otros’.

(III). LA LEY DEL SEÑOR BONO. LISTAS PUBLICAS DE MALTRATADORES.

Sin comentarios.

A los Judíos se les obligaba a llevar distintivo Publico en la Alemania Nazi.

En Alemania ‘nadie se enteraba de lo que estaba pasando’.

ANEXOS 7,8,9,10,11,12,13,14,15.

Documento 3. Estudios de Violencia en la Pareja Humana.

Introducción:
Se recogen en este apartado, un total de 9 estudios centrales, procedentes de Fuentes Gubernamentales y Universidades de países Occidentales.
Periodos de estudio desde el año 1987 (Primeros estudios), hasta año 2000, y muestras desde unos cientos de personas, hasta decenas de miles de personas (Muestras representativas para países como U.S.A., Canada, Inglaterra, etc).
El entorno de estudio de la pareja, ha sido no solo en situaciones de separación matrimonial, sino en noviazgos, en matrimonio, durante años de seguimiento, en distintas culturas, en distintos países, distintas religiones, desde la década de 1980 hasta el año 2000.
Lamentablemente, en muchos de los actuales ‘estudios oficiales', no solo a nivel Español, sino Incluso Europeo, de raíz, en la metodología de esos estudios, no solo jamas se pregunta al hombre si ha recibido agresiones, sino que incluso, en algunos estudios en donde se pregunto a la mujer por las agresiones que había cometido al hombre, sus respuestas fueron ocultadas posteriormente (Canadian Journal Of Behavioural Science, Kennedy And Dutton's 1987 ).
En estos, siempre se respeto la información de la violencia (En sus múltiples niveles, causas, y consecuencias) en ambos sentidos.
Contenido:
Anexo 7. Informe Fiebert.
Anexo 8. Women Offenders. Departamento De Justicia. Estados Unidos.1999.
Anexo 9. Informe Dunedin. U.S. Departament Of Justice. July,1996.
Anexo 10 Informe Murray -Straus. 1999. Universidad De New Hampshire. U.S.A..
Anexo 11 Asesinatos Entre Esposos. Departamento De Justicia U.S.A. (1998).
Anexo 12 Informe Reena Sommer. University Of Manitoba . Canada. 1994
Anexo 13 Informe Archer. Universidad New-Lancshire. 2000.
Anexo 14 Gender Differences In Patterns Of Relationship Violence In Alberta. Años 1987, 1999.
Anexo 15 British Crime Survey 1996.

INFORME FIEBERT.
ANEXO 7.

Universidad De California. Año 2001
California State University, Long Beach .
Departament of Psychology.
Link: http://www.csulb.edu/~psych
Martin S. Fiebert
e-mail: mfiebert@csulb.edu
Link al Documento: http://www.csulb.edu/~mfiebert/assault.htm
Abstracto.
Autentico primer gran compendio de datos para el conocimiento de la violencia de pareja. En 1997 se hizo el primer Informe Fiebert.. Posteriormente, según han ido saliendo mas estudios, han ido siendo incluidos.
Actualmente (2001), es una Bibliografía de 122 investigaciones escolares, 99 estudios empíricos, y 23 análisis, de Violencia entre Parejas. El tamaño de la muestra agregada en los estudios aquí recopilados, excede 72.000 casos.
Analiza múltiples variables de todo este fenómeno:
• El estado de la relación: Relación esporádica, Relación de Noviazgo, Relación Casada
• El tipo de cultura : Judíos, Afroamericanos, Anglosajones, Hispanos.
• El País: U.S.A., Finlandia, Israel, Sudáfrica, Corea, Hong-Kong.
• Las motivaciones manifestadas, tanto por hombres como por mujeres, para 'justificar' porque usaron la violencia.
• La violencia que habían visto en sus padres y madres (Vieron como las madres pegaban a los padres), y Como, por sexo (Niño - niña), el ver a los padres (A ambos, no había diferencias), luego era predictor para ser 'mujeres agresoras', u 'hombres agresores'.
• Estudios sobre la 'tolerancia social' de la violencia femenina, y 'la precondena social' de la masculina, aunque sean iguales.
• La evolución con el tiempo, en décadas actuales (Cae la masculina, Cae la aprobación masculina a abofetear a una mujer, pero SE MANTIENE la aprobación femenina a abofetear al hombre)
Los tamaños de cada estudio, varían entre pequeños (Unos 100 individuos), hasta nacionales con muestras representativas (del orden de 9.000 hombres y 9000 mujeres).

Tras todo este trabajo, el resultado es:
"Women are as physically aggressive, or more aggressive, than men in their relationships with their spouses or male partner".
(Las mujeres son tan, o mas agresivas que los hombres, en sus relaciones con sus esposos o parejas masculinas).
(Pag. 1, SUMMARY).

EL INFORME FIEBERT

2. El Psicólogo de la Universidad de California Martin S. Fiebert Examina un total de 244 estudios sobre la violencia de pareja realizados en todo el mundo. Cada uno de los estudios se basa en un cuestionario del tipo CTS (del tipo del contenido en el anexo 2). Dichos estudios per se tienen significación estadística, que será mayor o menor dependiendo del tamaño de la muestra. La muestra agregada es de más de 70.000 personas entrevistadas.

3. Casi unánimemente, los resultados de cada encuesta demuestran que las mujeres son significativamente más propensas a expresar violencia física que los hombres, siendo además las que arrojan un porcentaje mayor en cuanto a ser las iniciadoras de la violencia.

4. En general, los abusos sufridos en la infancia son el mejor indicador de riesgo de ejercer violencia doméstica, independientemente del sexo, así como los antecedentes de violencia doméstica.

5. Fiebert estudia sistematizadamente una casuística diversa:
a) Violencia entre parejas casadas
b) Violencia entre parejas no casadas.
c) Violencia con variable racial.

2. Se incluyen, además de datos de microencuestas, datos de macroencuestas y artículos, así como estudios motivacionales que intentan evidenciar las causas de la violencia ejercida.

3. Existen pocas diferencias significativas entre los grupos anteriores, reproduciéndose el dato de un mayor índice de violencia de la mujer hacia el hombre en los diferentes grupos étnicos analizados, así como entre parejas casadas y no casadas.

4. Aunque se reconoce que existe muy poco análisis sobre las razones por la que las mujeres inician los ataques, Fiebert se introduce en este análisis, más allá del mito o ideología propalada según los cuales “las mujeres no son violentas, sino que su violencia es signo de la opresión masculina”. Explicación, por demás, tendenciosa, necia y que no resiste el más mínimo debate, pese a ser muy extendida.

ALGUNOS RESULTADOS:
(a) El 29% de las mujeres reconocen haber agredido a su pareja en los últimos 5 años, siendo más frecuente que la agresora esté en la veintena, y menos cuando ya ha cumplido los 30 años.

(b) Entre 1975 y 1992 los ataques graves de hombres hacia mujeres se han reducido, en tanto que los de mujeres contra hombres mantienen su tasa.

(c) Un estudio de Stets & Strauss concluye que “cuando la violencia se mide en actos, las mujeres son más violentas que los hombres, y cuando se mide en heridas, los hombres son más violentos”.

(d) Un estudio de Mc Leod (6200 casos de violencia doméstica en Detroit en 1984), reporta que las mujeres tienen tres veces más probabilidades de usar un arma que un hombre en el curso de conflictos domésticos.

(e) La encuesta Nacional sobre Violencia Contra Mujeres de 1999 evidencia que los hombres tienen más probabilidades que las mujeres de experimentar ataques graves en el curso de los cuales sean golpeados con un objeto, amenazados con un cuchillo o acuchillados.

RAZONES DE LA VIOLENCIA FEMENINA.

En este aspecto es donde el estudio de Fiebert es más enriquecedor, en tanto que trata de trascender el dato y penetrar en las motivaciones.

La más frecuente en espontáneo es la de que las mujeres creen que no les pasará nada si son ellas las agresoras (bien porque no crean que harán daño a su pareja, en función de su fortaleza física, o bien porque están convencias de que los hombres saben protegerse por sí solos). Esto explicaría también el porqué de que la moral social sea tan tolerante con las agresiones de las mujeres sobre los hombres.

Existe el mito ya indicado de que la violencia por parte de las mujeres nace de la autodefensa contra los ataques o abusos verbales del hombre, en tanto que los hombres emplean la violencia para controlar la relación. El análisis de las auténticas razones desmontan este mito, y Fiebert las desglosa en:

Razones inmediatas de la violencia femenina:
1) Mi pareja no estaba siendo sensible a mis necesidades (46%)
2) Quise llamar la atención de mi pareja (44%)
3) Mi pareja no me escuchaba (43%)
4) Mi pareja había abusado verbalmente de mí (38%)
5) NO pensé que mis ataque causara daños a mi pareja (38%)

La autodefensa (contra el abuso verbal, no contra un ataque físico) es la cuarta causa en orden de importancia, muy detrás de la llamada de atención. El hecho de que se considere que la pareja no sufrirá daños es peligroso, ya que desinhibe del uso de la violencia sin tener en cuenta la posible respuesta (que sí puede causar daños físicos) por parte de la pareja.

Razones más profundas:
1) Creo que los hombres pueden protegerse bien, y por eso no me preocupa ser físicamente agresiva (24%)
2) He comprobado que la mayoría de los hombres han sido educados para no pegar a una mujer, y por eso no tengo miedo de que mi pareja responda cuando yo la agredo (19%)
3) Como las mujeres somos iguales a los hombres, las mujeres podemos expresar nuestra rabia hacia los hombres mediante la agresión física (13%)
4) Me siento más poderosa cuando me comporto agresivamente con mi pareja (12%)
5) Me dí cuenta cuando era pequeña que podía agredir a mi hermano físicamente sin que este me la devolviera (10%)

Al parecer, el grupo disperso de otras respuestas tiene una considerable identidad con las mencionadas, lo que incrementaría los respectivos porcentajes.


ANEXO 8.
WOMEN OFFENDERS. Departamento De Justicia.. U.S.A. 1999.

Abstracto.
Mas que datos sobre violencia de parejas, este vasto estudio apunta a lo que es la agresividad femenina tal cual, en Toda la Sociedad.
Es una Recopilación de Varias Fuentes Gubernamentales durante mas de 20 años: National Crime Victimization Survey (NCVS, 1993-1997), Uniform Crime Reporting Program (UCR , FBI, 1997), Supplementary Homicide Reports (SHR , FBI, 1976-1997), State Court Processing Statistics (SCPS, 1996), National Judicial Reporting Program (NJRP, 1996), National Prisoner Statistics (NPS, 1998). ..

Link: http://www.ojp.usdoj.gov/bjs/abstract/wo.htm


Resultados:
1) Tasa de Mujeres agresoras En Toda la Sociedad: Basándose en lo dicho por las víctimas de la violencia, las mujeres son responsable de un 14% de las todas las agresiones en toda la sociedad. Un promedio de 2,1 millones de mujeres agresoras al año. víctimas (Pag. 1, Highlights).
2) Agresión dirigida fuera, o dentro de las relaciones: Entre 1976 y 1997 Las mujeres y Hombres difieren substancialmente en su relación con sus víctimas (Pag.3):
• 62% de víctimas de las mujeres, tiene relación intima con la agresora.
• 36% de las víctimas de los hombres, tienen relación previa con el agresor
3) Evolución en el Tiempo: Desde 1990, el numero de mujeres demandadas y condenadas en cortes por delitos graves (Felonies en Original), ha crecido el doble que el de hombres (Pagina 1, Puntos sobresalientes).
4) Niños Pequeños de Mujeres Agresoras: 1,3 millones de niños pequeños (minor children) eran hijos de mujeres que estaban bajo supervisión de agencias judiciales. (Pagina 1, Puntos sobresalientes).


ANEXO 9.
INFORME DUNEDIN. U.S. Departament Of Justice. July,1996
"Findings about Partner Violence".

Abstracto.
Estudio de 21 años de duración, siguiendo la vida de poblaciones de Hombres y Mujeres desde su nacimiento (Años 1970) con garantía de confidencialidad (No serian denunciados aunque reconocieran, hombres o mujeres, haber agredido a sus parejas).
No aceptaban 'simple declaración de una parte' ('Self-Report', como se hace hoy día en muchos estudios oficiales), constataban con el entorno y con la otra parte.
Link: http://www.ncjrs.org/pdffiles1/170018.pdf

Resultados:

a. Un 27% de mujeres abusadas físicamente. Un 34% de hombres abusados físicamente. (Issues and Findings, page 2)
b. En la agresión hombre a mujer, el 88% de las agresiones son cometidas / Sufridas por gente que sufre una o más enfermedades mentales diagnosticadas (Issues and Findings, page 2).
c. La violencia doméstica es mayor en parejas "cohabitantes".(Issues and Findings, page 2)
d. La violencia Masculina, suele estar asociada a situaciones de estres social (Paro, drogas,,). La femenina, no, se da igual con y sin situaciones de estress de la agresora. (These extreme social and per-sonal problems were not found for Dunedin study female perpetrators. Page 10)

(Los datos de este estudio, concuerdan con los de otros dos, el National Family Violence Survey de 1985, y el National Youth Survey, de 1983 ).
(Exhibit 2. Rates of physical partner violence in three studies, page 4)

EL INFORME DUNEDIN.


1. En 1996, los datos del Instituto Nacional de Justicia (Dpto. de Justicia de USA) detectaban que cerca del 21% de los crímenes padecidos por las mujeres y el 2% de los padecidos por hombres eran producidos por sus parejas o ex-parejas, lo que indujo a profundizar en este foco de crimen mediante el estudio Dunedin.
2. El Dunedin es un estudio que abarca 21 años de seguimiento a niños nacidos entre 1972 y 1973 en Dunedin (Nueva Zelanda), con distribución igual por sexos, que fueron examinados sucesivamente a distintas edades, en una muestra agregada total de 1020 indivíduos.
3. La bondad de su metodología se basa en que los autodeclarativos de los que reportan haber padecido malos tratos se constata con la pareja (habiendo una coincidencia de un 70-80% entre las versiones declaradas y las comprobadas), midiéndose tanto la violencia física como psíquica (se emplearon los cuestionarios que hemos adjuntado como anexo 2).
4. Los resultados del Dunedin fueron comparados con otros estudios realizados con anterioridad, lo que permitió constatar la coherencia de los resultados obtenidos en los cuatro estudios comparados: Es notorio que las mujeres reportaban haber infligido más violencia que los hombres, y correlativamente, los hombres reportaban haber padecido más violencia que las mujeres en todos los estudios analizados.
5. También destacan los desórdenes mentales múltiples (más frecuentes en las personas que ejercieron violencia) como factor que explica los malos tratos producidos por hombres: entre estos desórdenes se cuentan la depresión , la ansiedad, el abuso de alcohol, la drogodependencia, desórdenes antisociales de la personalidad y esquizofrenia.

Es decir, factores de riesgo criminológico de carácter general, así como desempleo de larga duración, ausencia de estudios... características asociadas a la población cercana a la marginalidad. Se sospecha, aunque se pretende demostrar en investigación posterior, que las mujeres no requieren tales factores para maltratar, sino que se amparan ante la improbable denuncia de los hechos, y la incredulidad policial e institucional hacia los malos tratos perpetrados por mujeres, lo que les crea una sensación de impunidad.
6. El estudio prueba que los mayores índices de violencia no están vinculados al matrimonio, sino a la propia convivencia, y que la presencia de hijos es muy significativa en la incidencia de los malos tratos (el índice de mujeres víctimas de malos tratos se duplica si tienen hijos).
7. El 27% de las mujeres y el 34% de los hombres analizados reportan haber sufrido malos tratos físicos de su pareja. El 37% de las mujeres y el 22% de los hombres han declarado haber infligido malos tratos a su pareja.
8. Los factores que mayor incidencia tienen en configurar a un maltratador (y por tanto son de utilidad para la prevención de los malos tratos) son:
o Delincuencia agresiva a la edad de 15 años.
o Abuso de drogas a la edad de 15 años
o Abandono prematuro de la educación escolar (sólo hombres)
o Ataduras de progenitor e hijo a la edad de 15 años.
o Ausencia del padre a la edad de 9 años (en menor medida que los anteriores).


ANEXO 10.
INFORME MURRAY -STRAUS. 1999.
Universidad New Hampshire. U.S.A..
Laboratorio de Investigación de la Familia.
Link al laboratorio de Familia: http://www.unh.edu/frl/index.html
CRIMINAL HISTORY AND ASSAULT OF DATING PARTNERS:
THE ROLE OF GENDER, AGE OF ONSET, AND TYPE OF CRIME
(Historia Criminal y Asaltos en Parejas.
Relación con el sexo (Gender), la edad, y el tipo de crimen)
Link al Documento: http://www.unh.edu/frl/PR13.pdf
Abstracto.
Analiza la afirmación de que la violencia de pareja es ajena a la exterior a la familia. De que se trata supuestamente de un tipo especifico de crimen.
Analizo un total de 653 estudiantes universitarios, en sus relaciones de noviazgo, durante los últimos 12 meses.
Resultados:
1) Tasas de Violencia (Total, y por sexos):
31 % dijeron haber sufrido asalto de sus parejas en los últimos 12 meses.
32% del total de mujeres fueron Agresoras.
29% del total de hombres fueron Agresores.
(Pagina 1, Abstract)
1) Correlación con historia previa :
"Los resultados muestran que, en adición al ya conocido dato de que las mujeres son tan propensas como los hombres a agredir físicamente a su pareja, el lazo con una historia de otros tipos de crímenes es mas fuerte en mujeres que en hombres".
(Pagina 12, Conclusions).
Trabajo presentado en la Asociación Americana de Criminología, Congreso anual de Toronto, 17-11-1999. Desarrollado para el Instituto Nacional de Salud Mental y la Universidad de New Hampshire.
En la metodología esta incluida la definición exhaustiva del perfil tanto personal, como de relación de pareja, Los datos psicometricos preliminares, La justificación de muestreos en Estudiantes en Parejas, etc:
The Personal and Relationships Profile (PRP)
Link al documento: http://www.unh.edu/frl/unpubpap_prp.htm


ANEXO 11.
ASESINATOS ENTRE ESPOSOS.
Departamento De Justicia U.S.A. (1998).
U.S. Department of Justice. Oficina de Estadisticas Judiciales.
.- Link a la presentación del documento en el Departamento de justicia U.S.A.: thttp://www.ojp.usdoj.gov/bjs/abstract/spousmur.htm
.- Link al informe (PDF, 186 Kbyt) http://www.ojp.usdoj.gov/bjs/pub/pdf/spousmur.pdf

Abstracto.
En 1998, se analizaron los datos de los 75 mayores condados Judiciales de U.S.A, de los anteriores años. En estos 75 Condados se produjeron mas de la mitad de los asesinatos entre esposos de todo el País. Dentro de los 75 Condados, se muestreo uno de cada 3 casos.
Dos cosas son importantes :

1. La proporción por sexo, de las víctimas. (La realidad es 60/40, no es la imagen de 'hombre agresor, mujer víctima', las 'supuestas cifras' de 98/2 , por ejemplo, que cuenta la Comision Europea en su programa DAPHNE) .

2. La parcialidad de la administración de Justicia, en el trato de las mujeres asesinas

Resultados:
1. - Cifras totales, y proporción por sexo de la víctima
En total 540 asesinatos entre esposos.
318 mujeres (59% del total de victimas), 222 Hombres (41% del total ).
(Pagina 4, Highlights).

Esta cifra, 60-40, es interesante, se repite en muchos otros sitios directamente relacionada con lo que es la violencia de pareja de nivel medio-alto.

Por ejemplo, el British Crime Survey, 1996, recogió que un 23% de mujeres, y un 15% de hombres habían sufrido alguna vez en su vida un asalto en familia.

Pues bien, 23% (Mujeres víctimas) es un 60,5% del total de agresiones de Parejas habidas (23 + 15). Y 15% es un 39,5% (Hombres víctimas) del total (23+15).
En España, el año 2000, hubo 67 mujeres muertas, y 44 hombres, en Familia
Proporciones casi exactas. 60%, 40%.


2.- Trato de la administración de Justicia a los hombres, y a las mujeres
(pagina 1 del informe).
Antes de Recibir Condena Judicial:
• De los hombres, el 11% no fue perseguido.
De las mujeres, el 16%.
• De los hombres, el 46% se declaro culpable directamente.
De las mujeres, el 39%.
• De los hombres, el 41% fue condenado en el proceso.
De las mujeres, el 31%.
• De los hombres, el 2% fue absuelto.
De las mujeres, el 14% .

Una vez condenados (Bien por declararse culpables, o por ser condenados en el juicio):
• El 81% de los hombres fue condenado a prisión.
El 57% de mujeres .
• La condena media en Hombres fue de 16.5 años.
De 6 años para las mujeres.
• De los hombres condenadas a prisión, el 43% tenia mas de 20 años de cárcel.
De las mujeres, solo el 15%.


ANEXO 12.
NFORME REENA SOMMER.
University Of Manitoba . Canada. 1994

Abstracto:
El año 1994, Reena Sommer, en la universidad de Manitoba, Canada, recopilo datos de estudios de Salud Publica de su Ciudad, Winnipeg.
Habían sido en total 4 años de estudios, con 1257 personas al principio y 988 al final.
En base a estos datos, analizó y obtuvo tasas de violencia de pareja, predictores de la violencia, entorno y consecuencias de la violencia, y sus relaciones con variables propias y ajenas a la pareja.
Este trabajo fue realizado como parte del doctorado en Filosofía de la Profesora Reena Sommer.
Alcanza análisis de detalles realmente interesantes como la correlación, separada por sexos, de ver de niños la perpetración de violencia entre los padres, para ser de mayor perpetrador con el/la pareja.

Origen y Constatacion de la Información:
• Librería de la Universidad de Manitoba, Canada.
Link: http://bison.umanitoba.ca/
• Sommer, Reena. Male and female perpetrated partner abuse: testing a diathesis-stress model. 1994.
Link: http://bison.umanitoba.ca/htbin/dbsearch?db=MARION&format=FULL&kwd=LN+'AER-9206
• Sommer, Reena. Alcohol consumption, personality and partner abuse within a male Canadian sample. 1991
Link: http://bison.umanitoba.ca/htbin/dbsearch?db=MARION&format=FULL&kwd=LN+'ABJ-0484

En el servidor de la Universidad, esta solo la referencia a los dos trabajos, no los trabajos en si. El ultimo, de 1994 ha sido transcrito (En Ingles) completo en la web:
Link: http://forever.freeshell.org/sommertc.htm
De esta web extraemos las siguientes secciones del trabajo de la Doctora Sommer:

Fases y Metodología:

Fase -I del estudio (1989):
En el año 1989 , se desarrollaron en la Ciudad de Winnipeg (Manitoba, Canada), estudios para evaluar la salud, el abuso de bebidas, y el abuso de la Pareja. (the Winnipeg Health and Drinking Survey, WHADS) .
• Se exploraron variables de Personalidad (Salud Mental), y Demográficas (Edad, trabajo, etc).
• Se investigaron 3 grupos de edad (18-34,35-49,50-65), durante un periodo de 2 años.
• El total de Personas investigadas fue 1257. Se las aviso con 1 semana de antelación del objeto a tratar.
• Fueron entrevistas Cara a Cara, de 90 minutos de duración , en casa de las personas.
• Cada una constó de una entrevista estructurada, y respuestas a un cuestionario auto-administrado.

Fase -II del estudio (1992):
Dos años después (Verano de 1991 a fin de 1992), en las mismas personas (Solo se pudo con 988 de las 1257 originales, por varios motivos como gente que se fue, o murio), se reviso la situación.
Igual Protocolo para la entrevista. Se analizaron dos partes.
(a) Medida de Variables Independientes de la Pareja:
Demográficas. Edad, trabajo, religión.
Abuso del Alcohol.
Personalidad .Tipo de Personalidad, Salud Mental, Neuroticismo.
Antecedentes Familiares. Violencia en la familia de origen.
Estrés . Situaciones de Paro, etc.
(b) Medida de Variables Dependientes de la Pareja :
Escala Táctica de Conflictos, Forma A (CTS. Escala definida en 1979 por los primeros investigadores de la Violencia de Pareja, que mide la frecuencia, y la severidad de las acciones en un cierto intervalo de tiempo. Fueron usados solamente los puntos de la CTS que median la 'fuerza física', y no los que median el 'abuso emocional'.

Resultados.
El Estudio total, en sus 2 fases, da 3 datos básicos.
Resultado 1: Tasas de la Violencia en la Pareja (Ambos sentidos).
Resultado 2: Predictores de ser violento con su pareja (Ambos sentidos).
Resultado 3: Análisis del Contexto y los Efectos de la Violencia Perpetrada.

|----------------------------------------------|

Resultado 1: Perpetración de Violencia hacia la Pareja

Sexo del Agresor.
Hombre. Mujer.
Fase - I (1989).¿Alguna agresión a la pareja?. 26.3 % 39.1 %
Fase-II-1992. ¿Alguna agresión a la pareja?. 17.5 % 27.6 %
¿Alguna agresión en el ultimo año a la actual pareja? 7.1 % 6.6 %


Resultado 2: Factores Predictores de Perpetrar Violencia contra la Pareja.
"En el análisis de los predictores de abuso a la pareja en el año previo a la entrevista, emergieron los siguientes:"
Para hombres:
(1) Ser Joven en edad.
(2) No Católico.
(3) Perpetrar pasados abusos a la pareja.
(4) Observar Padre pega a Madre.
(5) Experimentar Alto Estrés.
(6) Interacción entre Estrés y pasado abuso a la pareja.
(7) Interacción entre Estrés y edad.


Para Mujeres :
(1) Alta puntuación en EPQP .(Índice de Psicoticismo, de la escala Eysenck Personality Questionnaire. Link: http://forever.freeshell.org/sommer4.htm").
(2) Alta puntuación del índice de Neuroticismo.
(3) Haber observado Madre Pega a Padre.
(4) No haber observado mutua violencia de los padres.
(5) Interacción entre alcohol y Neuroticismo.
(6) Interacción entre alcohol y haber observado madre pega a padre.
(7) La interacción entre alcohol y pasado abuso a la pareja.

Análisis en Detalle, algunos de estos Factores:
(I) Ver de niños la Agresión entre sus Padres .
Cuando se hizo correlación entre violencia total de la familia de origen (sin distinguir si era el padre o la madre quien pegaba a la pareja, o si era mutua) y la agresión a la pareja de mayores, los niños dan mas correlación.
La exposición a la violencia (La total que hubiera en su infancia) de niños, influye mas en los niños que en las niñas para ser agresivos de mayores con sus parejas.
Cuando se analizó en detalle que habían visto de niño, si el niño había visto al padre pegar a la madre, o la niña a la madre pegar al padre, y se hacia el análisis de regresión lógica con la actual agresión a la pareja, se encontró :
• Niño vio a su Padre pegar a su Madre. Implica un aumento de probabilidad de ser agresor a su pareja de mayor, de 4.569 veces.
• Niña vio a su Madre pegar a su Padre, Implica un aumento de probabilidad de ser agresora su pareja, de mayor, de 12.514 veces.

Estos dos hallazgos, no son coherentes con que la violencia que veían de niños fuera mas del tipo Padre pega a Madre.
Niños menos sensibles a ver a su padre pegar a su madre, pero mas agresivos de mayor por haber visto toda violencia, implica que de niños vieron mas violencia de la madre hacia el padre.
Es coherente con el hallazgo previo en cuanto a cifras de violencia de parejas.

(II) Datos Demográficos.
En los hombres, el nivel de educación, el nivel económico, o tipo de trabajo (blue collar workers, trabajadores de mono azul) no fue constatado que afectara a la violencia de pareja hacia la mujer.
Lo que si emergió tras la correlación y el análisis de la regresión lógica, fue que ser joven, y no católico, tenia significación para la perpetración de abuso a la mujer por parte del hombre.
"Los análisis correlaciónales conducidos sobre los datos de las mujeres, fallaron en revelar ninguna significativa relación entre variables demográficas y actual abuso de la mujer hacia el hombre."
" Los resultados de los análisis de la regresión lógica igualmente fallaron en encontrar ninguna relación significativa entre ninguna variable demográfica, y el abuso de la mujer al hombre"
(Demographic Risk Factors).

Resultado 3: El Contexto y los Efectos de la Agresión.
"En la fase 2 (Wave-2), se consideraron las siguientes cuestiones:"
1.- ¿ Estaba bebido / Bebida cuando se ejecuto/recibió la agresión?
2 - ¿ Requirió la pareja ayuda medica como consecuencia de la agresión?.
3 - ¿ Fue la agresión en Defensa-Propia?.
• 16% de hombres estaban bebidos durante la agresión.
• 8% de mujeres estaban bebidas durante la agresión.
• 21% de Hombres del total de Hombres que sufrieron un incidente de abuso en la pareja, requirieron atención medica.
• 14% de Mujeres del total de Mujeres que sufrieron un incidente de abuso en la pareja, requirieron atención medica.
"Sobre el total de parejas casadas, cohabitantes, o recasadas, esto es aproximadamente un 3%".
"El tema de la Defensa-Propia, ha sido tratado por escritoras feministas,....que arguyen que cuando una mujer ataca a un hombre, es usualmente en defensa propia (Pleck et al. 1978;Walker, 1979) "
"Los resultados de este estudio se ponen frente a la cara de esos argumentos":
• 10% de las Mujeres Agresoras, actuaron en Defensa Propia.
• 15% de los Hombres Agresores, actuaron en Defensa Propia.




ANEXO 13.
INFORME ARCHER. Universidad New-Lancshire. 2000.

Sex Differences In Aggression Between Heterosexual Partners:
A Meta-Analytic Review
Diferencias por Sexo en la Agresión en Parejas Heterosexuales.
John Archer
(Presidente electo de la Sociedad Internacional de Investigaciones sobre la Agresión).
Universidad del Lancashire Central .
Extracto Publicado en el:
Psychological Bulletin, 2000, Vol. 126, No. 5, 770–800,
American Psychological Association
Link : http://www.apa.org/journals/bul/900ab.html

Abstracto:
Meta - análisis de la diferencia de sexo, en la agresión física en parejas heterosexuales, y las consecuencias físicas de las agresiones.
Datos procedentes de casi 100 estudios británicos y estadounidenses y una muestra total de 34.000 hombres y mujeres.

Resultados:

Resultado 1: Tasas de Iniciación a la violencia, Violencia mutua, y consecuencias físicas de la violencia.
"Las mujeres son ligeramente más propensas (d = -.05) que los hombres a emprender uno o más actos de agresión física y a recurrir a dichos actos más frecuentemente."
"Los hombres son más propensos (d = .15) a infligir lesiones y, en general, el 62% de las personas lesionadas por su pareja eran mujeres", concluye el profesor Archer."
"No menos de la tercera parte de las personas con lesiones visibles resultantes de la violencia doméstica eran hombres."
(Recordemos aquí la cifra 60% Víctimas mujeres, 40% víctimas hombres, ya encontrada previamente en otros estudios sobre violencia de pareja, como resultado de violencia media - alta).

Universidad de Pittsburgh, Irene Hanson Frieze.
(Comentario sobre el estudio de Archer, Psychological Bulletin, 2000, Vol. 126, No. 5, 681–684
"El meta - análisis de estudios sobre la violencia en el matrimonio y en la pareja pone de manifiesto que ambos sexos muestran violencia en sus relaciones, aunque las mujeres tengan más probabilidad de resultar lesionadas."
"Debe prestarse mas atención a las víctimas de la violencia femenina por parte de sus parejas".

Por su parte, K. Daniel O'Leary, de la Universidad Estatal de Nueva York en Stony Brook, señala:
"La conclusión de J. Archer (2000), según la cual es ligeramente más probable que las mujeres, y no los hombres, inicien la agresión física en sus relaciones de pareja, aunque sufran más lesiones, es razonable y se basa en muestras representativas."
"Sin embargo, sus conclusiones provocarán reacciones negativas, ya que no coinciden con los datos y la creencia de que los hombres son generalmente más agresivos que las mujeres. [...] "
"Los estudios examinados por Archer proporcionan datos convincentes que indican que la agresión física ejercida por mujeres ha de tomarse en serio si existe un deseo sincero de impedir los malos tratos en la pareja."

Resultado 1: La hipótesis de la agresividad femenina como autodefensa ante la agresividad masculina.
"Los resultados del estudio han mostrado que no es cierto que las mujeres ataquen a los hombres sólo para defenderse. "
"Un 29 por ciento de las universitarias admiten que han iniciado agresiones contra un compañero varón. Según Archer, los hombres se retienen y soportan un elevado nivel de violencia por parte de sus esposas o compañeras. "

Resultado 2: Datos sobre la violencia Femenina hacia el hombre en la pareja .
"En realidad, dice, las mujeres se sienten animadas a ser violentas hacia los hombres, confiadas en que ellos no les devolverán la agresión. Lo que ocurre es que, cuando los hombres responden, su mayor fuerza los predispone a causar lesiones más graves, en comparación con las mujeres. "
El informe de John Archer, titulado "Diferencias por sexos en las agresiones entre parejas heterosexuales: un examen metanalítico" (Sex Differences in Aggression Between Heterosexual Partners: A Meta-Analytic Review) puede solicitarse a la American Psychological Association a través de su sitio web en esta dirección: http://www.apa.org/journals/bul/900ab.html


ANEXO 14.
GENDER DIFFERENCES IN PATTERNS OF
RELATIONSHIP VIOLENCE IN ALBERTA. AÑOS 1987, 1999.
Marilyn I. Kwong And Kim Bartholomew. Simon Fraser University
Donald G. Dutton. University of British Columbia.

Publicado en el:
CANADIAN JOURNAL OF BEHAVIOURAL SCIENCE, 1999, 31:3, 150-160.
Link: http://www.fact.on.ca/Info/dom/kwong99.pdf

Historia Previa del Reciente Estudio .
Este estudio, aparte del estudio a nivel científico en si, tiene una curiosa historia detrás. Esta historia ha sido publicada en el diario "Massachusetts News", el 2-Agosto-1999.
(Link: http://massnews.com/womvio.htm )

"En 1987, en Canada, se desarrollo un primer estudio para investigar la violencia de pareja : Kennedy and Dutton's 1987 survey of Alberta."
"Consistió en el self-report de 705 hombres y mujeres, sobre cuantas veces habían, ellos/ellas, agredido a sus parejas."
"Las contestaciones de las mujeres (Cuantas veces habían agredido a sus parejas) no fueron publicadas."
"El estudio, así cortado, fue publicado el año 1989, en el Canadian Journal of Behavioural Science."
"Fue extensamente citado en 1990, en un report de la Cámara de los Comunes llamado 'La guerra contra las mujeres."
"Este report fue usado para plantear programas de 2 años de duración, con dotaciones de unos 10 Millones de Dólares, por el entonces primer ministro, Brian Mulroney"


Ahora, 1999, los Profesores Marilyn I. Kwong And Kim Bartholomew, han cogido de nuevo todos los datos, y han obtenido los resultados completos.

Resultados.

1. 356 hombres y 351 mujeres analizadas en la provincia de Alberta, (Canada, 1987 Alberta Survey).

2. A los participantes se les pregunto sobre su recepción y perpetración de actos violentos en el año previo al estudio.

3. Hombres y Mujeres , respectivamente, reportaron tasas similares en el ultimo año , de violencia hombre a mujer (12,8% y 9,6%), y mujer hacia hombre (12,3% y 12,5%).

4. Se detectaron diferencias, por sexo, en el report de sucesos de violencia:
.- En promedio, los hombres reportaban que tanto ellos como sus parejas iniciaban y agredían por igual.
.- En contraste, las mujeres reportaban menos victimizacion, que perpetración de violencia, y reportaban menos 'hombre - solo' y 'hombre - iniciada ' violencia, que lo hacian ellas.

5. La mayoría de entrevistados en relaciones violentas, reportaban un patrón de violencia que era bidireccional, pequeño, infrecuente, y no físicamente lesivo.




ANEXO 15.
BRITISH CRIME SURVEY 1996.
Domestic Violence:
Findings from a new British Crime Survey self-completion questionnaire
Autor: The Research, Development and Statistics Directorate.

Sirve de Referencia Estadística, entre otros ,para el Parlamento Ingles.

The Research, Development and Statistics Directorate the Home Office, serving the Ministers and the department itself, its services, Parliament and the public through research, development and statistics.

Link (Oficial) : http://www.homeoffice.gov.uk/rds/pdfs/hors191.pdf

Abstracto:
Como parte del estudio completo de 1996 sobre toda la violencia en Inglaterra, se administro, tanto a hombres como a mujeres, un cuestionario sobre violencia Domestica.
Fue para personas de 16 o mas años, viviendo en casas privadas en Inglaterra, y Gales. En total, 16.348 Entrevistas.

Resultados:

Resultado 1: Tasas de Amenazas y Violencia durante el Ultimo año antes de la entrevista.
"4,2% de mujeres, y 4,2% de hombres, dijeron que habían sido asaltados físicamente por una pareja estable en el ultimo año".
" 4,9% de hombres, y 5,9% de mujeres han experimentado asalto físico, o amenazas "

Resultado 2: Tasas de Violencia y Amenazas, durante toda la vida.
"Las mujeres son mas proclives a decir que han sufrido experiencia de asalto domestico alguna vez en su vida:"
"23% de mujeres y 15% de hombres, en edades entre 16 y 59 años, dijeron que habían sido asaltados físicamente por una actual o estable pareja, alguna vez en su vida."
"La inclusión de amenazas, incrementa estos datos hasta 26% para mujeres, y 17% para hombres".
(Obsérvese de nuevo la proporción 60% de víctimas mujer, 40% de víctimas hombres)

Resultado 3: En que consistían los asaltos Físicos.
"Empujar y Agarrar son los mas frecuentes tipos de asaltos."
"Cocear, Abofetear y Pegar con puños, ocurrió en cerca de la mitad de los incidentes".


Resultado 4: Resultado de las agresiones. Severidad de los Daños.
"Las víctimas fueron heridas en un 41% de los incidentes."
"Las mujeres fueron mas proclives a ser dañadas (47%) que los hombres (31%). "
"Aún cuando el daño quedo limitado normalmente a magulladuras , el 9% de los incidentes resultaron en cortes, y el 2% en huesos rotos."


.- Obsérvese de nuevo la proporción 60 % de víctimas hombres, 40% de víctimas mujeres, en resultados de daños en este estudio Ingles:

47% de mujeres dañadas, siendo el total de daño 47+31.
31% de hombres dañadas, siendo el total de daño 47+31.

47 es un 60,2% del total . 31 es un 39,8% del total de agresiones hombre-mujer.


ANEXO 16.

Documento 4-A. OTRAS FORMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA

Podemos afirmar sin temor a exagerar que el vigente régimen de divorcio favorece diversas formas violencia doméstica, sino las más graves y espectaculares, sí las más extendidas y de repercusiones sociales más amplias. Las víctimas de esa violencia, en muchos casos de origen institucional, son principalmente los varones separados y sus hijos. No nos referimos a formas de violencia episódicas y secundarias, insultos, amenazas, comentarios irónicos o actitudes despectivas. Estamos hablando de la violación de derechos humanos básicos e inalienables, de violencia profunda y silenciosa, de torturas y vejaciones insufribles, de trato cruel, inhumano y degradante. Las formas más frecuentes que reviste ese tipo de violencia son las siguientes:


FORMA DE VIOLENCIA
Violencia contra los hijos de separados, a los que se aleja injustificadamente de su progenitor masculino de forma sistemática y arbitraria. Nadie ha podido ni podrá jamás aducir una razón válida que justifique ese alejamiento. Nadie podrá demostrar que la situación de semiorfandad resultante sea beneficiosa para el niño. Es una forma de violencia honda, sistemática, duradera en el tiempo, ejercida sobre los más débiles y que deja secuelas imborrables en sus víctimas. Es la quintaesencia del maltrato psicológico, por ensañarse con los más débiles e inocentes. Es una forma de violencia que vulnera un principio humano básico e irrenunciable: el derecho del niño a los cuidados y el afecto de sus dos progenitores.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES INFRINGIDOS
Violencia contra el padre separado, a quien el vigente régimen de divorcio convierte, por razón de su sexo, en mero “visitante” ocasional de sus hijos y despoja de todo derecho y toda responsabilidad en su formación y educación, aunque con sujeción a todas las obligaciones de manutención. Al privar al padre del derecho a la convivencia y la relación afectiva con sus hijos, así como del derecho a intervenir en su educación y formación, se vulneran derechos humanos básicos e irrenunciables.
DUDH, art. 5; art. 16.3; PIDESC, art. 10.1, art. 10.3; PIDCP, art. 23.4, art. 24; DEDM, art. 6.2 b) y c); CETFDM, art. 5 b), art. 16.1 d) y f); DDN, principios 1, 6, 7 y 8; CDN, art. 2.1, art. 2.2, art. 3.1, art. 3.2, art. 9.3, art. 18, art. 19.


Violencia contra la familia extensa paterna, especialmente contra los abuelos que no conocen a sus nietos o los han podido ver en raras ocasiones. DUDH, art. 2, art. 5, art. 16.1, art. 16.3, art. 26; PIDESC, art. 2, art. 3, art. 5, art. 10.1; PIDCP, art. 2.1, art. 3, art. 23, art. 26; DEDM, art. 6.2 b) y c); CETFDM, art. 2 a) y c), art. 4, art. 5 a) y b), art. 16.1 c), d) y f); CDN, art. 3.2, art. 9.3, art. 18; DDD, art. 6.1; CEPDHLF, art. 3, art.8.1, art. 8.2, art. 14, prot. 7-art. 5.

FORMA DE VIOLENCIA PIDESC, art. 10

Violencia económica contra el padre separado, que sistemáticamente es expulsado de su hogar y pierde todo derecho real sobre él y sobre su contenido, aunque mantenga los derechos teóricos; se ve con frecuencia constreñido a pagar pensiones calculadas como porcentaje de sus ingresos, no en función de los gastos del niño, con lo que el sobrante puede ser elevado y constituir un beneficio ilícito para la madre; es con frecuencia obligado a pagar pensión compensatoria a una persona con quien mantiene una relación de odio, que le impide ver a sus hijos y le ha arrebatado cuanto tenía; en agravio comparativo con el padre casado, no puede dejar su trabajo o cambiarlo por otro más adaptado a sus preferencias si ello conlleva una pérdida de ingresos o un riesgo que pongan en peligro la satisfacción de las pensiones impuestas por los tribunales; y puede incurrir en pena de prisión si, por falta de recursos, no paga íntegramente esas pensiones.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES INFRINGIDOS
Violencia económica contra la familia extensa paterna, ya que son frecuentes los casos de madres que, junto con la custodia de sus hijos, consiguen el disfrute del hogar familiar, con independencia de que en numerosas ocasiones el domicilio sea propiedad de sus suegros. Hasta casos reales ha habido en que la dueña del piso ha tenido que abandonar su domicilio junto con su hijo y cederle el disfrute a su nuera.
DUDH, art. 17.1, art. 17.2, art. 23.1; PIDESC, art. 6.1; PIDCP, art. 8.3 a); art. 11; art. 23.4; DPFJVDAP, p. 18; CEPDHLF, prot. 4-art. 1
Violencia judicial y social resultante de falsas acusaciones, ya que las falsas acusaciones de malos tratos o de abusos sexuales se han convertido en el arma más eficaz para plantear una estrategia de divorcio demoledora frente al varón. En los casos de falsas acusaciones, es frecuente que se conculque el principio de presunción de inocencia y se impongan condenas sin más pruebas que la palabra de la acusadora. A su vez, esta violencia es generadora de nuevas formas de violencia contra los niños y el padre, ya que la primera medida cautelar que adoptan los tribunales en esos casos es el extrañamiento del padre y la prohibición de acercarse a sus hijos, con independencia de que más tarde (a veces, mucho más tarde) se demuestre la falsedad de la acusación. Asimismo, es frecuente que las acusaciones en falso queden impunes.
DUDH, art. 17.1, art. 17.2
Síndrome de alineación parental, también llamado inculcación maliciosa, mediante la cual el progenitor que tiene la custodia de sus hijos predispone a estos contra el otro progenitor. Es una forma de violencia especialmente nociva, porque se ejerce sobre todo contra los niños de más corta edad. En algunos países está empezando utilizarse como pieza de convicción en los procesos de divorcio.


DUDH, art. 11; PIDCP, art. 14.2
FORMA DE VIOLENCIA No procede.
Violencia psicológica contra el padre separado, cuyos resultados más visibles son el alcoholismo, la depresión y el suicidio. En los países desarrollados, las tasas de suicidio de hombres se multiplican tras el divorcio. El gobierno australiano ha puesto recientemente en marcha un programa de prevención del suicidio entre los varones separados, ya que ha detectado tasas de suicidio seis veces superiores en este colectivo respecto de sus homólogos casados. Sin embargo, el divorcio no incide en las tasas de suicidio de la mujer.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES INFRINGIDOS
No procede.
DHDU - Declaración Universal de Derechos Humanos
PIDESC - Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
PIDCP - Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
DEDM - Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
CETFDM - Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
DDN - Declaración de los Derechos del Niño
CDN - Convención sobre los Derechos del Niño
DDD - Declaración sobre el Derecho al Desarrollo
DPFJVDAP - Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder
CEPDHLF - Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales


Se transcriben a continuación algunos de los artículos vulnerados por las conductas descritas.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 10 de diciembre de 1948)
Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. [...]
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Artículo 26
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS
ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
(Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 16 de diciembre de 1966; ratificado por España el 27 de abril de 1977)
Artículo 2
2. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
Artículo 3
Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a asegurar a los hombres y a las mujeres igual título a gozar de todos los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el presente Pacto.
Artículo 5
2. No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un país en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, a pretexto de que el presente Pacto no los reconoce o los reconoce en menor grado.
Artículo 6
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, y tomarán medidas adecuadas para garantizar ese derecho.
Artículo 10
Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que:
1. Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo. [...]
3. Se deben adoptar medidas especiales de protección y asistencia en favor de todos los niños y adolescentes, sin discriminación alguna por razón de filiación o cualquier otra condición. Debe protegerse a los niños y adolescentes contra la explotación económica y social.
Artículo 13
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. [...]

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
(Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 16 de diciembre de 1966; ratificado por España el 27 de abril de 1977)
Artículo 2
1. Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
Artículo 3
Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el presente Pacto.
Artículo 8
3. a) Nadie será constreñido a ejecutar un trabajo forzoso u obligatorio;
c) No se considerarán como “trabajo forzoso u obligatorio”, a los efectos de este párrafo:
iv) El trabajo o servicio que forme parte de las obligaciones cívicas normales
Artículo 11
Nadie será encarcelado por el solo hecho de no poder cumplir una obligación contractual.
Artículo 14
2. Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.
Artículo 23
4. Los Estados Partes en el presente Pacto tomarán las medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y de responsabilidades de ambos esposos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo. En caso de disolución, se adoptarán disposiciones que aseguren la protección necesaria a los hijos.
Artículo 24
1. Todo niño tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado.

Artículo 26
Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN
DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
(Proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 7 de noviembre de 1967)
Artículo 6
2. Deberán adoptarse todas las medidas apropiadas para asegurar el principio de la igualdad de condición del marido y de la esposa, y en particular: [...]
b) La mujer tendrá los mismos derechos que el hombre durante el matrimonio y a la disolución del mismo. En todos los casos el interés de los hijos debe ser la consideración primordial;
c) El padre y la madre tendrán iguales derechos y deberes en lo tocante a sus hijos. En todos los casos el interés de los hijos debe ser la consideración primordial.
------------------------------------

CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS
DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 18 de diciembre de 1979; ratificada por España el 5 de enero de 1984)
Artículo 2
Los Estados Partes [...] se comprometen a:
a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio;
b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer;
c) Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre [...]

Artículo 4
1. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer no se considerará discriminación en la forma definida en la presente Convención, pero de ningún modo entrañará, como consecuencia, el mantenimiento de normas desiguales o separadas; estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato.
Artículo 5
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para:
a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres;
b) Garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituirá la consideración primordial en todos los casos.
Artículo 16
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán en condiciones de igual entre hombres y mujeres: [...]
c) Los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disolución;
d) Los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cualquiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial; [...]
f) Los mismos derechos y responsabilidades respecto de la tutela, curatela, custodia y adopción de los hijos [...]; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;
------------------------------------

DECLARACIÓN SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE JUSTICIA PARA LAS VÍCTIMAS DE DELITOS Y DEL ABUSO DE PODER
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 29 de diciembre de 1985)
18. Se entenderá por “víctimas” las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que no lleguen a constituir violaciones del derecho penal nacional, pero que violen normas internacionalmente reconocidas relativas a los derechos humanos.
------------------------------------

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
(Proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 20 de noviembre de 1959)
Principio 1
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo [...] u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Principio 6
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre.
Principio 7
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
Principio 8
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
------------------------------------

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 20 de noviembre de 1989; ratificada por España el 6 de diciembre de 1990)
Artículo 2
1. Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.
2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.
Artículo 3
1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.
Artículo 9
1. Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño.
2. En cualquier procedimiento entablado de conformidad con el párrafo 1 del presente artículo, se ofrecerá a todas las partes interesadas la oportunidad de participar en él y de dar a conocer sus opiniones.
3. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.
Artículo 12
1. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.
2. Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.
Artículo 18
1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño.
Artículo 19
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.
------------------------------------

DECLARACIÓN SOBRE LOS PRINCIPIOS SOCIALES Y JURÍDICOS RELATIVOS A LA PROTECCIÓN Y EL BIENESTAR DE LOS NIÑOS, CON PARTICULAR REFERENCIA A LA ADOPCIÓN Y LA COLOCACIÓN EN HOGARES DE GUARDA, EN LOS PLANOS NACIONAL E INTERNACIONAL
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 3 de diciembre de 1986)
ANEXO
Artículo 1
Todos los Estados deben dar alta prioridad al bienestar de la familia y del niño.
Artículo 2
El bienestar del niño depende del bienestar de la familia.
Artículo 3
Como primera prioridad, el niño ha de ser cuidado por sus propios padres
------------------------------------

DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO
(Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 4 de diciembre de 1986)
Artículo 6
1. Todos los Estados deben cooperar con miras a promover, fomentar y reforzar el respeto universal y la observancia de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin ninguna distinción por motivos de raza, sexo, idioma y religión.
2. Todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes; debe darse igual atención y urgente consideración a la aplicación, promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
------------------------------------
CONVENIO EUROPEO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES
(Adoptado el 4 de noviembre de 1950; ratificado por España el 26 de septiembre de 1979)
Artículo 3. Prohibición de la tortura
Nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.
Artículo 8. Derecho al respeto a la vida privada y familiar
1. Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia.
2. No podrá haber injerencia de la autoridad pública en el ejercicio de este derecho, sino en tanto en cuanto esta injerencia esté prevista por la ley y constituya una medida que, en una sociedad democrática, sea necesaria para [...] la protección de los derechos y las libertades de los demás.
Artículo 14. Prohibición de discriminación
El goce de los derechos y libertades reconocidos en el presente Convenio ha de ser asegurado sin distinción alguna, especialmente por razones de sexo [...] o cualquier otra situación.

Protocolo número 4
Artículo 1. Prohibición de prisión por deudas
Nadie será privado de su libertad simplemente a causa de su incapacidad para cumplir una obligación contractual.
Protocolo numero 7
Artículo 5. Igualdad entre cónyuges
Los cónyuges tienen igualdad de derechos y de responsabilidades de carácter civil entre ellos y en sus relaciones con sus hijos respecto del matrimonio, durante el matrimonio y tras su disolución. El presente artículo no impide que los Estados adopten las medidas necesarias en interés de los hijos.

ANEXOS 17,18,19,20,21.

Documento 4-B. Datos Sobre Maltratos a Niños.

Introducción:

Este apartado recoge un total de 5 Estudios que abordan el maltrato a niños, en nuestras sociedades Occidentales, durante los años de la ultima década, a nivel nacional, en Países tan grandes como U.S.A., Canada, y España,
En España, afortunadamente, se ha realizado por primera vez un estudio similar a los que ya antes se habían hecho en otros países (U.S.A., Canada, etc).
A diferencia de los estudios de Violencia de Pareja, en donde no solo constaban datos de resultados extremos como asesinatos, sino previos en base a , desde cuestionarios (Siempre a ambas partes), hasta seguimiento longitudinal (Durante hasta 21 años), tratándose de niños, la metodología consiste en mirar los resultados.
Específicamente, la base de todos estos estudios , desde U.S.A. al de España, ha consistido en la información de los casos llegados a los centros públicos de atención a los niños, que posteriormente se han traducido en denuncias, y en parte, han sido confirmados, y en parte, no substanciados.
El trabajo con esa información completa, es lo que ha generado estos reports.
Es una información mas compleja que la de violencia de pareja, pues hay mas entidades involucradas, y por tanto, no es tan simple como decir hombre a mujer y mujer a hombre.
Básicamente la variable de entorno en que hemos centrado los análisis, ha sido la estructura de la familia que rodea al niño (Cuando la hay), sexo de los perpetradores/perpetradora y tipo de abuso.
En distintos países separados por miles de kilómetros, emergen datos coincidentes.

Los datos de maltrato a niños, mas aún que los de maltrato a pareja (Que ya lo hacían), no solo no coinciden con lo que se supone que debería salir de modelos teóricos del tipo de 'Violencia de Genero', sino que hacen emerger casi de forma evidente, al menos dos modelos numéricamente cuantificables de dos fenómenos que pueden estar ocurriendo:

1. Modelo de 'Protección' .
2. Modelo de 'Ciclo de Violencia - Protección Generacional' .

Este 2-º modelo no es sino una extensión del anterior a través de colectivos sociales específicos (de magnitud estadística no despreciable), en los que se dan circunstancias que aumentan los factores conducentes a la violencia.

Contenido:

Anexo 17.
Tercer estudio Nacional de abuso y negligencias a niños
Departamento de Salud y Servicios Humanos. U.S.A.. 1996.

Anexo 18.
Mujeres Agresoras (Women Offenders) .
Departamento de Justicia de U.S.A. Diciembre-1999.

Anexo 19
Canadian Incidence Study of Reported Child Abuse and Neglect
Maltrato de Niños en Canada.
Ministerio de Salud. Año-2000.

Anexo 20.
Maltrato Infantil en la Familia.
Comunidad Valenciana (1997/1998).
Centro reina Sofía para el Estudio de la Violencia. Año 2000.

Anexo 21.
Disentangling the Link between Disrupted Families and Delinquency
Cambridge Study in Delinquent Development (1962-2000).
Heather Juby, GRIP, University of Montreal, Canada.
David P. Farrington, University of Cambridge, Institute of Criminology, England
(Desconectando la relación entre Familias Rotas, y Delincuencia).




ANEXO 17.

1). EXECUTIVE SUMMARY
OF THE THIRD NATIONAL INCIDENCE STUDY
OF CHILD ABUSE AND NEGLECT

U.S. Department of Health and Human Services.
Administration for Children and Families.
National Center on Child Abuse and Neglect.Septiembre 1996
(Departamento de Salud y Servicios Humanos. U.S.A.. 1996.)
(Sumario ejecutivo del tercer estudio a nivel nacional de la incidencia de abuso y negligencias en niños).
Link: http://www.calib.com/nccanch/pubs/statinfo/nis3.cfm

Abstracto:
El primer Estudio de este tipo, en U.S.A., se decidió su realización en 1974.
Fue desarrollado durante 1979, y finalmente, en 1981, se publicaron sus resultados.
Los datos de este (NIS-3), de todo Estados Unidos, fueron recogidos entre 1993 y 1994. El análisis fue realizado en 1995,1996, y finalmente, se publicaron en 1996.
Están basados en muestras representativas de 5.600 profesionales, en 842 agencias de un total de 42 Estados de U.S.A.. Se reunieron un total de 50.729 casos.
Dada la antigüedad con que se empezó estos estudios (1979), es muy útil para ver como los cambios sociales, han afectado los niños.

Resultados :
1. Por sexo del perpetrador del abuso: 65% por mujeres.
(Perpetrator's Sex).
2. Dentro de la Familia Biológica: cuando el niño es maltratado dentro de la familia formada por sus padres biológicos, en el 75% es la madre, y un 48%, el padre biológico (Había casos de ambos como maltratadores)..
(Perpetrator's Sex) .
3. Fuera de los Padres Biológicos: cuando el niño es maltratado fuera de sus padres biológicos, por ejemplo, al vivir con padres substitutos, el 80 a 85% de maltrato proviene de hombres que NO son su padre biológico.
(Perpetrator's Sex). (Distribution of Child Abuse and Neglect by Perpetrator Characteristics)
4. Familias monoparentales versus Tradicionales. Un niño en familia monoparental, frente a uno que viven con sus dos padres tiene un :
? 77% mas riesgo de sufrir abuso físico.
? 87% mas de sufrir negligencia física.
? 74% mas de sufrir negligencia emocional.
? 220% mas de sufrir negligencia educativa. (En este estudio, frente al de España, diferencian los tipos de negligencia).
? 80% mas de sufrir serios daños físicos como consecuencia de abuso o negligencia.
(Distribution of Child Abuse and Neglect by Family Characteristics).

5. Maltrato Físico en Padres Biológicos y No - Biológicos, por sexo del perpetrador:
Un niño que sufre abuso físico por sus padres biológicos, fue mas probable que lo sufriera a manos de la madre (60%), que del padre (48%, algunos niños lo eran a manos de los dos).
Por el contrario, aquellos que sufrieron abuso físico por otros padres o padres substitutos, (Padrastros), fueron mucho mas probables de sufrirlo a manos de un hombre-padre-subsituto, que de una mujer-madre-substituta (90% versus 19%, de nuevo podían ser maltratados por ambos).
(Perpetrator's Sex). (Distribution of Child Abuse and Neglect by Perpetrator Characteristics)


ANEXO 18.
2). MUJERES AGRESORAS.
Departamento de Justicia, U.S.A. 1999.
U.S. Department of Justice Bureau of Justice Statistics . Women Offenders
Link: http://www.ojp.usdoj.gov/bjs/abstract/wo.htm

Abstracto:
Mas que datos sobre maltrato especifico a niños, este vasto estudio apunta a lo que es la agresividad femenina tal cual, en Toda la Sociedad.
Es una Recopilación de Fuentes Gubernamentales durante mas de 20 años:
National Crime Victimization Survey (NCVS, 1993-1997), Uniform Crime Reporting Program (UCR , FBI, 1997), Supplementary Homicide Reports (SHR , FBI, 1976-1997), State Court Processing Statistics (SCPS, 1996), National Judicial Reporting Program (NJRP, 1996), National Prisoner Statistics (NPS, 1998). ..
No obstante, hay datos realmente interesantes sobre la relación entre mujeres, hombres, y niños, aún cuando sea en casos realmente trágicos.
Resultados :
a) Entre 1976 y 1997, los Padres - Madres y Padrastros - Madrastras, asesinaron cerca de 11.000 niños.
b) Las madres y las madrastras, fueron responsables del asesinato (Murder en el original) del 52% de niños (Hijos propios o de compañeros sentimentales, 'sons and stepsons'). Los Padres y Padrastros, de un 57% de niños. (Había casos de ambos como responsables).
(Pag. 4, Parents who kill)
c) Durante la infancia, bajo 8 años, las madres son responsables de mas muertes de niños. Los Padres, son mas responsables de muertes de niños cuando estos tienen mas de 8 años
(Pag. 4, Parents who kill)
Cifras incluso peores que la de violencia de pareja de nivel medio-alto (60-40).
Son datos impresionantes.


ANEXO 19
3). Maltrato de Niños en Canada. Ministerio de Salud. Año 2000.
Canadian Incidence Study of Reported Child Abuse and Neglect .
National Clearinghouse on Family Violence. Health Canada .
Este Trabajo se presenta en dos formas. Completo (Final Report ), y resumido (Selected Results). A ambas formas, se accede a través de la presentación:

Presentación: www.hc-sc.gc.ca/hpb/lcdc/publicat/cisfr-ecirf/index.html
Final Report : www.hc-sc.gc.ca/hpb/lcdc/publicat/cisfr-ecirf/pdf/cis_e.pdf
Selected Result: www.hc-sc.gc.ca/hpb/lcdc/publicat/cissr-ecirc/pdf/cmic_e.pdf

Abstracto:
Se especifico una muestra representativa de 51 Centros Públicos de apoyo a niños, en todo Canadá.
Luego, se siguieron, durante 1998 , de Octubre a Diciembre, en esos centros, los casos de maltrato.
La muestra final fue de 7,672 investigaciones, que fue usada para extraer las tasas a nivel nacional durante todo el año.
De ahí se obtuvo una estimación de 135,573 casos en todo Canadá, durante todo el año 1998.
De esos casos, un 61% fueron substanciados, un 22% como sospechosos, y un 33% no - substanciados.
Es un estudio muy detallado en el conocimiento del entorno exacto en donde se produjo el abuso al niño.

Resultados :
1. Principales Perpetradores por Sexo :
"En todas las categorías de maltrato, Las madres Biológicas Fueron identificadas como las alegadas perpetradoras mas frecuentes (60% de casos substanciados), seguidas de Padres Biológicos (41%)."
(Selected Result.Pag. 19, Alleged Perpetratorsl).

2. Porcentaje de Abuso de Tipo Sexual, Frente al total, Verificado, en Casas
Donde Solo esta el Padre, o Solo la Madre.
• En Casas donde Solo estaba El Padre (Lone Male Parent),del total de maltrato denunciado en esas casas (8005 casos), el 2,44% (46% de 425 casos) fue de abuso sexual verificado.
(Final Report.Pag. 74, Household Structure in Child Maltreatment. Table 7-1.)

• En Casas donde Solo estaba La Madre (Lone Female Parent),del total de maltrato denunciado en esas casas (53.675 casos), el 3% (34% de 4.741 casos) fue de abuso sexual verificado.
(Final Report.Pag. 74, Household Structure in Child Maltreatment. Table 7-1.)

Si un niño esta en una casa viviendo con solo su padre, o con solo su madre, y sufre un abuso (De cualquier tipo), es mas probable (3.0%) que sufra abuso sexual si vive solo con la madre, que si vive solo con el padre (2,44%).
No es que la madre abuse mas que el padre. Los principales perpetradores NO son los padres biológicos.
La inmensa mayoría (un 93%, ver punto 3 de este mismo estudio) no son ni el padre ni la madre biológicos.

3. Abuso Sexual Verificado, cometido por el Padre Biológico, y otros Grupos del Entorno del Niño.
Del total de abuso sexual a niños denunciado (14.406 casos, familiares y no familiares, Todo el Report Completo), se Verifico que :
• El 2,9% Fue cometido por el Padre Biológico.
(2,9 es el 20% de 2101 casos contrastados, frente al total, 14.406 .)
(Final Report.Pag. 49. Alleged Perpetrator (Relatives). Table 4-4 (a) )

• El 23,5% Fue cometido por todo el resto del entorno familiar.
Familiares que NO eran el Padre Biológico
(Madre, Padrastros, Madrastras, Padres Adoptivos, Otros Familiares).
(23,5% sale del sumatorio, en la columna de abuso sexual, de todos los casos que no son el Padre biológico. Madre biológica, padrastros y madrastras, otros familiares y padres adoptivos.
El sumatorio, con la ponderación por casos substanciados en cada uno, frente al total ,14,406 casos.
0,235 = (681*0.21 + 1329*0.34 + 345 + 546*0.06 + 4097*0.59)/14406. )
(Final Report.Pag. 49. Alleged Perpetrator (Relatives). Table 4-4 (a) )

Es de destacar que dentro del entorno Familiar, la mayoría (4097 casos, con 59% de casos substanciados), es de 'Other relatives'.
Familia que no son ni padre, padrastros, ni de cria o adoptivos.
Es decir, Primos, tíos, etc. Son la gran mayoría dentro de la familia.

• El 16,09% ) Fue cometido por Personas Ajenas al Entorno Familiar
(Amigos de la familia, Novios de los Padres, Cuidadoras, Amigos de los niños..).
(0,16 = (693*0.4 +217 + 856*0.29 + 746*0.53 + 423*0.46 + 297 + 756*0.57 + 257)/14406 )
(Final Report.Pag. 50. Alleged Perpetrator (Non-Relatives). Table 4-4 (b) )

En Resumen. De todo el abuso sexual , verificado :

? De todo el entorno Familiar, el Padre Biológico fue responsable en un 10,98% de casos verificados (2,9 / (2,9 + 23,5) * 100 = 10,98).
? El 90,02% (100 - 10,98) de responsables de casos DENTRO del entorno de la familia, fueron otros.
? De TODO el abuso sexual verificado, el 93% fue cometido por gente que NO fue el padre biológico. ( 0.93 = 1 - 2,9/(2,9 + 23,5 + 16,09) ).

4. Sexo del Maltratador (Todo tipo de Maltrato) al niño, bien Dentro o Fuera de la familia Biológica.

? En Padres Biológicos, la relacion Perpetradora Sexo Femenino a Perpetrador Masculino, es de:
1,59 Madres por cada Padre.
( 82.168 / 51.635 ).
(Final Report.Pag. 49. Alleged Perpetrator (Relatives). Table 4-4 (a) )

? En Padrastros (Step-Mother, Step-Father), la relacion se Invierte.
En este Grupo, La Relacion perpetrador de Sexo Masculino a Perpetradora Femenina, es de:
3,01 Padrastros por cada Madrastra.
( 11.817 / 3.825 )
(Final Report.Pag. 49. Alleged Perpetrator (Relatives). Table 4-4 (a) )

.- En la familia Biológica Maltrata mas la Madre, posiblemente porque esta mas tiempo con los pequeños, Pero, en cuanto salimos de la Familia Biológica, Los Padrastros Maltratan MUCHO mas que las madrastras.
.- Es mas, el porcentaje en Padrastros, además de darse la vuelta sobre el sexo del principal maltratado, SUPERA CASI AL DOBLE (3.01, versus 1.59) lo que ocurre en los Padres Biológicos.
.- Esto coincide plenamente con el estudio que se realizo en otro país, Estados Unidos (NIS-3) .


ANEXO 20
MALTRATO INFANTIL EN LA FAMILIA.
Comunidad Valenciana (1997/1998).
Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia. año 2000.
Generalitat Valenciana.
Es el Primer Estudio En este Tema, con Datos En España.

Origen y Constatación de la Información:
Link a Presentación: http://www.gva.es/violencia/
(Aquí, se debe ir a : Versión Español Publicaciones Mas Publicaciones )
Es un documento en Papel que no ha sido puesto en acceso libre a través de Internet.

Abstracto.
Fuente de Datos: Entre 1997 y 1998, en Los centros de Protección a los niños de la Comunidad Valenciana, se abrieron un total de 3.565 expedientes.
Una vez analizados, se tuvieron 2.296 agresiones, 1.876 Agresores, y 1.379 niños víctimas.
Uno de los datos que mas importancia tiene, es el maltrato en distintas estructuras Familiares.
En este estudio, nos dan, del total de casos que llegaron, cuantos venían de cada tipo de familia, pero lógicamente falta la proporción, de cada tipo de familia, en la sociedad en que se ha analizado esto.
De ese modo, se extrae la autentica proporción de maltrato a niños en cada tipo de familia.
Para ello, hemos recurrido tanto al Instituto Nacional de Estadística, Como al Instituto de la mujer, que tiene, en su Pagina Web, datos sobre Familias Monoparentales.


Resultados :

1. Principales Perpetradores Por Sexo .
? Mujeres Agresoras : 60,3%.
? Hombres agresores : 39,7%.
(Perfil de los agresores. Selección de Datos, Pag. 84).
(Es curioso constatar con otros países las mismas cifras. 65% por mujeres en U.S.A. (NIS-3). 60% por madres biológicas en Canadá).

2. Perfil de los Agresores/Agresoras, y Entorno Social (Sin distinguir sexo).
? El 3 %, cursaron estudios secundarios y llegaron a Estudios superiores.
? El 31% carece por completo de estudios.
? El 71% esta desempleado o subempleado.
? El 35% consume substancias Tóxicas.
? "Las Mujeres consumen mas drogas, en los hombres, prevalece el uso del alcohol" .
(Perfil de los agresores. ).
? El 48% se asocia con vivienda inadecuada, , incluso Chabolismo.
(Pag. 104. ).

3. Distribución del Maltrato, entre Niños o Niñas.
? 54,5% del maltrato, lo sufren los chicos.
? Los chicos sufren mas maltrato físico y negligencias (Parcelas que suponen un total del 85,97% de TODO el maltrato).
? Las chicas padecen mayor maltrato emocional y abuso sexual .(Parcelas que suponen un total del 14,09% de todo el maltrato).


4. Variación de Formas Graves de Maltrato al niño, al Cambiar la Estructura Familiar.

De los 4 tipos de maltrato, los dos mas graves (Al menos en principio) son El Maltrato Físico, y el Abuso Sexual.
Se analiza a continuación cómo, partiendo de la Familia tradicional, varían estos, no en porcentaje total (Todos los casos), sino respecto al total que ejerce el perpetrador especifico (Padre, Madre, Padrastro, Madrastra).
Estamos midiendo, desde el punto de vista del niño, que tiene padre, o padrastro (Por ejemplo ), del total de abuso que recibe, de la persona mayor con la que está, qué porcentaje de maltrato físico, o abuso sexual, ha recibido.
Estamos midiendo como varia, desde su punto de vista, el tipo de maltrato grave.

4.1).- Paso de la Madre biológica, de Familia Tradicional, a Reconstituida.
? En la Familia Tradicional, La Madre biológica, de todo el maltrato que ejerce, un 6,27% es maltrato físico, y un 0,16% es abuso sexual.
? En la Familia Reconstituida, La Madre biológica, de todo el maltrato que ejerce, un 7.97% es maltrato físico, y un 3.06% es abuso sexual.

4.2).- Substitución de Padre Biológico, por Padre NO - Biológico.
? En la Familia Tradicional, el Padre biológico, de todo el maltrato que ejerce, un 21,9% es maltrato físico, y un 1.57% es Abuso Sexual.
? En la Familia Reconstituida, El Padre - No - Biológico, de todo el maltrato que ejerce, un 25,9% es maltrato Físico, y un 16,66%. es abuso sexual.

Al pasar de Familia Tradicional, a Reconstituida (Con un 86% de custodias maternas), desde el punto de vista del niño, la figura materna aumenta ambos aspectos (Y mucho, el sexual aumenta casi 20 veces).
El maltrato grave de la figura paterna, sobre todo el sexual, aumenta un 1060% al pasar del padre biológico, al padrastro.

5. Maltrato en Familia Tradicional En Comparación al Maltrato en Familias Reconstituidas y monoparentales .
Este estudio solo nos da, de todos los expedientes que llegaron a sus centros, los porcentajes que procedían de cada tipo de familia :
El 49% procedía de Familias Tradicionales.
El 32% procedía de Familias Monoparentales.
El 14% procedía de Familias con Padrastro, Madrastra (Reconstituidas) .

a) En primer lugar, se necesita la proporción en la Sociedad de tales tipos de Familia.
Del Instituto Nacional de Estadística, tenemos no el dato exacto de proporciones de familias tradicionales/reconstituidas , pero si un buen estimador.
Los matrimonios con solteros, o con personas separadas/Divorciadas, a año 1998.
Teniendo en cuenta que desde 1981 esta la ley de Divorcio en acción (Ya ha pasado prácticamente una generación) , y que el numero de demandas ha ido aumentando suavemente, este estimador seguramente será por exceso.
Es decir, seguramente hay menos familias reconstituidas de las que nos da este estimador.
Por tanto, la tasa de maltrato en 'familias reconstituidas', seguramente será mayor incluso que la que obtengamos con este estimador.
Movimiento Natural de la Población. Año 1998.
Matrimonios por estado civil anterior de los esposos, edad de los esposos, estado civil anterior de las esposas y edad de las esposas.
Matrimonios por edad del cónyuge, sexo del cónyuge y estado civil anterior del cónyuge
Link de acceso en el I.N.E.: http://www.ine.es/inebase/cgi/um
.- Matrimonios Entre todos los Solteros, y Todas las Solteras: 193.068
.- Matrimonios Entre todos los Esposos y Todas las Esposas: 207.041
.- Matrimonios con Hombres Separados o Divorciados: 11.901.
.- Matrimonios con Mujeres Separadas o Divorciadas: 9.881.
Por tanto, (207.041 - 193.068 = 13.973, lo que incluye separados, viudos, etc), los matrimonios reconstituidos, viendo las cifras (11.901, 9.881), son mayoritariamente de gente separada entre si (Pues 13.973 es el limite máximo que incluye TODO tipo de matrimonio que no es entre solteros).

La mayor cifra de las dos (11.901 y 9.881) es el peor caso (Mas familias reconstituidas en la Sociedad). Por tanto, con este estimador, la proporción de (Familias Tradicionales) / (Familias Reconstituidas), será, aproximadamente, del orden de, al menos :
(Nº de Familias Tradicionales) / (Nº de Familias Reconstituidas) »
(193.068) / (11.901) = 16.2
(Toda la Sociedad Española, 1998).
|--------------------------------------------|

b) El otro dato necesario es la proporción de Familias Tradicionales a Monoparentales.
En la Pagina de Internet del Instituto de la Mujer, se tiene, de la Encuesta de Población Activa, IV trimestre, año 2000, el dato:
Familias Monoparentales en España: 265.500
(En total, un 87,76% con solo mujeres).

Por otro lado, la misma E.P.A., IV trimestre, año 2000, resultados detallados, nos da que, el Numero de Viviendas Familiares, con 3 o mas personas (Con niños), es de:

(Tres personas 2.909,5 Cuatro personas 3.110,9 Cinco personas 1.118,8 Seis personas 343,7 Siete personas 99,7 Ocho personas 26,0 Nueve personas 8,8 Diez y más personas 6,4 ).

En total, 7.58 Millones de Viviendas Familiares con 3 o mas personas.

Descontando de ellas, las monoparentales (265.500), y las reconstituidas (1/16.2 del total de tradicionales), se tiene:

Total(Con niños) = Tradicional + Reconstituidas + Monoparentales.
7.58 = Tradicional + (1/16,2) * Tradicional. + 0.2655

En Resumen:

? Familias Tradicionales » 6.89 Millones .
? Familias Monoparentales » 0.265 Millones .
? Familias Reconstituidas » 0.425 Millones .
(España, años 1998-2000).


Ahora ya podemos hablar de en que Tipo de Familia se maltrata mas, y quien lo hace:

Los Datos del Centro Reina Sofía eran que, de los expedientes que les llegaron a los Centros de Protección al Menor, había:

49% Procedían de Familias Tradicionales,
32% Procedían de Familias Monoparentales.
14% Procedían de Familias Reconstituidas.

Por tanto:
(6.89 / 0.2655) * (32 / 49) = 16.95.
(6.89 / 0.425) * (14 / 49) = 4.6.

Finalmente:

Frente al maltrato producido en Familias Tradicionales, en :

• Familias Monoparentales hay 16.9 veces mas maltrato a niños

• Familias Reconstituidas hay 4.6 veces mas maltrato a niños


De las familias monoparentales, según el informe Reina Sofía (Pagina 88), en el 86% de ellas el cuidado de los niños esta al cargo de la madre .



ANEXO 21.
DISENTANGLING THE LINK BETWEEN DISRUPTED FAMILIES AND DELINQUENC
Cambridge Study in Delinquent Development (1962-2000).
Heather Juby, GRIP, University of Montreal, Canada.
David P. Farrington, University of Cambridge, Institute of Criminology, England
Origen y Constatación de la Información:
Link:
http://www3.oup.co.uk/crimin/hdb/Volume_41/Issue_01/410022.sgm.abs.html

Abstracto.
Entre 1960 y el año 2000, se siguió la vida de un total de 411 niños nacidos en el principio de la década de 1960., desde que tenían 8 años, hasta que llegaron a los 46 años.
De estos 411 chicos, las tasas de delincuencia eran mas altas para 75 chicos que vivían en familias permanentemente rotas cuando tenían 15 años, comparados con chicos viviendo en familias intactas.
Cuando han crecido, han pasado por fases de juventud, y madurez, teniendo en cada una, respectivas tasas de delincuencia Juvenil, y de Condenas Adultas (Adult Convictions).


Resultados :

1. Relación entre Familias Intactas y Familias Rotas (Por cualquier causa), y las tasas adultas de condenas judiciales de los niños que vivían en esas familias.

Familia donde creció el niño. Condenas de Adulto del niño (En %).
(1.1) Familias Intactas (334). 22 %.
(1.1) Familias Intactas, de Alto Conflicto (64). 27 %.
(1.2) Familias Rotas (75). 34 % .


2. Relación entre la perdida del Padre, el Padrastro, y la tasa de condenas judiciales de Mayor de los niños .

Familia donde creció el niño. Condenas de Adulto del niño (En %).
(2.1) Madre sola, Padre murió (15). 7 %.
(2.2) Madre sola, Padre Se fue o fue echado (14). 33 %.
(2.3) Madre sola, Después, Padrastro. (10). 38 %.
(Table 1. disrupted Family Variables versus Delinquency. Pag. 31)


ANEXO 22.
EL FENÓMENO DEL P.A.S.
SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL.

• La Alienación Parental es ese estado inducido en los hijos de parejas divorciadas en el que se les coloca tras haberles malmetido metódicamente contra el miembro no custodio de la pareja divorciada. En España, a este proceso, le llamamos simplemente malmeter, minimizando su importancia y consecuencias una vez más, considerándolo como algo inevitable y que “tampoco es para tanto”.

• En Estados Unidos se tiene en cuenta en los procesos legales de divorcio desde 1980, y cada vez es más considerado como un daño profundo y grave que se inflige a los hijos del divorcio, así como a los progenitores no custodios, objetos del proceso de denigración que conducirá eventualmente a la alienación parental.

• Desde 1985 el fenómeno adquiere carta de naturaleza con la formulación del SINDROME DE ALIENACION PARENTAL, por el Dr. GARDNER en Estados Unidos. Según Gardner, el PAS es una perturbación en el niño que, en el contexto del divorcio, es inducido a la desaprobación y la crítica de un progenitor, denigración que es infustificada o/y exagerada. El estudio de este fenómeno y sus consecuencias prosigue en su sistematización y análisis profundo.

• Posteriormente otros psicólogos han declinado este concepto desde esta u otras perspectivas, siendo un lugar común el hecho de que normalmente es la mujer el cónyuge alienador. Es un hecho establecido que los niños víctimas de PAS, sobre todo en su grado más grave, pueden desarrollar enfermedades mentales, y en todo caso el PAS tendrá profundas consecuencias a largo plazo tanto para el niño como para otros miembros de la familia.

• Es claramente una forma tan común de maltrato a los niños (y al cónyuge denigrado) que socialmente parece aceptarse como algo inevitable y hasta comprensible en casos de divorcio; sin embargo, pese a la banalización social del fenómeno, la realidad es que el PAS es una profunda lacra social, de una gravedad muy considerable en casi todos los casos y de enorme extensión (dado el auge de los procesos de separación y divorcio en nuestro país).
• Paradójicamente, el PAS es un fenómeno prácticamente ignorado en España, que no tiene en ningún caso consideración de maltrato a un niño, tortura psicológica o lavado de cerebro. Lo que resulta incongruente en una sociedad que comienza a ser sensible a los malos tratos de tipo psicológico, si bien sólo, aparentemente, si el objeto de los mismos es una mujer.

ANEXOS 23,24,25.
4-C) Datos Sociológicos de Consecuencias en las víctimas.

Introducción:
El fenómeno de las separación/Divorcios, esta provocando la emergencia de una violencia muy fuerte en los momentos de separación.
Hay mujeres asesinadas. Hay hombres que se están suicidando.
Hay hombres asesinados por mujeres y en Familia (44 el año 2000).
Pero hay mas víctimas.
Hombres que son llevadas a la muerte (Como las mujeres), y niños afectados en los planos mas importantes de sus vidas.
Estas víctimas se conocen ya.

A. Numero de niños, cada día laboral, en España, que están siendo separados/Divorciados de sus padres, en los Juzgados de España.
B. Importancia de la paternidad en el hombre.
C. Suicidio Masculino y Divorcio en Occidente.
D. Maltrato a niños en las nuevas estructuras Familiares.
E. Influencia , en números, de crecer sin Padre, para luego iniciarse en Drogas, Abandonar la casa y escuela, tener problemas de conducta, iniciarse en delincuencia, embarazos prematuros, suicidios de niños (10 a 14 años).
F. Los Abuelos. En otros países mas adelantados que nosotros en separar hijos de sus padre, y por tanto, de sus abuelos, algo que jamas, desde la 2ª Guerra mundial ocurrió. El aumento en el suicidio en la 3ª edad.

Estos datos, están ahí.
A veces la prensa da casos sueltos, sobre todo de maltrato a niños por padrastros. De suicidio de hombres, casi nunca. No molestan. Son Víctimas llevadas a la muerte en soledad.
Este apartado aborda todo ese conocimiento .


A). NUMERO DE NIÑOS QUE CADA DÍA LABORAL, EN ESPAÑA, SON
SEPARADOS/DIVORCIADOS DE SUS PADRES .

Abstracto:
Los Indicadores Sociales de España, Instituto Nacional de Estadística, dan los siguientes datos:

? Numero de Separaciones/Divorcios al año (Indicadores sociales, Familia)
? Tasa de Fecundidad por mujer. (Encuesta de Fecundidad 1999).

De estos datos, junto al numero de días laborales al año, se puede calcular el numero de niños, que cada día, están siendo separados/divorciados de sus padres.
La cifra de Separaciones/Divorcios, solo la da el I.N.E. hasta 1997, pero se observa en los 7 años anteriores una tendencia suave al alza en forma lineal de primer orden con el paso de los años (Incremento de 4208 casos al año en valor medio).
Aplicando una predicción lineal en base a esa tendencia, tenemos que el años 2000, el numero de separaciones/Divorcios fue del orden de:

Nº de Sep/Div(2000) » 101.623.

Respecto a la Tasa de Fecundidad, al año 1999, para el conjunto de mujeres de 15 a 49 años, el número medio de hijos nacidos vivos a lo largo de su vida es de 1,07.
El ultimo factor, es la tasa de custodias Maternas que los actuales Juzgados están dando. Podemos tomar la estimación de un 95%
Por tanto, cada día laboral (11 meses al año, 5 días a la semana) , hay:
101.623 x (1,07) x (0,95) x (1/365) x (12/11) x (7/5) =432

Y cada año: 101.623 x (1,07) x (0,95) = 103.300

432 niños separados/Divorciados cada día Laboral, en España.
103.300 niños al año.

B). IMPORTANCIA DE LA PATERNIDAD EN EL HOMBRE.
Estado Civil Y Paternidad. Índices de Suicidio. Instituto Nacional De Estadística, 1999.

Se ha constatado en varios países Occidentales que las tasas de suicidio, entre hombres separados / Divorciados, es superior a la de hombres casados.
Pero la tasa de suicidio de las mujeres, no aumenta significativamente al cambiar de status.
En otros Países, se ha medido esta tasa tanto para situaciones de Separación, como de Divorcio. En España, solo para Divorciados.
Al cambiar de estado, se ve claramente la importancia de los hijos para el hombre, al pasar por el proceso de divorcio.
La siguiente Tabla sumariza, en España, en esos 4 estados (Casado/Divorciado, con o sin hijos), la relación de tasas de suicidio de hombre a mujer (En el mismo estado civil y con o sin hijos igualmente).
Por supuesto, se compara con la base, las tasas generales de toda la Población.
Fuente: I.N.E.
Estadística del Suicidio en España 1.999.
Numero de suicidios en todo el año.
Clasificación por edad e instrucción según sexo, estado civil y paternidad .
Año 1999 Casado Con hijos Casado Sin hijos Divorciado Con hijos Divorciado Sin hijos
Hombre 450 24 61 11
Mujer 153 6 15 2
Relación de Tasa del suicidio del Hombre a la de la Mujer. 2.94 4 4,06 5,5
Relación de Tasa de suicidio del Hombre al de la Mujer en Toda España :
2.77 (1798 hombres, 648 mujeres).
Casarse no cambia frente al estado general.
Para el Hombre, Divorciarse con hijos , es como no haberlos tenido.

C). SUICIDIO MASCULINO Y DIVORCIO EN OCCIDENTE..

Australia-2000.
? Fuente .
Suicide and hospitalised self-harm in Australia
Australian Institute of Health and Welfare (Nov-2000).
Link a la presentación: www.nisu.flinders.edu.au/pubs/reports/2001/suicide.php
Link directo al documento:
http://www.nisu.flinders.edu.au/pubs/reports/2001/suicide_injcat30.pdf


? Datos:
(Crude Rate. Tasa por 100.000 individuos)
• Hombre Nunca casado: 39.3
• Mujer Nunca casada: 9.3
• Hombre casado: 17.8
• Mujer casada: 4.6
• Hombre Divorciado: 134.1
• Mujer Divorciada: 11.1
• Hombre Viudo: 13.0
• Mujer Viuda: 8.4

? Notas:
El matrimonio siente bien a ambos (Caen a la mitad las tasas).
El divorcio, al hombre le empeora 7.5 veces. A la mujer, 2.4 veces.
La del hombre divorciado es la tasa mas alta, con mucha diferencia..


U.S.A - Años 1979 a 1989 .

? Fuente :

Marital Status and Suicide in the National Longitudinal Mortality Study
University of California .
Department of Sociology
Augustine J. Kposowa .
May, 2000

Link Directo al Documento, en el servidor de la Universidad:
http://wizard.ucr.edu/~akposowa/Status.pdf

? Abstracto:
Partiendo de los datos del Estudio de Mortalidad Nacional durante los años 1979 a 1989, se estimo el efecto del estado marital, con ajustes por las otras variables como edad, sexo, raza, educación, ingresos, y región de residencia.

? Datos:
"En toda la muestra, mayores tasas de suicidio fueron encontradas en personas divorciados que casadas. "
"Cuando los datos fueron estratificados por sexo, se observo que el riesgo de suicidio entre hombres divorciados, era cerca del doble que en hombres casados.".
"Entre mujeres , sin embargo, no había estadísticamente diferencia significativa por las categorías de estado marital".


D). MALTRATO A NIÑOS EN LAS NUEVAS ESTRUCTURAS

Según se vio en este mismo informe Pincel, en la sección de maltrato a niños, en base a los datos de España, año 1997/1998, del Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia, y del I.N.E. sobre los porcentajes de los distintos tipos de familia en la sociedad:

Frente al maltrato producido en Familias Tradicionales, en :

• Familias Monoparentales hay 16.9 veces mas maltrato a niños

• Familias Reconstituidas hay 4.6 veces mas maltrato a niños

Teniendo en cuenta las cifras anuales de niños que pasan por el proceso de separación (Solo ese proceso, no el de divorcio pues ya es posterior):
En 1997, 54.728 separaciones. (Indicadores sociales, Familia).
Crecimiento aproximadamente lineal del orden de 2500 al año.
Luego en el año 2000, del orden de : 62.370 separaciones.
Con Tasa de Fecundidad de 1.07 niños/Mujer, se tienen:

66.584 niños al año

Que pasan a uno de esos dos nuevos estados, en los que los porcentajes de maltrato, frente a la familia tradicional, son los anteriores.




E). INFLUENCIA EN LOS NIÑOS DE CRECER SIN PADRE.

En otros Países (Anglosajones) se ha estudiado este tema de un modo muy directo. Se ha acudido a :

? Hospitales de tratamiento de drogas y alcohol en jóvenes,.
? Servicios de salud Publica que tratan temas medios como trastornos de conducta.
? Escuelas tanto infantiles, como de medio nivel, lo que aquí podríamos llamar B.U.P.
? Universidades para ver el abandono de jóvenes en ellas.
? Registros Policiales de Pertenencia a Bandas urbanas, crimen y comisión de delitos.
? Servicios Públicos de Salud Humana, donde se tienen los casos de embarazos en chicas adolescentes (Afecta mucho a las hijas sin padre. ¿Porque?. Se dice que sienten una falta afectiva que tratan de buscar.

? No es solo el maltrato dentro de las nuevas estructuras Familiares.
Son las consecuencias a medio y largo plazo en toda su vida.
En España prácticamente no se ha hecho nada aún en este sentido.

? Sobre su validez transcultural, decir que los datos que vienen de U.S.A. son de porcentajes de riesgo para un niño .

No de toda la sociedad.
Además, el entorno social, y sobre todo, el legal, en España, ya es prácticamente Igual al de U.S.A. (Ordenes de Alejamiento, Suspensión de Contactos Progenitor-Menor, et.).
El entorno que rodea a la familia en su destrucción, y al niño en las nuevas estructuras, es similar.
Aunque no sea exactamente igual en España, dado que NO hay nada hecho así en España, nos dará una idea de lo que esta ocurriendo aquí.

De las víctimas que , hoy día y ya, el Instituto de la Mujer no cuenta.

En este capitulo, damos un resumen en Español, e incluimos, directamente, los datos de U.S.A.


E.1 Desordenes de Conducta, abandono de Casa, de Escuela, abuso de substancias.

• 85% of all children that exhibit behavioral disorders come from fatherless homes (Source: Center for Disease Control) .

• 90% of all homeless and runaway children are from fatherless homes
(Source: U.S. D.H.H.S., Bureau of the Census)
• 71% of all high school dropouts come from fatherless homes
(Source: National Principals Association Report on the State of High Schools.) .
• School children from divorced families are absent more, and more anxious, hostile, and withdrawn, and are less popular with their peers than those from intact families.
--Source: One-Parent Families and Their Children: The School's Most Significant Minority. The Consortium for the Study of School Needs of Children from One-Parent Families. National Association of elementary School Principals and the Institute for Development of Educational Activities, a division of the Charles f. Kettering Foundation. Arlington, VA 1980.


• 75% of all adolescent patients in chemical abuse centers come from fatherless homes (Source: Rainbows for all God's Children.) .
• The U.S. Department of Health and Human Services states, "Fatherless children are at a dramatically greater risk of drug and alcohol abuse" .
--Source: U.S. Department of Health and Human Services. National Center for Health Statistics. Survey on Child Health. Washington, DC, 1993.
• Children growing up in single-parent households are at a significantly increased risk for drug abuse as teenagers.
--Source: Denton, Rhonda E. and Charlene M. Kampfe. "The relationship Between Family Variables and Adolescent Substance Abuse: A literature Review." Adolescence 114 (1994): 475-495.

E.2 Delincuencia Juvenil, Crimen y Participacion en 'Bandas Urbanas o Pandillas' . Embarazos prematuros
• 80% of rapists motivated with displaced anger come from fatherless homes (Source: Criminal Justice & Behavior, Vol 14, p. 403-26, 1978) .
• 70% of juveniles in state-operated institutions come from fatherless homes (Source: U.S. Dept. of Justice, Special Report, Sept 1988)
• 85% of all youths sitting in prisons grew up in a fatherless home
(Source: Fulton Co. Georgia jail populations, Texas Dept. of Corrections 1992)
• Adolescent females between the ages of 15 and 19 years reared in homes without fathers are significantly more likely to engage in premarital sex than adolescent females reared in homes with both a mother and a father.
--Source: Billy, John O. G., Karin L. Brewster and William R. Grady. "Contextual Effects on the Sexual Behavior of Adolescent Women." Journal of Marriage and Family 56(1994): 381-404.
• A white teenage girl from an advantaged background is five times more likely to become a teen mother if she grows up in a single-mother household than if she grows up in a household with both biological parents.
--Source: Whitehead, Barbara Dafoe. "Facing the Challenges of Fragmented Families." The Philanthropy Roundtable 9.1 (1995): 21.
• Children in single parent families are more likely to get pregnant as teenagers than their peers who grow up with two parents.
--Source: U.S. Department of Health and Human Services. National Center for Health Statistics. National Health Interview Survey. Hyattsville, MD 1988.

Estas estadísticas, trasladadas matemáticamente, significan que un niño crecido en un hogar sin Padre:

Es 5 veces mas propenso a cometer suicidio
32 veces mas propenso a irse de casa
20 veces mas propenso a tener desordenes de conducta
14 veces mas propenso a cometer violación
9 veces mas propenso a abandonar el bachillerato
10 veces mas propenso a abusar de substancias químicas
9 veces mas propenso a acabar en una institución estatal.
20 veces mas propenso a acabar en prisión

Fuentes:
Esta información es presentada en el Centro Nacional para la Paternidad, U.S.A..
National Center For Fathering
Link: http://www.fathers.com/research/consequences.html
Procede de los organismos públicos indicados.

E.3 SUICIDIO JUVENIL E INFANTIL EN U.S.A. DECADAS RECIENTES.
• 63% of youth suicides are from fatherless homes
(Source: U.S. Departamento de Salud y Servicios Humanos, Bureau of the Census)
Suicidios en Estados Unidos. 1997.
United States Department of Health and Human Services.
Link: http://www.cdc.gov/ncipc/factsheets/suifacts.htm
Centers for Disease Control and Prevention.
Link: http://www.cdc.gov/ncipc/factsheets/suifacts.htm
? De 1952 a 1995, la incidencia del suicidio entre Personas de menos de 25 años se ha triplicado.
? El riesgo es mayor para jóvenes (Chicos) blancos, aunque desde 1980 a 1995, ha aumentado rápidamente entre las chicas negras .
? Entre 1980 y 1997, para personas entre 15 y 19 años, aumento un 11%.
Para personas entre 10 y 14 años (Niños), AUMENTO UN 109%.
Para chicos entre 10 y 14 años, ha crecido un 109%.
Sin comentarios. Sobran palabras.

F). LOS ABUELOS.

Los datos son los datos, tal cual.
Obviamente hay dos fenómenos, la separación en si de los abuelos, y su corte de contactos con sus nietos.
Ponemos los datos tal cual.
Fuente:
Suicidios en Estados Unidos. 1997.
United States Department of Health and Human Services.
Centers for Disease Control and Prevention.
Departamento de Salud y Servicios Humanos. U.S.A.
Centro Para el Control y Prevención de Enfermedades.
(Centro a nivel Federal, de Todo U.S.A.).
Link al Centro Gubernamental: http://www.cdc.gov/
Link al Documento: http://www.cdc.gov/ncipc/factsheets/suifacts.htm

Resultados:
? Por encima de 65 años de edad, el 83% de los suicidios son de hombres.
? Por encima de 65 años de edad, la relacion de suicidios entre un Hombre divorciado/viudo y Una mujer Divorciada/Viuda fue de 9,44 a 1. ( 944 por cien veces mas probable ).
? LA DÉCADA 1980, 1997, HA SIDO LA PRIMERA DÉCADA, DESDE 1940, EN QUE EL SUICIDIO DE LOS 'ABUELOS', HA CRECIDO, EN VEZ DE DECLINAR


ANEXO 26.
4-D) Violencia en el Proceso de Separación.

Introducción:

El fenómeno de las separación/Divorcios, esta provocando la emergencia de una violencia muy fuerte en los momentos específicos de la separación.
Fuera de esa situación, hay violencia de pareja, hay relaciones de maltrato a niños.
Después, en las nuevas estructuras familiares, hay nuevas violencias de las nuevas parejas, hay nuevos valores de maltrato a niños.
¿Pero que ocurre justamente en el proceso de separación, y en sus posteriores épocas ?.
Se conocen los datos de asesinatos entre esposos en ese entorno.
Pero, al día de hoy, solo conocemos un estudio, realmente serio, sobre ese fenómeno especifico.
Se hizo en Australia, en los años 1992 y 1993. A Padres, y a Madres, no-custodios, se les pregunto por sus sentimientos, por sus vivencias.
Es realmente hermoso, pero trágico, leer ambas respuestas. Somos seres humanos exactamente iguales.
Las mujeres no custodias también tenían reacciones de desesperación, de ideaciones de suicidio, de odio hacia su ex-esposo por destruirle su relación con sus hijos. De deseos de abandonar todo y desaparecer durante un tiempo, de no ver a sus hijos. De odio por el ostracismo de los juzgados.
Posiblemente este es el mejor estudio que apunta realmente al núcleo de lo que en estos tristes días se conoce como Violencia Domestica.
Ninguna teoría de 'violencia de genero', con sus 'relaciones de poder del hombre sobre la mujer', explica porque las mujeres sentían exactamente esos mismos odios.
La teoría de que se están robando generaciones de hijos, de sus padres, de modo automático, pero que tanto hombres como mujeres somos iguales, si.


Fuentes de Datos:

I.- Influences on Parent-Child Relationships in Non-custodial Mothers1. Año 1992.
Link: http://www4.tpgi.com.au/users/resolve/ncpreport/mcmurray(1992).html
II.-Influences on Parent-child Relationships in Non-custodial Fathers
Link: http://www4.tpgi.com.au/users/resolve/ncpreport/mcm&b(1993).html

Autores:
Anne McMurray: Associate Professor and Head, School of Nursing: Associate Dean. Faculty of Health & Human Sciences, Edith Cowan University.
A M Blackmore: Research Consultant, Edith Cowan University.

Metodología y Cifras Básicas del Estudio.
? 78 hombres, y 43 mujeres, ambos, no custodios, fueron entrevistados.
? La duración media del matrimonio había sido de 9 años (Hombres), 12 años (Mujeres).
? El tiempo desde la separación medio era de 5 años (Hombres), 4 años (Mujeres).
? El numero medio de hijos era de 2 (Hombres y mujeres).
? La edad media de los hijos era de 10 años (Hombres), y menos de 12 (Mujeres, en el momento de la separación).
? El 74% de mujeres tenían empleo. Solo 6 hombres estaban en Paro.


Resultados:

Hombres:
? "Bastantes Hombres sentían que sus ex-mujeres los estaban dejando sin salida, a través de impedir el acceso a sus hijos, pues sabían que las actuales leyes no tenían medios para obligarlas. En esta situación, al menos 3 hombres admitieron recurrir a la violencia contra su ex-esposa, lo que solo había servido para cortarles el acceso a sus hijos, y aumentar su ira y resentimiento".
? "Con gran Margen, el principal tema de los padres era perderse el mundo del crecimiento del día a día de sus hijos"
? "Solo 6 hombres se describieron como ajustados a la nueva situación".
? "Hablaban de su incapacidad para evitar su dolor, sentirse 'a merced de las olas', aislados, o en crisis. Dos de ellos habían sido hospitalizados por depresión clínica en mas de una ocasión. 25 habían acudido a la psicoterapia."
? "Otros reportaron estrategias como: meditando en soledad (N=4), Abuso fuerte de alcohol en breves tiempos (N=5), Quedándose muchas horas en el trabajo, actividades físicas, religión, y hablar con amigos y familia."
? "Cinco reportaron una reacción de alejamiento total (Del pueblo, de sus hijos), solo para darse cuenta de que no verlos nunca, no les hacia sufrir menos que cuando tenían que despedirse de ellos en el régimen de visitas".

Mujeres:
? "Con gran margen, lo mas difícil para mantener la harmonía con la ex-pareja, era cuando la madre sentía que el ex-esposo estaba minando la relación con sus hijos".
? "Muchas describieron sus sentimientos de tristeza, culpa y desesperación por no estar 'cerca' y no ser capaces de influir en las vidas de sus hijos día a día"
? "Otras hablaron de la dificultad de sobrellevar la cólera de sus hijos:
? "Sentía como si estuviera en un juicio cuando bajaban conmigo".
? "No menos de 10 mujeres, reportaron líneas autodestructivas, desde drogas, y alcohol, hasta abuso de comida."

? "Excepto una mujer que estaba muy contenta de su libertad y no quería ver nunca mas a su hijo, todas las demás participantes describieron periodos de intenso dolor:
? "A veces, sientes como si hay una daga justamente en tu corazón".
? "Tres fueron hospitalizadas en hospitales psiquiátricos mas de una vez."
? "Al menos 6 mujeres, hablaron de reacciones de 'distanciamiento' por varios periodos de tiempo".
? "Varias mujeres habían dejado la ciudad o el estado, por entre 6 y 12 meses, volviendo después para continuar con el régimen de visitas a sus hijos".

Resumen:
? "Desde la perspectiva de los/las participantes, lo que ellos/ellas necesitaban desesperadamente era apoyo y amistad, y no soporte judicial."
? "Al menos en este estudio, la experiencia con el sistema de cortes judiciales, particularmente en combinación con un/una ex-esposa no-cooperativo/a, sirve para provocar intensos sentimientos de agresión, y , en algunos casos, de real violencia".
? En el caso de las madres no custodias, esto llevo a tendencias autodestuctivas (6 de 43 madres, un 14%, tuvieron 'mental-breakdown', o intentaron suicidio).
? En el de los Padres , una tendencia a desahogar su ira con otros.

? "El lenguaje de la Ley, fue también mencionado por Harrison (1991) que sugirió que:
? ".......Tiene la capacidad de incrementar las tensiones, minimiza el rol de un Padre, y fija el rango y tipo de soluciones para los niños".



Disclaimer
The contents on these pages are provided as information only. No responsibility or liability is accepted by or on behalf of FLINT for any errors, omissions, or misleading statements on these pages, or any site to which these pages connect, whether provided by FLINT or by any organisation, company or individual. No mention of any organisation, company or individual, whether on these pages or on other sites to which these pages are linked, shall imply any approval or warranty as to the standing and capability of any such organisations, companies or individuals on the part of FLINT. All rights reserved.